domingo, 25 de febrero de 2018

La Justicia española niega la Custodia Compartida

Un lucense pide la custodia compartida de su hija alegando que sus notas bajaron y se la niegan.
PAULA VILARIÑO24 FEBRERO 2018
El padre tiene a la menor de domingo a miércoles y dice que cambiar de casa a media semana la trastorna pero, según el juez, "no hay pruebas".
Un lucense que acudió a los tribunales para solicitar la custodia compartida de su hija, alegando que había bajado su rendimiento escolar, vio como el juzgado se la denegaba porque no presentó "pruebas exhaustivas" para acreditarlo. El hombre aportó las notas de la menor, pero el juez concluye que el régimen de custodia de los progenitores no tiene que ser necesariamente la causa de que la niña no saque buenas notas.
Según explica la sentencia, la pareja se divorció en 2012 y llegaron a un acuerdo para que la madre tuviera la custodia y el padre se llevara a la niña todas las semanas desde las 8 de la tarde del domingo hasta las 8 de la tarde del miércoles.
En aquel momento, el progenitor se mostró conforme. Sin embargo, el año pasado solicitó una modificación de medidas parar tener la custodia compartida de la menor por semanas. El hombre alegaba que, cuando se separaron, la niña era pequeña, pero casi 5 años más tarde las circunstancias eran distintas, ya que la menor tenía que estudiar y verse obligada a cambiar de casa a mitad de semana "alteraba su ritmo de estudio".
El padre también alegó en su demanda que actualmente no tiene estabilidad laboral, como cuando se separó, pero el juez tampoco lo considera relevante.
De hecho, la niña había bajado su rendimiento escolar y el padre aportó las notas de varios cursos para demostrar que lo que decía era cierto.
FALLO. El juzgado de Primera Instancia nº 5 de Lugo estudió el caso y finalmente desestimó la demanda del progenitor. El juez concluye que el boletín de calificaciones de la menor "no es suficiente para justificar el cambio de custodia pretendido, pues aun entendiendo acreditada una disminución del rendimiento escolar", apunta, "no consta acreditado que sea provocado por el actual régimen de custodia ni por la entrega y recogida de la menor en mitad de la semana".
De este modo, el juez no ve motivos para modificar las medidas acordadas por los progenitores cuando se divorciaron. "En definitiva, creemos que hubiera sido precisa una prueba más completa y exhaustiva para acreditar que el régimen vigente de custodia y visitas afecta negativamente al rendimiento escolar de la menor".
El padre también alegó en su demanda que actualmente no tiene estabilidad laboral, como cuando se separó, pero el juez tampoco lo considera relevante.
Con esta decisión judicial, la menor tendrá que seguir haciendo las maletas todos los miércoles para cambiar de domicilio.

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