Mª del Carmen de León Jiménez, Juez sustituta adscrita al TSJ de Canarias, 13/09/2019
Resumen: El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en la Sentencia sobre derecho de familia 641/2018, de 20 de noviembre que procede extinguir el uso de la vivienda familiar atribuido al cónyuge no custodio y a sus hijos, como consecuencia de la convivencia en la misma de la nueva pareja.
La Audiencia provincial estimó las pretensiones de un divorciado que solicitó una modificación de las medidas establecidas en la sentencia de divorcio tras conocer que su exmujer, a la que había correspondido el disfrute de la vivienda familiar y la custodia de los hijos, convivía en la casa con su nueva pareja.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. “La introducción de un 3º en la vivienda en manifiesta relación estable de pareja con la progenitora que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, aspecto que se examina, cambia el estatus del domicilio familiar”, señala. Leer más.....
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. “La introducción de un 3º en la vivienda en manifiesta relación estable de pareja con la progenitora que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, aspecto que se examina, cambia el estatus del domicilio familiar”, señala. Leer más.....
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