Diferencias y similitudes entre divorcio y separación.
En la actualidad ya es posible conseguir el divorcio en cuestión de 1 o 2 meses.
CLARA VALLS, 19/12/2022
Antes de que entrara en vigor la Ley del Divorcio Exprés, divorciarse era un proceso largo y costoso que no se podía iniciar si la pareja no había estado separada al menos por 2 años.
En 2005 las cosas cambiaron cuando se aprobó esta Ley con el objetivo de acortar los tiempos y simplificar los trámites del divorcio.
Por 1ª vez se dio la posibilidad de divorciarse sin necesidad previa de separación de hecho o judicial y sin tener que alegar ninguna causa.
Con los antiguos procesos de divorcio los trámites se alargaban años; ahora con los divorcios exprés es posible divorciarse en cuestión de 1 o 2 meses. Asimismo, se han reducido los costes que supone el trámite al ser necesario solo un abogado que represente a la pareja, mientras que antes cada miembro tenía que ser representado por un profesional distinto.
¿Cuáles son los requisitos para un divorcio exprés?
Para poder pedir el divorcio exprés tienes que cumplir una serie de requisitos. Son los siguientes:
1. Mutuo acuerdo: ambos miembros de la pareja deben estar conformes con la decisión de divorciarse, así como con los acuerdos posteriores en cómo llevar a cabo la separación.
Para poder pedir el divorcio exprés tienes que cumplir una serie de requisitos. Son los siguientes:
1. Mutuo acuerdo: ambos miembros de la pareja deben estar conformes con la decisión de divorciarse, así como con los acuerdos posteriores en cómo llevar a cabo la separación.
Si, por lo contrario, no existe acuerdo entre la pareja, debe tramitarse otro tipo de divorcio, llamado divorcio contencioso, que supone unos plazos más largos y costes económicos superiores.
2. Tres meses de plazo: para que sea posible el divorcio exprés, como mínimo, es necesario que hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio. Sin embargo, existe una excepción para aquellos casos en los que haya abuso o maltrato que ponga en peligro la integridad del cónyuge o los hijos.
3. Convenio regulador: otro requisito es que junto con la demanda de divorcio, se debe adjuntar el convenio regulador. Se trata de un documento en el que quedan reflejados todos los acuerdos a los que ha llegado la pareja, su conformidad con tramitar el divorcio y los acuerdos relativos a:
a. Custodia de los hijos en común y el régimen de visitas para el padre no custodio
b. Pensión de alimentos a favor de los hijos
c. Pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges, si así se estima necesario.
d. Uso de la vivienda familiar y bienes del hogar del matrimonio
4. Liquidación del régimen económico matrimonial: reparto de bienes si procede en función del régimen económico que rigiera sobre la pareja. Hay que tener en cuenta que no es necesario que el reparto de bienes se lleve a cabo en el momento del divorcio. Puede aplazarse hasta más tarde, aunque en cuanto el divorcio sea efectivo, si hay régimen de gananciales, este queda disuelto.
¿Cómo se puede solicitar el divorcio exprés?
Para tramitar los divorcios exprés es preciso contar con la ayuda de un abogado y procurador. El abogado es quien se encarga de redactar el Convenio regulador a partir de la información y documentación que le aporte la pareja y que debe recoger todos los acuerdos relativos a los temas que hemos visto anteriormente: custodia, pensiones, vivienda…
Otro paso necesario en este proceso es tramitar el apoderamiento a favor del abogado y procurador que van a representar a la ex pareja. Este poder puede firmarse a su favor en el propio Juzgado cuando sean citados para ratificar la demanda de divorcio y el convenio o bien hacerlo a través del notario (poder notarial) lo que conlleva un coste adicional.
2. Tres meses de plazo: para que sea posible el divorcio exprés, como mínimo, es necesario que hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio. Sin embargo, existe una excepción para aquellos casos en los que haya abuso o maltrato que ponga en peligro la integridad del cónyuge o los hijos.
3. Convenio regulador: otro requisito es que junto con la demanda de divorcio, se debe adjuntar el convenio regulador. Se trata de un documento en el que quedan reflejados todos los acuerdos a los que ha llegado la pareja, su conformidad con tramitar el divorcio y los acuerdos relativos a:
a. Custodia de los hijos en común y el régimen de visitas para el padre no custodio
b. Pensión de alimentos a favor de los hijos
c. Pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges, si así se estima necesario.
d. Uso de la vivienda familiar y bienes del hogar del matrimonio
4. Liquidación del régimen económico matrimonial: reparto de bienes si procede en función del régimen económico que rigiera sobre la pareja. Hay que tener en cuenta que no es necesario que el reparto de bienes se lleve a cabo en el momento del divorcio. Puede aplazarse hasta más tarde, aunque en cuanto el divorcio sea efectivo, si hay régimen de gananciales, este queda disuelto.
Cada vez son más los divorciados que optan por
la custodia compartida de los hijos.
Para tramitar los divorcios exprés es preciso contar con la ayuda de un abogado y procurador. El abogado es quien se encarga de redactar el Convenio regulador a partir de la información y documentación que le aporte la pareja y que debe recoger todos los acuerdos relativos a los temas que hemos visto anteriormente: custodia, pensiones, vivienda…
Otro paso necesario en este proceso es tramitar el apoderamiento a favor del abogado y procurador que van a representar a la ex pareja. Este poder puede firmarse a su favor en el propio Juzgado cuando sean citados para ratificar la demanda de divorcio y el convenio o bien hacerlo a través del notario (poder notarial) lo que conlleva un coste adicional.
¿Qué documentación hay que presentar?
Cuando seáis citados en el juzgado para ratificar tanto la demanda como el Convenio, es recomendable adjuntar una serie de documentos que os permitirá agilizar el trámite. Son los siguientes:
Certificado literal del matrimonio: se trata de un documento que podremos solicitar en el Registro Civil de la población donde se celebró el matrimonio.
Certificado de nacimiento de hijos, en caso de que los haya, que también solicitaremos en el Registro Civil.
Certificado de empadronamiento o residencia del matrimonio.
Cuando seáis citados en el juzgado para ratificar tanto la demanda como el Convenio, es recomendable adjuntar una serie de documentos que os permitirá agilizar el trámite. Son los siguientes:
Certificado literal del matrimonio: se trata de un documento que podremos solicitar en el Registro Civil de la población donde se celebró el matrimonio.
Certificado de nacimiento de hijos, en caso de que los haya, que también solicitaremos en el Registro Civil.
Certificado de empadronamiento o residencia del matrimonio.
No hay comentarios:
Publicar un comentario