Los padres podrán aplicarse el mínimo por descendientes, siempre que las rentas de los hijos no superen 1.800 euros.
El hecho de que un contribuyente tenga hijos -ya sea solo, dentro del matrimonio o con su pareja de hecho- es determinante al fijar la cuantía de la renta que no está sujeta al IRPF.
El nº de descendientes menores de 25 años, o mayores de esta edad que padezcan una discapacidad, se tiene en cuenta para establecer este importe, así como la convivencia con el progenitor. Además, se valoran los ingresos percibidos por los hijos durante el año y si estos presentan o no la Declaración.
Antes de afrontar la cita con Hacienda, conviene valorar todos estos aspectos para poder declarar de la manera que más convenga al contribuyente.
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