miércoles, 10 de agosto de 2011

El pago de alimentos para los hijos mayores de edad

El pago de alimentos para los hijos mayores de edad.



De: Ramón Tamborero y del Pino es Abogado.
Fecha: Febrero 1999


Uno de los problemas que se vienen suscitando en sede de procedimientos de crisis familiares, ya sea en matrimonios o en parejas de hecho en las que hay descendencia, resultan ser la actitud de los Tribunales a la hora de fijar o no Alimentos para los hijos mayores de edad.


Dicha problemática puede suscitarse por distintos motivos:

1.- bien sea por llegar a la mayoría de edad durante el proceso matrimonial,

2.- en ejecución de sentencia o

3.- incluso alcanzada tal mayoría antes de iniciarse la crisis, pero todavía estuviere sin emancipar del núcleo familiar.



La doctrina, a partir de la publicación de la Ley de 1981, vino denunciando las insuficiencias del art. 93 del C.C., para atender todas las necesidades de aquellos hijos que alcanzaban la mayoría de edad en situaciones como las antedichas.


La problemática sobre los hijos que alcanzaban la mayoría de edad durante o después del proceso entre sus progenitores, tuvo cabida en multitud de sentencias de las diversas Audiencias resolviéndose favorablemente en el sentido de considerar que la mera llegada por el tiempo a dicha situación jurídica no era causa de la extinción de la acción que hubiera iniciado uno u otro progenitor.


Por otra parte, si en el momento de darse la crisis familiar (matrimonio civil o pareja de hecho), los hijos ya eran mayores de edad, y si bien es cierto que el art. 1609 L.E.C., permitía al mayor de edad incoar el procedimiento de Alimentos provisionales, no lo es menos que resultaba evidente que tal acción era necesariamente gravosa para el hijo obligado a pleitear contra sus padres, de manera que de hecho los Tribunales venían aceptando con regularidad que el progenitor con quien convivía tal hijo le representara en de la defensa de su acción, en particular porque tal pronunciamiento, el los Alimentos del hijo ya mayor de edad, se incluyen en el pago de otras prestaciones que en la mayoría de los casos acompañaban al "petitum" de su demanda.........

El Documento completo:  http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/el-pago-de-alimentos-para-los-hijos-mayores-de-edad.pdf

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