Le quita la pensión por alimentos que recibe por su "nulo rendimiento académico". El joven, de 23 años, lleva 3 años repitiendo 2º de Bachillerato.
Antena 3 Noticias | Madrid | 08/04/2019
En la sentencia del Supremo se da 1 año para quitarle la pensión de alimentos. La resolución dictada por el Tribunal Supremo es inamovible, y condena a un joven granadino a dejar de vivir del cuento.
En 2014, en el juzgado de Iª Instancia se modificó el acuerdo de divorcio de un vecino para eximirle de pagar la pensión de alimentos al mayor de sus hijos , de 28 años. Pero debía seguir pagándosela al 2º de 23 años. La paga era de 200 euros al mes.
El padre dudo de la capacidad de trabajo y estudio de sus hijos, por lo que solicitó al juez la petición de un certificado de notas. Donde se demostró que el joven de 23 años, lleva 3 años repitiendo 2º de Bachillerato.
La A. P. de Granadas, resolvió que el hijo que conservaba la pensión de alimentos solo podría cobrarla 1 año más. Alegó que no hacía nada para ganarse la vida por su cuenta. "Es cierto que la edad del hijo (23 años), su falta de aprovechamiento en los estudios y el hecho de que (no) haya accedido siquiera de modo temporal al mercado laboral, le hacen proclive (...) a limitar (la pensión) en 1 año desde la fecha de la sentencia.
Antena 3 Noticias | Madrid | 08/04/2019
En la sentencia del Supremo se da 1 año para quitarle la pensión de alimentos. La resolución dictada por el Tribunal Supremo es inamovible, y condena a un joven granadino a dejar de vivir del cuento.
En 2014, en el juzgado de Iª Instancia se modificó el acuerdo de divorcio de un vecino para eximirle de pagar la pensión de alimentos al mayor de sus hijos , de 28 años. Pero debía seguir pagándosela al 2º de 23 años. La paga era de 200 euros al mes.
El padre dudo de la capacidad de trabajo y estudio de sus hijos, por lo que solicitó al juez la petición de un certificado de notas. Donde se demostró que el joven de 23 años, lleva 3 años repitiendo 2º de Bachillerato.
La A. P. de Granadas, resolvió que el hijo que conservaba la pensión de alimentos solo podría cobrarla 1 año más. Alegó que no hacía nada para ganarse la vida por su cuenta. "Es cierto que la edad del hijo (23 años), su falta de aprovechamiento en los estudios y el hecho de que (no) haya accedido siquiera de modo temporal al mercado laboral, le hacen proclive (...) a limitar (la pensión) en 1 año desde la fecha de la sentencia.
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