El Alto Tribunal cree que la denuncia contra el exministro tiene " déficit argumental"
El Supremo no abrirá la investigación entre otras cuestiones porque la 1ª denuncia (presentada por el hijastro del político) ya fue objeto de investigación y es una cuestión archivada, con una sentencia firme que nadie ha recurrido y que, por tanto, no puede ser utilizada ahora, al tratarse de "una causa juzgada".
Pero además, el Supremo le dice a la juez de Canarias que la declaración de la exmujer de López Aguilar no tiene mucha consistencia.
Por todo ello, el Supremo -a pesar de que el fiscal si aprecio indicios de delito- no va a investigar a López Aguilar y ordena a la juez que vuelva a profundizar en la investigación. " La juez debe realizar un minucioso análisis selectivo que ubique cronológicamente los hechos denunciados por la exmujer, Natalia de la Nuez, ya que la declaración judicial prestada por ella "no existe una sucesión ordenada de los hechos delictivos atribuidos al aforado".
El Supremo censura que la juez de Canarias "no integra relato de hechos alguno, ni describe la participación de López Aguilar".
Javier Álvarez |
Madrid
05/05/2015 -
El Tribunal Supremo ha ordenado devolver, de momento, al juzgado de
la violencia sobre la mujer nº 2 de Gran Canaria, la exposición
razonada contra López Aguilar porque contiene un "déficit argumental".El Supremo no abrirá la investigación entre otras cuestiones porque la 1ª denuncia (presentada por el hijastro del político) ya fue objeto de investigación y es una cuestión archivada, con una sentencia firme que nadie ha recurrido y que, por tanto, no puede ser utilizada ahora, al tratarse de "una causa juzgada".
Pero además, el Supremo le dice a la juez de Canarias que la declaración de la exmujer de López Aguilar no tiene mucha consistencia.
Por todo ello, el Supremo -a pesar de que el fiscal si aprecio indicios de delito- no va a investigar a López Aguilar y ordena a la juez que vuelva a profundizar en la investigación. " La juez debe realizar un minucioso análisis selectivo que ubique cronológicamente los hechos denunciados por la exmujer, Natalia de la Nuez, ya que la declaración judicial prestada por ella "no existe una sucesión ordenada de los hechos delictivos atribuidos al aforado".
El Supremo censura que la juez de Canarias "no integra relato de hechos alguno, ni describe la participación de López Aguilar".
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