Se ha publicado la nueva ley de mediación y el art. 7 dice un requisito que no se produce en los divorcios y separaciones.
Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. BOE 6/3/12:
Artículo 7. Igualdad de las partes e imparcialidad de los mediadores.
En el procedimiento de mediación se garantizará que las partes intervengan con plena igualdad de oportunidades, manteniendo el equilibrio entre sus posiciones y el respeto hacia los puntos de vista por ellas expresados, sin que el mediador pueda actuar en perjuicio o interés de cualquiera de ellas.
Por ello, la ley en caso de divorcios nace muerta, o lo que es mejor, cualquier papá puede denunciar a partir de ahora a los centros de mediación que no hablen de custodia compartida igualitaria.
El documento lo teneis en nuestra web: Ley de Mediación Familiar
Además, siguiendo la estela de la Comunidad Catalana es Voluntaria su aceptación.
Nada nuevo en este Horizonte oscuro y tenebroso que nos acecha.
Suerte a los recien llegados y a los "Quemados" más paciencia.
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