Qué hacer si te retiran la patria potestad.
Tras la firma de un convenio regulador de separación, divorcio o modificación de medidas es necesario ratificar el convenio en el Juzgado.
Se trata de un trámite ágil pero imprescindible para que todo lo firmado surja los efectos deseados. Te cuento cómo ratificar el convenio regulador.
¿EN QUÉ CONSISTE LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO REGULADOR?
Una vez firmado el acuerdo de divorcio, separación o modificación de medidas en el despacho de tu abogado, es necesario ratificarlo en sede judicial.
La ratificación consiste en manifestar ante el Letrado de la Administración de Justicia que estás conforme con ese convenio regulador.
Una vez firmado el acuerdo de divorcio, separación o modificación de medidas en el despacho de tu abogado, es necesario ratificarlo en sede judicial.
La ratificación consiste en manifestar ante el Letrado de la Administración de Justicia que estás conforme con ese convenio regulador.
Se asegura así el Juzgado que nadie a falsificado una firma y que se comprenden los efectos de lo acordado entre las partes.
¿CUÁNDO RATIFICAR EL CONVENIO REGULADOR?
Tu abogado presentará la demanda de separación, divorcio o modificación de medidas ante el Juzgado correspondiente.
Admitirán la demanda cuando comprueben que cumple todos los requisitos y os citarán a ambas partes para que acudáis a ratificar el convenio regulador.
En capitales como Valencia es frecuente que las ratificaciones se realicen en un plazo breve desde que se presenta la demanda.
Tu abogado presentará la demanda de separación, divorcio o modificación de medidas ante el Juzgado correspondiente.
Admitirán la demanda cuando comprueben que cumple todos los requisitos y os citarán a ambas partes para que acudáis a ratificar el convenio regulador.
En capitales como Valencia es frecuente que las ratificaciones se realicen en un plazo breve desde que se presenta la demanda.
Me refiero a un plazo de 10 días aproximadamente. En otras localidades transcurren semanas o incluso meses para que os citen a ratificar.
Por ello, es importante dejar constancia en el convenio regulador que los acuerdos se cumplen entre las partes con independencia de lo que tarde la ratificación judicial.
¿QUÉ TENGO QUE HACER EN LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO REGULADOR?
Depende del Juzgado, os harán pasar a una sala multiusos o lo harán en el propio mostrador.
Entregaréis vuestro DNI o NIE y os mostrarán por separado el convenio regulador que habéis firmado. En ese momento, podéis
Depende del Juzgado, os harán pasar a una sala multiusos o lo harán en el propio mostrador.
Entregaréis vuestro DNI o NIE y os mostrarán por separado el convenio regulador que habéis firmado. En ese momento, podéis
El Letrado de la Administración de Justicia te realizará una serie de preguntas breves:
¿Este es el convenio que ha firmado?
¿Reconoce ud. su firma en cada una de las páginas?
¿está conforme con lo acordado?
Si es así, firme aquí.
¿está conforme con lo acordado?
Si es así, firme aquí.
En ese momento estás firmando un Acta de Ratificación del Convenio regulador.
Es frecuente que el convenio regulador se haya intercambiado con firmas escaneadas. En ese caso, el Juzgado solicitará que junto a la firma escaneada se haga constar vuestra firma original en el mismo documento.
Es frecuente que el convenio regulador se haya intercambiado con firmas escaneadas. En ese caso, el Juzgado solicitará que junto a la firma escaneada se haga constar vuestra firma original en el mismo documento.
PUEDES DESIGNAR PROCURADOR EN EL MOMENTO DE LA RATIFICACIÓN
Para presentar una demanda además de abogado es necesaria la representación por un procurador. Para que el profesional te represente, puedes otorgarle poderes en una notaría, por vía electrónica o mediante comparecencia apud acta. Esta última modalidad de nombre en latín significa que lo realizas en el propio Juzgado.
Es habitual en los procedimientos de mutuo acuerdo que se realiza al mismo tiempo que la ratificación. Por tanto, a las preguntas anteriores se añade:
¿Otorga usted representación al procurador XXX para que él le represente en este proceso?
Y firmarás un Acta de Apoderamiento en favor del procurador.
Para presentar una demanda además de abogado es necesaria la representación por un procurador. Para que el profesional te represente, puedes otorgarle poderes en una notaría, por vía electrónica o mediante comparecencia apud acta. Esta última modalidad de nombre en latín significa que lo realizas en el propio Juzgado.
Es habitual en los procedimientos de mutuo acuerdo que se realiza al mismo tiempo que la ratificación. Por tanto, a las preguntas anteriores se añade:
¿Otorga usted representación al procurador XXX para que él le represente en este proceso?
Y firmarás un Acta de Apoderamiento en favor del procurador.
¿HE DE ENCONTRARME A MI EX PAREJA PARA FIRMAR EL CONVENIO REGULADOR?
Si vuestra relación no es especialmente cordial, como la ratificación es una manifestación personal se puede realizar por separado. O bien en el mismo momento, manteniendo la distancia suficiente en tiempo y espacio, o bien en momentos distintos, preavisando a la otra parte y al Juzgado.
Dependiendo del Juzgado hay ocasiones que no están conformes, así que los abogados ya nos ocupamos de que no os encontréis si es vuestro deseo.
Si vuestra relación no es especialmente cordial, como la ratificación es una manifestación personal se puede realizar por separado. O bien en el mismo momento, manteniendo la distancia suficiente en tiempo y espacio, o bien en momentos distintos, preavisando a la otra parte y al Juzgado.
Dependiendo del Juzgado hay ocasiones que no están conformes, así que los abogados ya nos ocupamos de que no os encontréis si es vuestro deseo.
¿QUÉ OCURRE SI ESE DÍA NO PODEMOS ASISTIR A LA RATIFICACIÓN DEL CONVENIO REGULADOR?
En caso de que alguna de las partes no pueda acudir en la fecha señalada, se puede solicitar una nueva citación acreditando el motivo que imposibilita a esa persona acudir en la fecha prevista. Por ejemplo, por un viaje de trabajo.
El juzgado señalará nueva fecha para que ambos firmantes acudan a ratificar el convenio regulador.
En caso de que alguna de las partes no pueda acudir en la fecha señalada, se puede solicitar una nueva citación acreditando el motivo que imposibilita a esa persona acudir en la fecha prevista. Por ejemplo, por un viaje de trabajo.
El juzgado señalará nueva fecha para que ambos firmantes acudan a ratificar el convenio regulador.
DESPUÉS DE LA RATIFICACIÓN, ¿YA TENEMOS LA SENTENCIA?
Aún queda un trámite. La aprobación por el Ministerio Fiscal del Convenio regulador.
Si las partes tienen hijos menores es imprescindible que el Ministerio Fiscal, que vela por el interés de estos, se asegure que ninguno de los acuerdos perjudica a los mismos. Por ejemplo, el Ministerio Fiscal no permitirá que se renuncie a la pensión de alimentos de los hijos.
Cuando el Fiscal revisa el convenio y da su visto bueno, el Juez homologa el convenio regulador y dicta la Sentencia de separación, divorcio o modificación de medidas.
Esa sentencia se notifica a las partes a través del procurador designado.
Cuando sea firme -20 días hábiles desde que se dictó- se emitirá el oportuno testimonio de Sentencia. Este es el documento original que debes recoger en el despacho de tu abogado, o que te remitirá por correo electrónico si se ha emitido testimonio telemático, que es lo más habitual a día de hoy.
A continuación, el propio Juzgado remite esta Sentencia al Registro Civil para su inscripción correspondiente.
Aún queda un trámite. La aprobación por el Ministerio Fiscal del Convenio regulador.
Si las partes tienen hijos menores es imprescindible que el Ministerio Fiscal, que vela por el interés de estos, se asegure que ninguno de los acuerdos perjudica a los mismos. Por ejemplo, el Ministerio Fiscal no permitirá que se renuncie a la pensión de alimentos de los hijos.
Cuando el Fiscal revisa el convenio y da su visto bueno, el Juez homologa el convenio regulador y dicta la Sentencia de separación, divorcio o modificación de medidas.
Esa sentencia se notifica a las partes a través del procurador designado.
Cuando sea firme -20 días hábiles desde que se dictó- se emitirá el oportuno testimonio de Sentencia. Este es el documento original que debes recoger en el despacho de tu abogado, o que te remitirá por correo electrónico si se ha emitido testimonio telemático, que es lo más habitual a día de hoy.
A continuación, el propio Juzgado remite esta Sentencia al Registro Civil para su inscripción correspondiente.
Nota: Solo se ratifica el Convenio Regulador en los procesos de Mutuo Acuerdo. Si no estás de acuerdo con dicho acuerdo, no lo ratifiques y ve directamente a un Proceso Contencioso, no te arrepentirás. Y el Juzgado solo manda la 1ª vez el Convenio Regulador, las demás posibles sentencias, en el tiempo, de Modificación de medidas No.
No hay comentarios:
Publicar un comentario