martes, 28 de octubre de 2014

Cambio de Domiclio de un menor al extranjero

La nacionalidad como factor de protección del interés del menor. Incidencia de la atribución de la guarda y custodia del menor cuando el progenitor traslada su domicilio a otro país.
Sentencia que fija doctrina jurisprudencial: prevé la autorización judicial de cambio de domicilio de un menor al país extranjero de origen de la progenitora, por encima de la nacionalidad del menor, pero solo si es en beneficio de éste.

Es la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2.014, ponente Sr. Seijas Quintana, que fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: "El cambio de residencia al extranjero del progenitor custodio puede ser autorizado únicamente en beneficio e interés de los hijos menores bajo su custodia que se trasladen con él".

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