miércoles, 25 de julio de 2007

¿CGPJ contra la Custodia de los Padres en España ?

El CGPJ envía al Servicio Disciplinario la queja contra el juez que dio la custodia al padre por ser lesbiana la madre.
MADRID, 24 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó hoy remitir a su Servicio Disciplinario la queja remitida ayer por 16 organizaciones de mujeres y la Federación de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELTG) contra el juez de Primera Instancia número 9 de Murcia, Fernando Ferrín, que otorgó provisionalmente la custodia de dos hijas a su padre al entender que la relación lésbica que mantiene la madre con otra mujer "influye negativamente en la educación y crecimiento armónico" de las menores.

Fuentes del órgano de Gobierno de los jueces indicaron que la queja será estudiada por la Comisión Disciplinaria que se reúne mañana, si el Servicio de Inspección eleva a lo largo del día de hoy una propuesta en relación con este caso.
Si Inspección no pudiese realizar un informe hoy, la próxima Comisión Disciplinaria se reunirá el próximo mes de septiembre.

La resolución de Ferrín, de 6 de junio, fue denunciada ante el CGPJ por las asociaciones porque consideran que impuso su ideología por encima de la aplicación de las leyes.

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia incoó expediente al mismo juez para determinar por qué retrasaba desde hace más de un año el proceso de adopción de una niña a una mujer lesbiana cuya pareja es la madre biológica de la menor.

Las fuentes consultadas indicaron que la Ley Orgánica del Poder Judicial no prevé que el Consejo actúe por quejas como la presentada, sino a petición del tribunal superior que ha estudiado el caso por vía de recurso.

No obstante, en ocasiones, ante resoluciones que no admiten recurso, la Comisión Disciplinaria ha actuado, como hizo por ejemplo con el juez de Cantabria que recomendó a una pareja acudir a la Iglesia en una sentencia.

PERJUICIO PARA LAS MENORES
El auto denunciado por las asociaciones considera "suficientemente" acreditado "el perjuicio para las hijas que se deriva de la relación que la madre sostiene con una tercera persona y que lógicamente no se limita a un hecho aislado.
"La madre tendrá que elegir entre sus hijas y su pareja", señala.

A criterio del juez, la condición homosexual perjudica a los hijos porque tienen derecho a un padre y a una madre, no a dos madres o a dos padres.
"Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores, y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean. Esa formación integral es imposible que se la de un progenitor homosexual, por mucho respeto que me merezcan las personas homosexuales, pero aquí prevalece el interés superior del menor", añade.

Además, critica la regulación que de la custodia compartida recoge el artículo 92.8 del Código Civil, gracias a la reforma de la Ley del Divorcio en 2005, y cuya redacción considera "un error en la votación en el Congreso del grupo gobernante".

Esta modificación permite al juez otorgar la custodia compartida de forma excepcional si no hay acuerdo entre los progenitores, siempre y cuando uno de ellos la haya solicitado. En este caso, ambos padres pidieron la custodia exclusiva de las hijas.

"Como ello no lo puedo acordar --añade el juez--, al estar atado de pies y manos por la reforma de julio de 2005 (...) y considerar que la orientación homosexual de uno de los progenitores sí influye negativamente en la educación y crecimiento armónico de las hijas, me veo en la obligación de atribuir la custodia al padre".

En todo caso, se reserva la facultad de elevar una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 91.8 en su momento.

CRÍTICAS A OTRAS LEYES
Junto al caso concreto, el magistrado realiza también críticas a otras legislaciones aprobadas durante esta legislatura, como la Ley Integral contra la Violencia de Género y el "sinnúmero de falsas denuncias de mujeres que está produciendo" ; así como la reforma del Código Civil para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, que califica de "desafortunada" y "posiblemente inconstitucional"

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