viernes, 10 de abril de 2020

Claves para hacer con éxito la declaración de la Renta

RENTA 2019: Las plusvalías de 2019, un buen año para la inversión, podrán rebajarse con las minusvalías.
MIRIAM CALAVIA, Madrid, 5 ABR 2020
La campaña de la declaración de la Renta del ejercicio 2019 ya está en marcha desde el miércoles 1 de abril, y se extenderá hasta el 30 de junio. 
Se espera que en este año tan excepcional, dado el estado de alarma en España por el coronavirus, se apueste más por el uso de las herramientas digitales. Y se presenta como todo un reto atender a los contribuyentes de forma presencial si continúan las restricciones. Con todo, Hacienda mantiene el calendario, ante lo que los expertos aconsejan revisar a conciencia el borrador y aplicar todas las deducciones a las que se tiene derecho, lo que puede marcar la diferencia en el resultado de la declaración.
Para empezar, antes de confirmar el borrador hay que comprobar y verificar todos los datos. Se trata de una propuesta de declaración que se calcula con los datos fiscales de los que dispone Hacienda, y puede contener errores u omisiones. Por ejemplo, es clave confirmar los datos personales si ha habido cambios en el estado civil o se ha adoptado o tenido un hijo durante el ejercicio fiscal.
Además de los datos personales y familiares, especial atención requiere la información sobre la titularidad de los inmuebles, que como novedad este año deben consignarse en un único apartado. Y no hay que olvidarse de declarar los alquileres turísticos.
Muy importantes también son las deducciones fiscales. Existen 225 deducciones autonómicas, algunas compatibles con las estatales, que pueden reducir la cuota líquida, es decir, lo que finalmente se debe pagar en el IRPF. Las hay por compra de vivienda, por alquiler, por donaciones o por maternidad, entre otras.
Cabe recordar que solo pueden desgravar por la vivienda habitual aquellos contribuyentes que compraron antes del 1 de enero de 2013. Lo podrán hacer por el 15% de las cantidades satisfechas para la adquisición, rehabilitación o construcción sobre un máximo de 9.040 euros anuales. La deducción por alquiler se mantiene vigente para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Así, los inquilinos con contratos anteriores a esa fecha pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cuotas en el periodo impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 € anuales.
Los técnicos de Hacienda destacan que en esta campaña se debe revisar el aumento de hasta 1.000 euros adicionales del importe de la deducción por maternidad (1.200 euros anuales o 100 euros al mes si se solicita anticipadamente), cuando el contribuyente tenga gastos en guarderías o centros de educación infantil de sus hijos menores de 3 años.
También existe la deducción de 1.200 euros anuales para familia monoparental con 2 hijos y por ascendiente, descendiente con discapacidad siempre que no tenga rentas, excluidas las exentas, superiores a los 8.000 euros anuales.
Y las familias numerosas podrán deducirse 600 euros extra por cada hijo adicional desde que se considera familia numerosa.
Por otro lado, las aportaciones a planes de pensiones desgravan sobre la base imponible del IRPF hasta 8.000 euros o el 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas del contribuyente. Además, también se pueden reducir en la base imponible las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge del contribuyente cuando este no perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas, o sean inferiores a 8.000 euros al año. En este caso, el límite deducible por la aportación es 2.500 euros.
Gestha recuerda que el ahorro fiscal de estas aportaciones oscila entre un mínimo del 19% hasta un máximo del 45% de la inversión realizada ­­-según el tipo marginal del contribuyente-, superior incluso en algunas comunidades autónomas.
Otro de los aspectos a tener en cuenta al preparar la declaración es la posibilidad de compensar rentas del ahorro. Eso permitirá que solo se paguen impuestos por los beneficios netos de las inversiones efectuadas, compensando las ganancias con las pérdidas. Davinia Rogel, directora de equipo del departamento fiscal de Baker McKenzie Barcelona, explica que el dinero que se pierda con una inversión se restará a lo que se gane y solo se tributará por la diferencia entre ambas cantidades (el neto) si es positivo, es decir, si hay más ganancias que perdidas.
Las plusvalías obtenidas en 2019, un buen año para la inversión, podrán rebajarse hasta en un 25% con las pérdidas sufridas, ya sea en ese año o en los 3 ejercicios anteriores, siempre que hayan quedado de entonces minusvalías pendientes de compensación. Y esta fórmula podrá emplearse con independencia del origen de las ganancias o las pérdidas, ya sea por la venta de un inmueble y de una inversión en fondos, consideradas ganancias patrimoniales, o de depósitos o títulos de deuda, rendimientos del capital. El saldo neto tributará al 19% para los primeros 6.000 euros, al 21% para los 44.000 euros siguientes de plusvalía y al 23% para lo que exceda de 50.000 euros.

Custodia Compartida: Ser padre implica rebaja en el IRPF

Desgravan mucho dinero en el IRPF.: Hasta 7.400 euros: esto es lo que puedes desgravarte del IRPF de la renta por hijo.
Los hijos pueden incluirse en la declaración de la renta hasta que cumplan 25 años, si viven en el hogar familiar.
SARA RIVAS, 09 Abril 2020,
Los padres pueden desgravarse más dinero si sus hijos viven en casa. 
La campaña de la declaración de la renta 2019 – 2020 comenzó el pasado 1 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio. Con ello ha llegado el momento de regularizar la situación fiscal con la Agencia Tributaria, y en ese aspecto uno de los puntos más importantes a tener en cuenta es la situación familiar de cada uno. En este sentido una de la variables más importantes a tener en cuenta son los hijos.
Ser padre tiene premio frente al fisco, ya que implica una rebaja en el IRPF. Hasta que cumplan 25, con carácter general, puedes incluirlos en la declaración. Para ello resulta imprescindible que vivan en la casa familiar y que hayan ingresado menos de 8.000 euros.
De igual modo, no deben haber presentado el IRPF por su cuenta con rentas superiores a 1.800 euros. Además también se pueden incluir hijos mayores de 25 años con una minusvalía superior al 33%, y que cumplan todos los requisitos anteriores.
En concreto, por cada descendiente que se incluya en la declaración de la Renta, supone una serie de deducciones mínimas de la base imponible:
-1º hijo: 2.400 euros
-2º hijo: 2.700 euros
-3º hijo: 4.000 euros
-4º hijo y siguientes: 4.500 euros
-Hijos menores de 3 años: 2.800 euros adicionales.
Por ejemplo, una pareja que tenga 2 hijos, uno de 8 años y otro de 2, para calcular su mínimo conjunto deberán sumar 2.400 euros del 1º hijo, 2.700 por el 2º y 2.800 euros adicionales por su tener un hijo menor de 3 años. El total quedaría en 7.900 euros.
Hacienda también incluye una desgravación de 100 euros al mes por familia numerosa o hijo discapacitado a cargo, que de aplicarse de manera anual suponen 1.200 euros. Para ello se debe ser familia numerosa, familia monoparental con 2 o más hijos a cargo, siempre que los hijos no reciban pensión de alimentos o tener descendientes a cargo con discapacidad. En el caso de familiar numerosas de categoría especial, la deducción se multiplica por 2, y en las familias numerosas con un hijo o ascendiente discapacitado a cargo se suman ambas deducciones.
Si los matrimonios optan por realizar la declaración individualmente las cantidades se prorratean por cada progenitor. Es decir, cada uno de los padres tiene derecho a aplicarse el 50% de la deducción. Si seguimos con el ejemplo anterior, cada mínimo individual sería de 3.950 euros.
¿Cuánto te va a retener Hacienda?:
Deducción por maternidad
Además, las madres tienen derecho a otros 1.200 euros, que al igual que en el caso de familias numerosas pueden cobrarse 100 euros al mes de forma anticipada o incluirlos de golpe al hacer la declaración anual. Para poder acceder a este complemento se deben tener hijos menores de 3 años a nuestro cargo, realizar algún tipo de actividad, bien por cuenta ajena o por cuenta propia, y estar dada de alta en la Seguridad Social o en la correspondiente mutualidad.
A estos 1.200 euros, si se lleva a los niños a la guardería existe una ayuda de 1.000 euros extra, como máximo. Para acceder a ella se deben cumplir los mismos requisitos que para la prestación de 1.200 euros, pero además, como es lógico, se debe haber pagado guardería durante 2019. Si se paga el centro escolar pero no se trabaja no se puede acceder a este complemento.
A estas ayudas y deducciones de carácter nacional cabe sumar las que aplica cada comunidad autónoma. Así, en las Islas Baleares, Asturias o Aragón, existe una deducción por compra de libros de texto y material extraescolar, en Canarias por gastos de estudios, en Castilla y León por contratación de cuidadores de niños de menores de 4 años, o en Madrid por nacimiento o adopción.

miércoles, 8 de abril de 2020

Confirman divorcio en Los Simpson

....... que hace desaparecer a Homer.
Otros medios: show.news
De Tomás Moreno, 07/04/2020
El matrimonio de la familia de Springfield vive su propio confinamiento que termina en desastre en un capítulo de la temporada.
Los Simpson es una de esas series que por más que pase el tiempo, sus fans no dejan que caiga en el olvido. Es más, las cadenas ven en ella un filón perfecto para seguir sumando audiencias a su medidor con las reposiciones de algunas de sus más de 30 temporadas. Y es que la serie de Matt Groening, ha logrado durar en el tiempo sin que ningún factor externo haya hecho que deje de ser seguida por miles de personas.
Como por ejemplo, sus continuas semejanzas con la realidad que el director logra plasmar e impactar en el público. Si conocidas han sido sus múltiples cameos de personajes famosos internacionalmente, no han sido menos sonadas son miles de predicciones. La última de ellas como todos sabemos, es crear un virus que asoló Springfield parecido al coronavirus. Pero es que la cosa no ha quedado ahí. 

Ahora hemos podido observar como la familia más famosa de la televisión vivió su momento de cuarentena.
Aunque si bien es cierto que el motivo y las circunstancias no eran las mismas, podemos ver cómo Marge y Homer sobre llevarían el confinamiento que estamos viviendo. Y es que en un capítulo de la temporada 30 de Los Simpson, el matrimonio decide presentarse a un reality show del que son eliminados en la 1ª fase. Esto hace que ambos tengan que seguir viviendo juntos en un hotel hasta que el programa finalice.
Pero esto no queda ahí, y lo que para ellos comenzó como una gran aventura, se convirtió en un infierno del que no sabían cómo escapar. Los 1º días fueron bastante pasajeros. Pero a medida que los días iban pasando y no podían salir, la cosa se fue poniendo cada vez más tensa. La irritabilidad surge en ambos, que no logran finalizar esa etapa con éxito.
Este capítulo de Los Simpson termina con Homer odiando todas y cada una de las cosas que hace su mujer, y con Marge dándose a la bebida. Opta por beber ginebra para sobrellevar esa etapa de confinamiento. Obviamente esto es ficción, y esperemos que las familias no estén llevando tan mal estos difíciles momentos de cuarentena.

domingo, 5 de abril de 2020

Rumor: A Pablo Iglesias le relacionan con la hija de Verstrynge. ¿ Y van ......?

Se desmiente el rumor.
Otros Medios: blastingnews,
El rumor del divorcio de Iglesias y Montero, con amante incluida, agita la cuarentena de Podemos
DAVID LOZANO, 04 Abr 2020
Es un insistente habladuría, sin categoría de verdadera noticia y desde luego desmentida a Periodista Digital por algunas fuentes de Podemos, que rebajan el ‘rumor’ a ‘bulo’.

Pero estos días corre como la pólvora en las redes sociales y no hemos querido privarles a uds, agobiados como están en sus casas sin poder salir a la calle, de unas risas a cuenta de uno de los que se salta la cuarentena cuando le da la gana: la pareja compuesta por Pablo Iglesias e Irene Montero estaría hoy rota, se habrían separado.
Así lo cuentan numerosas publicaciones, portales de internet, blogs o cuentas de Twitter y Facebook que están haciendo viral la noticia -en principio supuesta- de una ruptura matrimonial entre el matrimonio de Podemos.
Sin filtro alguno las redes hablan estos días de esa separación de la pareja, con 3 hijos de corta edad, y atribuyen ese triste desenlace sentimental a una presunta infidelidad por parte del ‘macho alfalfa’ de los morados.
El origen de estos rumores, que insistimos desmiente a PD desde el entorno de Podemos, podría tener su origen el reciente fichaje de Pablo Iglesias.
El líder de la formación morada ha contratado a Lilith Verstrynge como asesora de la Vicepresidencia IIª del Gobierno. Y con Lilith es quien ahora se relaciona sentimentalmente a Iglesias que, de esta forma, habría roto su pareja con la ministra de Igualdad, Irene Montero.
Lilith es hija del conocido político Jorge Verstrynge, que fue secretario general del PP con Manuel Fraga, después pasó al PSOE y ahora gurú de Podemos.
Ella es licenciada en Historia, Ciencias Políticas y Estudios Europeos lleva vinculada a la formación morada desde 2016, donde ejercía como asesora. Lilith, de 27 años, a quien su familia apoda por el nombre de Lilu, conoce a Pablo Iglesias y a Juan Carlos Monedero desde finales de 2012.
Ella era apenas una joven de 17 años cuando el movimiento 15M entró en su vida de la mano de su madre Mercedes Revuelta en el año 2011.
En las redes sociales, fundamentalmente en Twitter, se insiste con la relación entre Pablo Iglesias y la hija de Jorge Verstrynge y se comenta con duras críticas al líder de Podemos.
En Periodista Digital recogemos un par de comentarios por significativos:
“Lo de Pablo Iglesias dejando tirada a Irene Montero con una hipoteca y tres niños por la hija de Verstrynge da para una serie en HBo y Netflix. Ahora ya podrá decir eso de sola y borracha quiero llegar a casa”.
Hola, @PabloIglesias @IreneMontero. ¿Nos podéis poner un pantallazo con el pastizal que habéis ingresado este mes mientras otros no pueden ni pagar la cuota? ¿Os parece esto demagogia? Pues así es como habéis llegado al poder, pareja de sinvergüenzas.
Cotilleo ...
Parece que Pablo Iglesias no necesitaba mascarilla porque se dice, se comenta, se rumorea que ya no vive en Galapagar.
Parece que tiene quereres con su asesora Lilith Verstrynge.
27 años, pelirroja, mona y políglota.
Si, hija de Jorge ...
Veremos si es verdad.
O “¿Es un depredador Pablo Iglesias con el sexo y las mujeres? Hace un mes se trajo de Bruselas a su gabinete a Lilith, una hija de Verstrynge, y ahora aseguran que ha repudiado a Irene Montero a la que habría dejado con su mantra de ‘sola y borracha’. ¿Tampoco en esto tiene freno?».
Sin embargo, no hay versión oficial, hasta el momento, de algún cambio en las relaciones personales de los ‘marqueses de Galapagar‘.

sábado, 4 de abril de 2020

Quedarse en paro no exime del pago de la pensión de los hijos

Aviso a los progenitores separados: quedarse en paro no exime del pago de la pensión de los hijos o la expareja.
Los abogados, que están recibiendo numerosas consultas sobre cómo gestionar la manutención familiar, advierten que el impago puede suponer un delito de abandono de familia.
Patricia Esteban, Madrid, 3 ABR 2020
Las medidas para combatir la crisis sanitaria del Covid-19 ha impactado de lleno en la economía de los hogares. Una circunstancia especial-mente difícil para muchos padres separados o divorciados, a los que asaltan numerosas dudas sobre cómo gestionar sus obligaciones con los menores durante la crisis. Los abogados de familia, que apelan a la responsabilidad de los progenitores, están recibiendo multitud de consultas sobre qué hacer con la pensión de los niños en estos meses.
Entre otras cuestiones, los progenitores preguntan si una mala situación económica permite aplazar el pago o rebajar su cuantía, dado que, ahora, los menores tienen menos gastos (comedor, extraescolares, etcétera). Además, los expertos alertan de que las consecuencias por incumplir esta obligación pueden conllevar desde embargos de sueldo o subsidio hasta, incluso, penas de cárcel. 
Estas son las respuestas a algunas de las dudas más frecuentes.
He perdido mi trabajo: ¿puedo dejar de pagar la pensión?
No. Los progenitores tienen que seguir cumpliendo lo establecido en el convenio regulador. Este no queda suspendido durante el estado de alarma, y, por tanto, deben abonar puntualmente la cuantía fijada para el sustento de los menores. En ningún caso, añaden, pueden dejar de pagar de manera unilateral la pensión, a riesgo encontrarse con una reclamación civil o, incluso, ser denunciado por vía penal. 
“El pago de la pensión de alimentos continúa siendo una obligación judicial que debe ser cumplida”, señala Paloma Zabalgo, abogada experta en derecho de familia.
Lo mismo sucede con la pensión compensatoria: mientras exista una sentencia que la establece, el excónyuge está obligado a su pago. La diferencia es que esta pensión, mediante la que se resarce al excónyuge al que la separación o divorcio deja en una peor situación económica, no tiene carácter privilegiado a la hora de reclamarla.
Por otro lado, se aconseja que cualquier pacto temporal al que lleguen quede reflejado por escrito, dado que cualquier cambio definitivo debe establecerse a través del juzgado.
¿Y si no tengo ingresos suficientes?
Se puede solicitar una modificación de la sentencia. Sin embargo, debe tratarse de una situación que se mantenga en el tiempo, ya que hay que probar la pérdida de capacidad económica. En la situación actual, en que el obligado al pago puede haber visto disminuidos sus ingresos, tendrá que seguir abonando la pensión de momento.
Si las circunstancias persisten, entonces podrá pedir la revisión de la cuantía, que nunca tiene carácter retroactivo. Hay que tener en cuenta, apunta la abogada, que, en el actual de estado de alarma, será difícil que estos expedientes de modificación de pensiones de alimentos sean admitidos, salvo que se justifique una situación de necesidad.
¿Puedo restar los gastos de comedor, clases de baile, etc.?
No, no se puede rebajar la cuantía de la pensión. Como advierte Zabalgo, esta viene fijada en una sentencia judicial, que ha de cumplirse en los términos en los que se dictaron. “La pensión de alimentos es una cuantía fija, en la que, efectivamente, se tienen en cuenta determinados gastos para su establecimiento, pero que debe abonarse en su totalidad”. En estas circunstancias, reflexiona, puede que no exista el coste del comedor, pero “muy probablemente el gasto de la comida en el domicilio sea muy superior, como el de suministros, y tampoco se podrían sumar”. Cuestión distinta sería si se tratan de gastos extraordinarios, que no se incluyen en la pensión mensual.
Mi expareja no me ha pasado la pensión: ¿qué hago?
La ley contempla dos vías para hacer frente a esta situación: la reclamación civil o, en casos más graves, la denuncia penal. Lo más habitual es que se acuda a la vía civil, mediante un proceso conocido como de ejecución de sentencia, en el que es necesaria la intervención de abogado y procurador. El juzgado competente será el que dictó la resolución que establece la obligación de pago, y el plazo para reclamar es de 5 años desde que se produjo el impago.
En la situación actual de estado de alarma, entiende Zabalgo, dado que la actividad judicial se encuentra suspendida, no se pueden presentar demandas de ejecución, salvo que ese incumplimiento pueda generar una situación de riesgo para los menores.
¿Cómo pruebo el impago?
No es necesario. En un proceso de ejecución de la pensión de alimentos, explica Zabalgo, le corresponde al deudor acreditar que sí ha efectuado el pago. En todo caso, es recomendable informarle mediante el envío de un mail, un mensaje de WhatsApp, u otros medios, que se va a reclamar judicialmente el pago, “para que sea consciente y se pueda evitar el litigio”, añade la abogada.
El burofax, que sí se requiere, en cambio, en otros procedimientos para acreditar que se ha reclamado la cantidad antes de interponer la demanda, no es, en este caso, necesario para abrir el proceso.
¿Y si la situación requiere de una actuación urgente?
En ese caso, si existe un riesgo cierto y grave para los menores, se podría presentar un procedimiento urgente, en virtud del art.158 del C. Civil, en el que el juez puede fijar “las medidas convenientes para asegurar la prestación de alimentos y proveer a las futuras necesidades del hijo”. Incluso, añade la abogada, se puede dar una situación de desamparo de los menores y tener que hacerse cargo de ellos la Administración. Si bien, añade, son situaciones muy excepcionales y puntuales.
¿Qué consecuencias puede tener el incumplimiento? ¿Me pueden embargar el sueldo?
Sí. Una vez finalizado el proceso de ejecución de sentencia, se puede ordenar el embargo de los bienes del deudor. Puede embargarse las cuentas bancarias, o la totalidad del sueldo, incluso si cobra el salario mínimo interprofesional. Como explica la abogada, la pensión de alimentos tiene carácter de crédito privilegiado o preferente, ya que cubre las necesidades primordiales de los hijos. Conforme a esta premisa, entiende se puede embargar igualmente las cantidades abonadas por el ERTE, “sin perjuicio que los juzgados o tribunales pueden moderar esta obligación”, por ejemplo estableciendo una cuantía mensual para embargar, hasta alcanzar la totalidad de la deuda.
En caso de incumplimiento reiterado, también se puede solicitar la imposición de una multa que podrá ser mensual del 20 %, o una única del 50 % de la cantidad que se deba. Además, lo más habitual es que la sentencia condene al incumplidor al pago de las costas de proceso.
¿Se puede denunciar por lo penal?
Si, cuando el obligado al pago de la pensión haya dejado de abonar dos meses consecutivos o acumule retrasos de cuatro meses alternos, se puede denunciar por abandono de familia. Este delito, previsto en el art. 227 del C.Penal, está castigado con pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses. Normalmente, salvo que el condenado sea reincidente, el juzgado suspenderá la pena de cárcel, a condición de que pague lo adeudado.
Como explica Fátima Rodríguez, además del incumplimiento de una resolución firme, también es necesario que este sea voluntario y consciente. Es decir, que no se paga “porque no quiere”, no porque no pueda.
¿Puedo ir a la cárcel?
Normalmente, salvo que el condenado sea reincidente, explica Rodríguez, el juzgado suspenderá la pena de cárcel, a condición de que pague lo adeudado. Es importante indicar que una sentencia condenatoria supone la existencia de antecedentes penales, que solo se cancelarán una vez que se cumpla el tiempo fijado en la resolución. Esta situación puede ser relevante si se vuelve a cometer este u otro delito castigado con pena de cárcel, pues, entonces, se le considera reincidente.

jueves, 2 de abril de 2020

España siglo XX: Colombine y el Divorcio

La periodista y escritora Carmen Burgos ‘Colombine’, recibió el sobrenombre de ‘la Divorciadora’ a raíz de publicar en 1904 el libro ‘El divorcio en España’ (imágenes vía Wikimedia commons y Biblioteca Nacional de España)
La periodista que a inicios del siglo XX se atrevió a hablar del divorcio en la prensa española. Alfred López, 1 abril 2020
Carmen Burgos (1867-1932) fue una de las mujeres pioneras del periodismo en España, quien firmaba la mayoría de sus artículos y libros bajo el apodo de ‘Colombine’.
Pero el hecho de que algunas personas y escritos se refirieran a esta insigne periodista como ‘la Divorciadora’ no fue porque se dedicara a romper matrimonios, sino por ser una de las 1ªs personas que, públicamente, plantearon a través de un medio de comunicación un debate abierto sobre la conveniencia o no de regular el divorcio en España.
Lo hizo a partir de 1903, a través de la columna «Lecturas para las mujeres» que escribía en el Diario Universal. A modo de encuesta hacia sus lectoras, consiguió que estas, e incluso muchísimos lectores masculinos, le enviaran un gran número de cartas a la redacción del periódico con sus opiniones al respecto de la fundación del ‘Club de matrimonios mal avenidos’.
Numerosos son los expertos que defienden que la iniciativa de Colombine se podría calificar como el 1º plebiscito español sobre el divorcio. Esa sección no estuvo exenta de polémica y muchos fueron los lectores más conservadores que hicieron llegar su protesta hasta la dirección del rotativo.
Por tal motivo, Carmen Burgos decidió, un año después (1904), publicar un libro que llevó por título "El divorcio en España", que se trataba de una extensa recopilación de las cartas recibidas y en las que recogía todo tipo de opiniones, tanto a favor como en contra de regular o plantearse el divorcio en nuestro país.
Pero aquel libro recopilatorio no solo estaba compuesto por cartas recibidas de lectores anónimos, sino que entre ellas también había la opinión de un buen número de intelectuales de la época, entre los que se encontraban Pio Baroja, Vicente Blasco Ibáñez, Concepción Gimeno de Flaquer o María de Echarri (por citar tan solo 4 nombres).
En este libro, Colombine daba buena cuenta de las diferentes opiniones de todas aquellas personas que habían participado desinteresadamente en aquella especie de plebiscito espontáneo, que había surgido a través de la columna periodística, las cuales se basaban en 3 aspectos: el religioso, el moral y el político.
Dependiendo de la ideología y del grado de religiosidad de cada persona, su respuesta podía ser a favor o en contra de que existiera una ley que regulase la disolución de un matrimonio. Curiosamente, había conseguido reunir más argumentos a favor del divorcio (1462) que en contra (320).
Podéis acceder a leer o descargar (de forma gratuita y legal) un ejemplar del libro ‘El divorcio en España’ de Carmen Burgos ‘Colombine’ a través del enlace del enlace de la Biblioteca Nacional de España:

martes, 31 de marzo de 2020

¿QUE PREFIEREN LOS HOMBRES SER INFIEL O EL DIVORCIO?

staff, 30 March 2020
Son contados los hombres que son fieles en su relación. Ellos son fuertes y resistentes ante cualquier tentación, porque aman a su pareja y simplemente no quieren líos. Pero no todos piensan igual, a la mayoría de hombres les encanta probar y probar hasta quemarse y poner en riesgo su relación.
De acuerdo con el doctor César Lozano, los hombres que tienen una amante y se aferran a su vida familiar y su esposa buscan el placer de estar con una mujer como si se tratara de “un postre”, pero no quieren perder su “comida diaria”, que obtiene en casa.
Aunque existen varias actitudes que delatarían a un infiel, hay mujeres que también deciden hacerse de “la vista gorda” para no perder su dinámica familiar o su estabilidad económica.
¿Ellos prefieren ser infieles o prefieren el divorcio?
Ashley Madison el famoso sitio de citas para infieles encuestó a 3.300 miembros de su sitio, a quienes les preguntó por qué prefieren ser infieles que divorciarse. De ellos, el 89 % reveló que engañar a su pareja tuvo un impacto positivo en su relación, afirmando que tener una aventura es más fácil que el divorcio.
El 61% de los encuestados indicaron que en algún momento les ha pasado por la cabeza divorciarse, el 19% dijo que han pensado en el divorcio tras 20 años de casados o de vivir en pareja, mientras que el 27% indicaron que en su mente no existe la posibilidad de separarse, aunque ha sido infieles entre el 1º y 3º año de matrimonio, y un 30% sí ha considerado el divorcio tras 22 años de casados.
“La cuesta de Enero y los problemas económicos que esto conlleva, así como otros factores, sacan a relucir las debilidades de la relación de pareja. Una persona que quiere ser infiel podría tener la misma mentalidad de alguien que planea solicitar el divorcio; lo que es seguro es que muchos miembros de Ashley Madison no quieren dejar su matrimonio de manera definitiva por algo efímero”, explica Víctor Hermosillo, Director de Ashley Madison para Latinoamérica.
De acuerdo a esta encuesta, las razones por las que preferían tener una aventura con otra persona en lugar de optar por el divorcio fueron:
Mantener a mi familia junta es mi prioridad (55 %)
Amo a mi esposa/o (40%)
No quiero lastimar a mi familia o vivir sin ellos (38 %)
Quiero que mis hijos crezcan con sus dos padres (35%)
Yo no pienso que sería feliz a largo plazo con alguien más (31%)

No obstante esta encuesta, hay otros motivos similares del porqué los hombres no se divorcian, de acuerdo al análisis del doctor Lozano, éstos pueden ser:
1. Comodidad
Aunque disfrute de vivir una aventura extramarital, el hombre que es o ha sido infiel desea volver a casa en donde encontrará su vida emocional, sentimental y social resuelta. Se siente cómodo disfrutando del espacio que ha construido por años y, claro, una casa limpia, comida hecha, ropa aseada y una esposa dispuesta a ser amorosa.
2. Miente al decir que no ama a su esposa
Son muchos los hombres que les juran a sus amantes que ya no aman a su esposa, y hay quienes hasta juran que están en proceso de divorcio, cuando esto no es verdad. La realidad es que sí ama a su esposa y sólo busca a otra mujer para romper con la monotonía o un poco continuar (o aumentar) su ego machista.
3. Amor a los hijos
El hombre infiel teme que al finalizar el matrimonio o al ser descubierta su infidelidad la relación con sus hijos se deteriore o no pueda tener el mismo contacto con ellos, por eso se resigna a vivir dentro de un matrimonio que tal vez ya no lo hace feliz.
4. Temor a la separación
El miedo o tedio de enfrentar un proceso de divorcio, separación de bienes, pelea por la custodia de los hijos, vivir solo y hasta una mudanza hace que muchos hombres prefieran llevar una doble vida.
5. No busca amor en otra mujer
De acuerdo con el especialista, muchos hombres al ser infieles, no es porque estén buscando una pareja estable o “al amor de su vida”, solo busca satisfacción sexual o salir de la rutina, pero en realidad no tienen nada serio con su amante.