Una de las preguntas que más se escuchan estos días en las consultas de los despachos de abogados es la de cómo afecta la Ley de Tasas a las demandas de divorcio, y si estas están exentas o no del pago de la misma.
Pues bien, según la última reforma
aprobada en el Consejo de Ministros, todas las personas que no se puedan
acoger a la justicia gratuita, están obligadas al pago de la tasa. Sin
embargo, a la hora de enumerarse las excepciones, encontramos que desaparece la tasa para aquellos divorcios de muto acuerdo, entre los que se incluyen los llamados divorcios express.
Por tanto, para el caso de que la pareja
quiera formalizar su separación y demandar el divorcio, el mutuo
acuerdo se presenta como la opción más económica.
En el caso de que no
haya solución amistosa y se tenga que proceder a la vía del divorcio
contencioso, la tasa judicial que se tiene que abonar al presentar es de
150 euros más el 0,1% del valor que se reclame en pensiones
compensatorias o alimenticias.
Por si fuera poco, en el caso de que una
de las partes no esté satisfecha con el resultado de la sentencia
dictada en 1ª instancia, la apelación ante la Audiencia Provincial
supone un gasto extra en tasas judiciales de 800 euros.
Por tanto, si el divorcio de mutuo
acuerdo ya era una opción recomendable en tiempos pasados, pasa ahora a
ser una opción a tener muy en cuenta para parejas con problemas
económicos.
Para el caso de padres que no estén
casados, recordamos que la ley no exige el pago de la tasa en procesos
que traten exclusivamente de la guardia y custodia de los hijos menores.
No esperamos que un divorcio llegue a 3ª instancia, es decir al Tribunal Supremo, pero el recurso de casación añade otros 1.200 euros en concepto de tasa judicial a todas las cantidades ya abonadas.-
Desde la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) te recomendamos:
1.- Divorciarte de Mutuo Acuerdo es más rapido y económico.
2.- Los actuales sistemas de Mediación Intrajudicial, que son voluntarios, no son eficaces aunque la ley reconoce que si lo utilizas te rebajan el 60 % de las Tasas aplicadas. Hay que promocionar el sistema aunque no funciona.
3.- En relación con la Liquidación de los Bienes Gananciales, si los haces de Mutuo Acuerdo, no pagas Tasas y si lo haces por un Proceso Contencioso el Ministerio de Justicia te pedira en Tasa Variable el 0,1 % del valor del Patrimonio con un máx. de 2.000 € que no te puedes deducir de la declaración de la renta (IRPF)
4.- Busca un bufete de abogados Profesionales en Temas de Familia y no te arrepentiras.
Desde PAMAC estamos a tu disposición para aclarte cualquier duda sobre el Proceso de Divorcio, para que sea lo más corto posible y sus efectos negativos sean lo más leve posible, dado que tenemos autenticos profesionales en temas de Familia. Y la experiencia es un plus.
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