Vigo: El informe ha sido redactado por los secretarios judiciales, que asumen que la Justicia «es obvio que no resulta gratis»
El Colegio de Abogados de Vigo ha distribuido una
guía práctica que les explica cúando deben pagar las tasas judiciales y
cómo pueden acogerse a deducciones y exenciones. El escrito fue
redactado por los secretarios judiciales con la idea de resolver las
consultas que les plantean los letrados. En el prólogo, los secretarios
asumen que la Justicia «obviamente no es gratis» y creen que no debería
ser financiada enteramente por los impuestos que pagan todos los
contribuyentes, muchos de los cuales nunca van a los juzgados.
Los abogados de Vigo, a través del colegio o de
plataformas como Una Justicia para Todos o la asociación Avogados Novos
han luchado contra las tasas en los últimos meses. Recientemente, Fabián
Valero, presentó 170.000 firmas contra el tasazo en el Ministerio de
Justicia.
Paralelamente, los letrados han aconsejado a sus
clientes que paguen las tasas para continuar sus pleitos y evitar
mayores perjuicios. La dura realidad se ha impuesto y eso ha llevado a
hacer circular por Internet la Guía para la aplicación de las Tasas Judiciales.
Este documento fue elaborado por el Colegio Nacional de
Secretarios Judiciales y está adaptada al Real Decreto 3/2013 del 22 de
febrero, una normativa que atenúa el pago de las tasas. El informe lo
dirige la Comisión de Estudios e Informes del Colegio Nacional de
Secretarios Judiciales y como estos son quienes ayudan a los jueces en
el día a día son quienes mejor conocen los aspectos prácticos de las
tasas.
Justificación del pago
Los secretarios indican en el prólogo de su
informe que la sentencia del Tribunal Constitucional afirmó en el 2012
que la justicia puede ser declarada gratuita como hizo una ley de 1986.
Sin embargo, los secretarios judiciales añaden que «resulta obvio que la
justicia no es gratis. Si los justiciables no abonan el coste del
funcionamiento de la justicia, el Poder Judicial debe ser financiado
mediante impuestos, sufragados por los contribuyentes».
Los secretarios añaden en su informe que la
justicia implica beneficios colectivos que trascienden el interés del
litigante pero replican que «la financiación pura mediante impuestos
conlleva siempre que los ciudadanos que nunca acuden ante los tribunales
estarían coadyuvando a financiar las actuaciones realizadas por los
juzgados y las salas de justicia en beneficio de quienes demandan
justicia, una, varias o muchas veces».
La guía práctica que han elaborado los
secretarios viene a decir que corresponde al legislador optar por el
modelo de financiación de los gastos, ya sea con impuestos, tasas o uno
mixto. Defienden que el proceso «es plenamente respetuoso con las
previsiones constitucionales sobre la gratuidad de justicia». Y
concluyen: «La cuestión no es si las tasas son o no constitucionales
sino si son admisibles las tasas en la forma que han adoptado en la ley
actual, de forma que sean tan elevadas que impidan en la práctica el
acceso a la justicia o la obstaculizan en términos irrazonables».
El final del informe reconoce que la opinión pública y el Defensor del Pueblo se ha manifestado en contra de las tasas.
Desde la entrada en vigor de las tasas, las
demandas de civil en Vigo han caído un 14 % y los recursos contra
sanciones un 40 %. Por contra, aumentan las peticiones de justicia
gratuita. Más Información sobre Tasas Judiciales
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