......en relación a la custodia compartida de los hijos menores
Diario de Derecho/12.02.2014Estima la Sala el recurso de casación y declara que, en aplicación del cambio de criterio adoptado por los tribunales y de la doctrina establecida por el TC, en el presente caso se dan los requisitos para decretar la custodia compartida del hijo menor de los progenitores.
Así, dadas las
circunstancias concurrentes en este supuesto, la custodia compartida
fomenta la integración del menor con ambos padres, evitando
desequilibrios en los tiempos de presencia; con esta medida se evita el
sentimiento de pérdida; la idoneidad de los progenitores es
incuestionable; y se estimula la cooperación de los padres, en beneficio
del menor, que ya se ha venido desarrollando con eficiencia.
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