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EN SEVILLA
A pesar de que no estaban casadas, la mujer ofrecerá pasar una pensión alimenticia como cualquier pareja separada
Sólo unos días después de que un juez de Murcia le otorgara provisionalmente la custodia de dos hijas a su padre al entender que la relación lésbica que mantiene la madre con otra mujer "influye negativamente en la educación y crecimiento armónico" de las menores, un juez de Sevilla da la vuelta a la tortilla.
El juzgado de Familia de Sevilla ha concedido a una mujer el mismo régimen de visitas de un progenitor para el hijo inseminado de su ex compañera sentimental, tras lo que el abogado de la beneficiada ha anunciado que ofrecerá pasar una pensión alimenticia -del 25% de su salario- como cualquier pareja separada.
La demandante, M.D.C.G. había solicitado al juzgado el régimen de visitas previsto para los abuelos y otros allegados, pero la sentencia del juzgado la considera progenitora a todos los efectos y le otorga el mismo sistema previsto para los padres, con reparto equitativo de las vacaciones y fines de semana.
La sentencia dice que las dos mujeres formaron una pareja estable con un "amor sincero que duró once años", decidieron crear una familia y luego vivieron el declive de su relación, pero de haber continuado como pareja la demandante habría adoptado al niño según la nueva ley que la autoriza para las parejas homosexuales.
Ambas mujeres, que mantuvieron una relación sentimental hasta 2004, acordaron de mutuo acuerdo en el año 2000 que una de ellas se sometiera a una inseminación artificial, fruto de la cual nació un niño que ahora tiene 5 años.
Posteriormente la pareja se rompió y la madre biológica, M.C.G., comenzó a oponerse a que su ex pareja visitase al niño, negando que la relación fuera "estable y duradera".
La sentencia, por el contrario, entiende que se trató de una relación "afectiva y prolongada en el tiempo", con "una unión sentimental anterior al embarazo" y que buscó la maternidad "de la única manera que podía hacerlo, mediante inseminación artificial de una de las progenitoras" .
Vacaciones y fines de semana repartidos por igual.
El fallo contiene además un reproche a las dos mujeres, porque el hijo "no pidió venir al mundo, fue concebido en el seno del amor y bajo la responsabilidad de dos personas adultas y responsables, o que al menos deberían serlo".
"Es exigible a los progenitores, sea cual sea su orientación sexual, el respeto a los hijos, el saber entender que el fin de una pareja no supone el fin de la relación entre niños y progenitores" , dice la juez, que por ello establece el mismo régimen de visitas que para los padres divorciados, con las vacaciones y fines de semana repartidos por igual entre ambas.
Entre las pruebas que la juez considera determinantes de la relación estable, señala una foto en la que la demandante posaba su mano sobre el vientre de su pareja embarazada "en claro gesto de posesión del fruto de la gestación", el testamento otorgado a favor de la ex pareja y una carta de despedida en la que la madre biológica enumeraba, entre los valores aportados a la pareja, "un hijo, que es lo más importante de las cosas que te di".
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