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LOS NIÑOS EN LOS PROBLEMAS DE PAREJA
La agitada vida de un padre por custodiar a su hija
La juez de Marín retiró la tutela de una niña a su madre por mantener una actitud alienante hacia la figura del padre
Manuel Villar - SANTIAGO DE COMPOSTELA - 03-05-2009
Fue una sentencia pionera.
Una jueza de Marín le otorgaba hace menos de 2 años la guardia y custodia de su hija de 4 años a un vecino del Baixo Miño para evitar que su ex pareja continuase manipulándola.
Existían indicios de que la madre podía estar alienando a la menor en contra de su padre y, como consecuencia, la magistrada decidió ordenar el cambio de custodia.
‘Desde que me separé de la madre de mi hija todo ha sido, y sigue siendo, una auténtica pesadilla. Al principio no me dejaba verla y me advertía que jamás la llevaría, ni con una orden judicial.
Me acusó de haber abusado sexualmente de la niña y, después de demostrar que era una falsa denuncia, continuó con otras mentiras: que era mal padre, alcohólico, drogadicto, y todo tipo de barbaridades’, relata José.
Este vecino del Baixo Miño, de 39 años, iniciaba una larga batalla para intentar la custodia que inicialmente, ‘como ocurre en el 95% de los casos’, había sido otorgada a la madre. El régimen de visitas avivó un conflicto salpicado de insultos, amenazas y acusaciones entre los progenitores.
Ante el comportamiento de la madre y su entorno, el padre acompañó su recurso de informes emitidos por gabinetes psicosociales de los juzgados de Pontevedra y un equipo forense de la Universidad de Santiago.
Estos documentos alertaban de que ‘existían indicios suficientes de que la madre podía estar alienando a la menor contra su padre’.
Recomendaban que especialista en alienación parental atendiese a la madre y, si no cambiaba de actitud, recomendaban el cambio de custodia.
Cambio de régimen.
El comportamiento no mejoró y una jueza de Marín le otorgaba al padre la guardia y custodia. ‘La madre tiene un concepto negativo y un fuerte rechazo hacia la figura paterna, que trata de transmitir a su hija de forma o no consciente’, indica la sentencia, dictada en junio de 2007.
‘La corta edad de la niña, la fácil manipulación y la posibilidad de que se produzca un síndrome de alienación parental’ eran motivos suficientes para dictar esa resolución judicial que también establecía la necesidad de fijar ‘un régimen de visitas lo más amplio posible a favor de la mujer’, ya que la pequeña mantiene unos fuertes lazos afectivos con ella.
El fallo, que obligaba a la madre a pasar una pensión alimenticia de 300 euros mensuales, fijaba las visitas en fines de semana, 2 días intersemanales y los correspondientes períodos vacacionales.
‘Esa sentencia presentaba varios errores porque fijaba como punto de encuentro Pontevedra, que está a unos 100 kilómetros de la residencia paterna y a 20 de la materna’, indica José.
‘Me obligaba a dejar a la niña en el punto de encuentro a la 2 de la tarde, cuando a esa hora salía del colegio y aún teníamos que desplazarnos más de 1hora. Era imposible cumplir esa sentencia, pero la madre me denunció más de 12 veces y me sentí obligado a desescolarizarla (perdió mas de 80 horas de colegio) hasta que se corrigió esta situación y se fijó la entrega en el punto de encuentro de Vigo para las 4 de la tarde’.
Problemas por el horario.
La situación no mejora y, según varios informes psicológicos, la inestabilidad le pasa factura a la niña en forma de cansancio, pérdida de peso y pro blemas para dormir.
‘Llega a las 14,20 a casa, come y a las 3 sale hacia Vigo para el punto de encuentro. A las 4 la recoge su madre y la lleva para su casa. Pasa otros 20 minutos en coche para estar poco más de una hora en casa y regresar al punto de encuentro. La recojo a las 7 y salimos de Vigo en plena hora punta; muchos días no llegamos a casa hasta la 9 de la noche. Hace los deberes, la ducho, le doy de cenar y la meto en cama; al dormir en los trayectos en coche se desvela y no concilia el sueño hasta después de la medianoche’, lamenta el padre.
‘Es una situación insostenible para la niña, que realiza más de 1.500 kilómetros al mes. La ley es muy clara e indica que el progenitor es quien tiene que visitar al menor, y no al contrario’, sentencia José, que también acusa el giro radical que ha dado su vida.
‘El hecho de tener la custodia de mi hija ha destrozado parte de mi vida personal, familiar, económica y laboral; no puedo atender a muchos de mis clientes para cumplir con una sentencia que es injusta o para asistir a tantos juicios. Solo quiero la felicidad de mi hija, que deje de sufrir este calvario de viajes y descontrol’.
8 de cada 10 menores se quedan con las madres.
La ruptura de una pareja deriva, en demasiados casos, en una batalla por la custodia de los hijos. Aunque cada vez son más los matrimonios que deciden afrontar en igualdad el cuidado de los menores, la mayoría se enredan en litigios.
Los psicólogos defienden la custodia compartida como mejor opción, salvo que los padres no lo consideren viable o uno de los cónyuges maltrate al niño.
En caso de disputa, las madres son las que se hacen con la guarda del menor en el 85% de los casos.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, el 7% de los divorcios o separaciones se resuelven, de forma voluntaria o por decisión judicial, con una custodia compartida.
‘Esto quiere decir que pasan 15 días en casa del padre y otros 15 en casa de la madre. Los 2 participan directamente en el desarrollo del pequeño’, explica Laura Pérez, psicóloga infantil.
Los especialistas mantienen que es la fórmula más efectiva porque el niño mantiene contacto regular con las 2 partes y le ayuda a asimilar los cambios que se producen en su vida.
Además de reducir las posibilidades de manipulación, la custodia compartida también favorece la relación de la pareja, obligada a entenderse y buscar acuerdos para el cuidado de sus hijos.
Ningún estudio ha detectado que el cambio constante de domicilio provoque trastornos al menor, pero la aplicación de la custodia compartida contempla la posibilidad de que el niño permanezca en el domicilio familiar y sean los padres los que se intercambien periódicamente.
La reforma de la ley del divorcio de 2005 ha provocado un suave incremento en la tasa de custodias compartidas.
Hasta ese momento, sólo el juez podía obligar a compartir la guarda de los niños.
En la actualidad, uno de los cónyuges o la pareja de mutuo acuerdo pueden demandarla siempre que la solicitud vaya acompañada de un informe favorable del gabinete de psicólogos sociales y otro del fiscal del juzgado.
‘Los hijos no son propiedad de nadie, ni del padre ni de la madre; la custodia compartida es la mejor opción’, indica José Luis, portavoz de la Asociación Gallega de Padres y Madres Separados. ‘Cuando se produce una ruptura te separas de tu pareja, no de tus hijos’, sentencia.
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