El sistema actual es perverso: una resolución administrativa te
quita un hijo y para recuperarlo has de ir a un juez.
El proceso es
largo, costoso… y sobre todo con el tiempo jugando en contra. Son ya
muchas las sentencias que corrigen las actuaciones de la administración,
que establecen que el vínculo afectivo (el único que entiende un menor)
está por encima de todo, incluso del vínculo legal o administrativo.
Aquí hay algunos ejemplos muy interesantes y se puede descargar la
sentencia completa:
Sentencia de 25 de mayo de 2012 del Tribunal Supremo:
Aunque pueda parecer que esta sentencia, no
guarde ninguna relación con el sistema de protección de menores y las
administraciones públicas a las que está encomendada, no es así.
La Administración se ampara en el “el interés del menor” para
justificar cualquier decisión: una o la contraria. 1º se toma la
decisión y luego se justifica. Y esto es lo que la Sentencia critica.
Esta sentencia del Tribunal Supremo establece aspectos como:
“la sentencia recurrida no tiene en cuenta más que de forma retórica, el interés del menor”, “se
invoca a los simples efectos introductorios, el criterio del interés
del menor, que se identifica en los textos que se citan y que según la
sentencia recurrida constituyen “cita obligada”, pero no se aplica
ningún criterio integrador del interés …”, “ni se explica por qué considera que dicho interés está bien protegido…”
La sentencia completa en nuestra web
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