domingo, 9 de abril de 2017

Perú: Pensión de alimentos: Se valorizará el trabajo doméstico

Trabajo doméstico será incluido en los gastos que cubren las necesidades de los hijos.
PENSIÓN DE ALIMENTOS. Ahora se reconocerá el aporte económico que hacen las mujeres en el hogar.
Viviana Gálvez Cordova, @vivigc2, 8.Abril.2017
La pensión de alimentos que pagan los padres puede verse incrementada a partir de la nueva ley aprobada por el Congreso (modificación del art. 481 del Código Civil). Esta ley señala que el juez deberá considerar el trabajo doméstico que realizan, en la mayoría de los casos, las madres que tienen la tenencia de los hijos.
En promedio, las mujeres dedican 23:35 horas a la semana más que los hombres a las actividades domésticas no remuneradas, según la Encuesta Nacional del Uso del Tiempo (ENUT 2010).
Esto no significa que estas mujeres no realicen actividades remuneradas fuera del hogar, sino que las mujeres tienen una mayor carga laboral que los hombres, pues se dedican al trabajo y a las actividades domésticas. Así, por ejemplo, las mujeres dedican el 48% de su tiempo en trabajo remunerado y 52% en trabajo no remunerado (tareas domésticas, por ejemplo). Por el contrario, los hombres dedican el 76% de su tiempo a trabajo remunerado y 24% a trabajo no remunerado.
A partir de la ley aprobada esta semana por el Congreso, entre los gastos que se incluyen para calcular los gastos para cubrir las necesidades de los hijos, se incorporará también el trabajo doméstico no remunerado que realizan estas personas. En ese sentido, el gasto total de las necesidades se verá incrementado y, por tanto, requeriría una mayor pensión. Así lo indicó Elizabeth López, especialista del Estudio Rodríguez Angobaldo Abogados.
López precisó que esta modificación no solo aplica para el caso de hijos, sino también para padres que están a cargo de sus hijos. En esa línea, los hijos que están a cargo del cuidado de sus padres, pueden exigir una pensión de alimentos a sus hermanos; y agregar las actividades domésticas no remuneradas a los gastos efectuados.
TRABAJO DOMÉSTICO
Entre las tareas domésticas no remuneradas están las siguientes actividades:
► cuidado de miembros del hogar con dificultades físicas mentales o enfermedades permanentes o de edad avanzada
► actividades culinarias
► cuidado de bebés, niños y adolescentes
► aseo de la vivienda
► cuidado y confección de ropa
► cuidado de miembros del hogar que presentan algún síntoma malestar o enfermedad
► compras para el hogar
► cuidado de huertos y crianza de animales del hogar
► gerencia y organización del hogar
► reparación, construcción y mantenimiento de la vivienda.

Nota: ¿No deberia de pagar el Estado a la Mujeres que trabajan en casa y no los ex-maridos? Supongo que luego te lo deduces de la declaración de la renta y la otra parte lo tiene que declarar como ingreso. Por lo tanto, el unico que se beneficia es el Estado, la Hacienda pública.

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