......a una madre a la que retiraron la custodia de su hija.
MADRID, 18 Junio 2013. (EUROPA PRESS) -
A la demandante, de nacionalidad española y padre guineano, le fue retirada la custodia de su hija contra su voluntad después de que se presentara en 2005 junto a su compañero sentimental y la niña en los servicios sociales de Motril para pedir trabajo, alimentos y un alojamiento.
La niña, que tenía entonces poco más de 3 años, fue separada de su madre, trabajadora del campo en situación de extrema indigencia, a petición de una asistente social, que consideró que la mujer presentaba una actitud violenta y la menor carecía de suficiente higiene, presentaba cicatrices y no llevaba ropa adecuada para el periodo estival.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos
(TEDH), con sede en Estrasburgo, ha condenado a España a indemnizar con
30.000 euros a una madre a la que los Servicios Sociales retiraron la
custodia de una de sus hijas al considerar que las autoridades "no
realizaron los esfuerzos adecuados y suficientes para que se respetara
el derecho de la demandante a vivir con su hija".
La sentencia da la razón a la madre y asegura que en su caso se
produjo una violación del artículo 8 de la Convención en el que se
recoge que toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y
familiar, su domicilio y su correspondencia. A la demandante, de nacionalidad española y padre guineano, le fue retirada la custodia de su hija contra su voluntad después de que se presentara en 2005 junto a su compañero sentimental y la niña en los servicios sociales de Motril para pedir trabajo, alimentos y un alojamiento.
La niña, que tenía entonces poco más de 3 años, fue separada de su madre, trabajadora del campo en situación de extrema indigencia, a petición de una asistente social, que consideró que la mujer presentaba una actitud violenta y la menor carecía de suficiente higiene, presentaba cicatrices y no llevaba ropa adecuada para el periodo estival.
Madre e hija vivían junto a otros numerosos miembros de su familia
en un alojamiento situado en un olivar cuya explotación les servía de
sustento. La mujer complementaba sus ingresos con otros trabajos
agrícolas, principalmente la vendimia francesa.
La niña fue enviada a un centro de acogida y se autorizó a la
madre a realizar visitas supervisadas en presencia de los educadores y
la Policía. Según consignó una empleada en un informe, la mujer
intentaba tras estos encuentros autolesionarse y comenzaba a gritar
cuando se acercaba el momento en que tenía que irse. Además, hablaba a
su hija de forma "compulsiva e incoherente". Las visitas fueron
suspendidas y la niña transferida a un 2º centro de acogida, cuyo
emplazamiento se mantuvo en secreto.
Las autoridades declararon en febrero de 2006 a la niña en situación de abandono e iniciaron los trámites para su adopción.
Según refleja la sentencia, informaciones proporcionadas al tribunal en febrero de este año apuntan a que la menor, que ya tiene 12 años, aún no ha sido adoptada.
Las autoridades declararon en febrero de 2006 a la niña en situación de abandono e iniciaron los trámites para su adopción.
Según refleja la sentencia, informaciones proporcionadas al tribunal en febrero de este año apuntan a que la menor, que ya tiene 12 años, aún no ha sido adoptada.
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