domingo, 20 de mayo de 2018

El PSOE: No existe el Síndrome de Alienación Parental.

El Gobierno insta a los jueces a no esgrimir una patología inexistente.
Un informe concluye que el llamado Síndrome de Alienación Parental, usado supuestamente por madres para lograr la custodia, carece de validez científica
JOAQUINA PRADES, Madrid 10 ENE 2011
Nuevo (y severo) toque de atención del Gobierno a los jueces, fiscales y peritos judiciales que siguen empleado el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) en vistas y sentencias. "Perversión jurídica", "montaje", "cúmulo de despropósitos" o "fraude de ley" de "peligrosas consecuencias para la mujer y la infancia" son algunas de las recomendaciones que se van a hacer llegar a los juzgados, fiscalías, colegios de abogados, psicólogos, médicos y organizaciones de asistentes sociales. Es decir, a todos aquellos profesionales que intervienen cuando una pareja está inmersa en un proceso de divorcio y uno de los cónyuges -en el 89% de los casos el hombre, según datos de un exhaustivo informe oficial elaborado por el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género- acusa al otro de manipular al menor para que sienta aversión hacia él.
Neuropediatras y psicólogos defienden tesis contrapuestas
Lorente asegura que el falso argumento ha tenido un efecto devastador.
El informe insiste en que ni la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos, ni la Asociación Española de Neuropsiquiatría ni la Organización Mundial de la Salud conceden validez científica al SAP o lo consideran un trastorno verificado por la comunidad científica. 
El Síndrome de Alienación Parental -hasta los años 90 se denominaba Síndrome de la Mujer Maliciosa- es un término acuñado por Richard Gardner, un psiquiatra militar norteamericano que en la década de los 80 lo definió como trastorno mental invalidante para ocuparse de los hijos. Es, según él, "una campaña de denigración injustificada contra un progenitor alienado", para que el menor rechace vivir con él o acudir a las visitas. Se aplica sobre todo en algunos estados estadounidenses, Argentina y España. La Asociación de Psicólogos de estos 2 últimos países avalan el SAP, la comunidad médica no lo rechaza -el Colegio de Médicos entiende que es una decisión que corresponde a cada profesional- y otro tanto ocurre con el Colegio de Abogados. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos lo ha tenido en cuenta en las alegaciones de algunos procesos revisados. En este contexto variopinto, algunos jueces lo aplican a rajatabla. Y eso es, sobre todo, lo que preocupa al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y al Observatorio. La polémica, 7 años después de la 1ª sentencia española que tomaba en consideración el SAP, continúa.
El pronunciamiento oficial sobre este supuesto síndrome constituye una vieja reivindicación de las asociaciones de mujeres, que reprochaban a la ex ministra de Igualdad, Bibiana Aído, el silencio del Gobierno. Ahora como secretaria de Estado, y con Leire Pajín como ministra, el Ejecutivo asume su inexistencia y tiene previsto hacer público el informe en los próximos días.
Los jueces de sesgo machista, que en palabras del delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente, son "pocos pero ruidosos" figuran como objetivo principal del informe. En él se parte de la base de que "las creencias de género están presentes en nuestros tribunales" y advierte: "En el ámbito judicial este presunto síndrome ha provocado un efecto devastador en muchos menores y en sus madres al considerar a los niños y niñas como mentirosos y a las madres como enfermas mentales", al tiempo que alerta de que, bajo el disfraz de palabras distintas, dado el descrédito creciente del SAP como tal, se sigue empleando en los juzgados. Es la gran anomalía que intentamos corregir, concluye Lorente.
La fiscal de la Sala Delegada contra la Violencia de Género, Soledad Cazorla, ya advirtió en 2007 a los fiscales que reflexionaran antes de considerar el SAP, y el Consejo General del Poder Judicial, a través de Paloma Marín, recordó 1 año después la potestad de los jueces de no asumir "de forma acrítica" los informes de los peritos y citó expresamente aquellos que daban validez científica al SAP: las comunidades de Madrid, Asturias y Murcia y ciudades como Barcelona, Málaga, Valencia, Pontevedra y Sevilla, entre otras.
Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Asociación de Mujeres Separadas y activa coordinadora del informe, "siempre confían en el SAP los mismos jueces, y los abogados de los litigantes lo saben. Siempre ratifican las mismas audiencias provinciales", y cita a algunas del Sur. Añade: "Con este informe esperamos acabar con semejante barbaridad". Pérez del Campo destaca entre todas las sentencias analizadas en el informe una de Cataluña de 2009, en la que se aportaron 8 informes, 7 contra el síndrome y 1 acusando a la madre de trastornada manipuladora. El tribunal hizo caso de este último y desechó los otros para quitarle la custodia de los hijos y otorgársela al padre.
Numerosas asociaciones de padres separados y la mayoría de las que reivindican la custodia compartida de los hijos más pequeños creen que el SAP es una triste realidad, independientemente de cómo se denomine.
"HE PASADO EL MALTRATADOR A MIS HIJOS"
La presidenta de la Asociación de Mujeres Separadas, con varias décadas de profesión defendiendo a mujeres, asegura que cuando una mujer alega maltrato en un litigio de divorcio, el hombre contraataca en muchas ocasiones denunciándola a ella por haber manipulado a los hijos. El juez le da la razón y la mujer pierde a su familia. El síndrome de alienación parental (SAP), en estos casos, origina uno de los lamentos más frecuentes que Pérez del Campo escucha en su bufete: "Yo me he quitado de encima al maltratador, pero se lo he pasado a mis hijos. Tal vez si hubiese aguantado los malos tratos, los niños no vivirían ahora con un psicópata".
¿Qué ocurre cuando una mujer malmete contra el padre, se llame como se llame esta conducta? Miguel Lorente responde: "Claro que ese tipo de mujer existe, al igual que el hombre que fomenta la aversión a la madre. Pero si el vínculo con los hijos es sano a la vez es muy intenso, y por mucho lavado de cerebro que se alegue, el vínculo no se rompe". Cuando un niño rechaza a alguno de sus progenitores es porque sabe, porque lo ha padecido él o el adulto, que es violento y agresivo. En esta idea coinciden ambos expertos.
Uno de los comportamientos habituales de los profesionales que intervienen ante acusaciones de SAP es negar toda credibilidad al relato de los niños, especialmente si son menores de 8 años. "En los informes periciales", denuncia la jurista Paloma Marín en el informe, "se minimiza la angustia y el miedo de los menores". "Estos informes", prosigue, "parten de una observación de los menores de apenas 20 minutos o media hora y en ocasiones incluso se han llegado a redactar informes privados diagnosticando supuesto SAP sin haber visto al menor o a la madre".
Esto último es lo que le ocurrió a una madrileña de 40 años que no quiere que se publique su nombre, a la que el juzgado nº 1 de Madrid le aplicó el criterio SAP en mayo de 2009 y concedió la custodia del hijo de 6 años al padre, denunciado previamente por ella como maltratador y abusador sexual del menor. El hombre, profesor en un instituto de secundaria de Madrid, fue absuelto de un delito de violación previo a su matrimonio y de abusos sexuales después. La mujer dice con rotundidad que ha perdido la confianza en la justicia, y ha impulsado una web (Madre Rea) para mujeres y menores víctimas del SAP.
Informe contra la existencia del SAP (2010)
Mas Información: eldiario.es,

SAP: Cuando la separación se convierte en una destrucción de la relación con los hijos

Ante el Síndrome de Alienación Parental, es importante que los implicados lo detecten para evitar sus repercusiones.
Laura Ribagorda Gil, colegiada Cedsi,  Viernes 11 de mayo de 2018,
Tras un divorcio, todos podemos pasar por momentos muy difíciles ya que entramos en un proceso de duelo, en el que el enfado puede llegar a ser el protagonista de las emociones que sentimos cuando nos separamos de la persona con la que hemos compartido tantas experiencias. Y esta etapa puede patologizarse, si es que esta separación no es de mutuo acuerdo.
El problema se agrava si hay niños de por medio y es que puede producirse lo que Richard Gardner, psiquiatra estadounidense, acuñó como Síndrome de Alienación Parental. Se refería al proceso de manipulación que sobre el niño realiza uno de los padres, creando de forma sistemática una mala imagen del otro progenitor, minimizando los aspectos positivos y maximizando los negativos.
¿Qué consecuencias presentan estos niños?
Se exterioriza a través de alteraciones emocionales persistentes (ansiosas o depresivas), dificultades para adaptarse socialmente y se pueden producir problemas en el desarrollo de la propia imagen e identidad. Por ello, es importante que ante estas manifestaciones se lleguen a tomar medidas psicológicas o legales para que así no llegue a más ya que son los niños los perjudicados en todo este proceso. 
Es importante resaltar que este tema ha traído un debate entre los profesionales y se pide que se trate con especial cuidado, ya que hay padres que pueden utilizar egoístamente este síndrome para salir beneficiados en su defensa legal, a pesar de no ser cierto y que todavía no ha sido reconocido como trastorno por la Organización Mundial de la Salud ni por la Asociación Americana de Psiquiatría.
Gardner señala una serie de manifestaciones del SAP:
–El niño utiliza mensajes negativos sobre un progenitor de forma repetida que indican odio.
–Suele utilizar términos que son propios del otro padre, ya que no forma parte de su discurso habitual e incluso de su vocabulario.
–Presume de una independencia cognitivo, es decir, niega la influencia de otras personas sobre su pensamiento.
–Suele haber una dicotomía, uno de los progenitores es perfecto y el otro es malo.
–A pesar de que haya pruebas en contra de los argumentos del padre alienador, el niño las acepta sin rechistar.
–Ante los sentimientos dolorosos de progenitor alienado por la situación se muestra indiferente o justifica las acciones que los producen.
–Justifica constantemente las manifestaciones de desprecio.
–Rechaza a la familia extensa y red social del progenitor alienado.
¿Por qué se produce?
Las causas que lleva a un padre o madre a menospreciar al otro progenitor, depende de varios factores, entre otros: la falta de control a la hora de diferenciar la relación de pareja con las funciones parentales debido al enfado acumulado, una falta de autoestima, creando una dependencia cegadora hacia esa persona, falta de habilidades sociales y vitales para poder funcionar de nuevo en la vida o ya ciertos problemas de personalidad, que impiden ser empático y racional ante la nueva situación.
¿Qué hacer frente al SAP?
Lo primordial sería poder detectarlo antes de que las repercusiones familiares se agraven y esto puede llegar a hacerse a través de las terapias de pareja, que muchas veces la petición es tener una separación lo más amistosa posible. En cuanto al proceso legal y por el ordenamiento de un juez, se puede realizar a través de la Mediación y que se tengan en cuenta las consideraciones de tratamiento tanto del progenitor alienador como alienado y también se puede recurrir al tratamiento psicológico de los hijos.

viernes, 18 de mayo de 2018

¿Qué hace falta para tener un buen divorcio?

Nancy Álvarez, Doctora en psicología clínica con maestría y post grados en terapia familiar, de pareja y sexual. 16/05/2018
El divorcio está considerado como la 2ª causa de estrés en el individuo. Al igual que la muerte de un familiar cercano, el divorcio es una situación muy difícil, de duelo y pérdida. Del divorcio, lo que más nos preocupa es el manejo que se le da a este proceso en relación a los hijos.
Los estudios indican que aunque los hijos del divorcio tienen mayor posibilidad de sufrir problemas emocionales, si el divorcio es manejado adecuadamente, no tiene por qué causar problemas serios en los "hijos del divorcio".
¿Cuál es la diferencia entre un buen divorcio y uno mal manejado?
Para tener un buen divorcio se requiere casi lo mismo que para disfrutar de un buen matrimonio:
• Buena comunicación
• Consideración
• Respeto por el otro
• Lealtad
• Fidelidad
Esto plantea un serio problema: la mayoría de las personas que se divorcian tienen un mal manejo del proceso del divorcio.
Ejemplos de un divorcio mal manejado:
Meten a los niños en la discusión y les preguntan si papá y mamá se deben divorciar o no.
Forman bandos, "tú del lado de mamá y tú del lado de papá".
Le hablan mal al niño de su madre o su padre.
Una vez que se ha efectuado el divorcio, ven al niño esporádicamente, entre otras cosas peores.
¿Cómo podemos mejorar esto?
Respetar la "imagen del otro padre": tanto del que se va como del que se queda con los niños. Esto quiere decir, no hablar mal del otro, ni permitir que otras personas lo hagan (al menos, delante de ud).
Decirle y demostrarle al niño que papá y mamá le seguirán amando igual y asegurarle al niño que él no tuvo nada que ver con el divorcio.
No inmiscuir al niño en el problema de ninguna manera (aún sea un adolescente). 
Recuerde, el matrimonio y el divorcio son solo para adultos.
Mantener una relación lo más cordial y adulta posible con su ex cónyuge comunicándose efectivamente.
¿Le parece muy difícil, verdad? Eso es fácil si se compara con las consecuencias de hacer lo contrario. Sabemos que es difícil actuar de forma adulta y ecuánime en medio de un gran dolor y caos emocional. Por eso es que dentro de lo posible "debemos prevenir el divorcio".
De todas formas, una pareja con problemas y en constantes disputas es tan dañina a sus hijos como un mal divorcio. ¿Complicado, verdad? Tan complejo y complicado como lo es el ser humano, como son sus relaciones, pero no imposible. Si no puede solo, ¡para eso está la terapia familiar!

miércoles, 16 de mayo de 2018

Palencia: Sustracción de menores

Obligada en Palencia a devolver a su hijo a Inglaterra junto al padre por sustracción del menor.
La Audiencia desestima el recurso de apelación de la mujer, que no volvió al Reino Unido con el niño tras unas vacaciones y se quedó en Palencia
R. S. RICO, Palencia, Martes, 15 mayo 2018,
La Audiencia de Palencia, tras ver los autos de sustracción internacional de menores procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Palencia, ha desestimado el recurso de apelación presentado por la palentina M. S. M. F. contra la sentencia de ese juzgado que le obligaba a devolver a su hijo de 5 años (ahora 6) a Inglaterra junto a su padre. 
M. S. M. F., que en su día decidió huir de ese país aduciendo una inadaptación a la vida allí, una demanda de divorcio en curso y la necesidad de prestar en España todos los cuidados del mundo al hijo en común de la pareja, con un delicado estado de salud, estudia ahora presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
M. S. M. F. residía en Palencia con su marido, C. E. G. T., de origen colombiano y cuyo negocio no iba bien, razón por la que decidió irse al Reino Unido en busca de oportunidades. El matrimonio tiene un hijo de 5 años, S. G. T., que había sido operado en Madrid 2 veces a vida o muerte y cuyo seguimiento médico se está haciendo en España. 
M. S. M. F. convenció a su marido para que fuera él primero al Reino Unido y se asentara allí. C. E. G. T. se estableció en Bothenhampton, en el condado de Dorset (Inglaterra), y persuadió a su mujer para que fuera allí con él, aunque los problemas en la pareja (al parecer, por la hija que ella tiene fruto de una anterior relación, que C. E. G. T. no acaba de aceptar) y la inadaptación a la vida en Inglaterra hicieron que solo pasaran allí un periodo corto de tiempo, hasta que la palentina, tras sacar su marido los billetes, no regresó al Reino Unido después de un viaje a Palencia en agosto de 2017.
M. S. M. F. matriculó a su hijo en un colegio de la capital y se quedó en Palencia para ocuparse de que el seguimiento sobre el estado de salud de su hijo se hiciera en España. C. E. G. T. solicitó por su parte la custodia del niño en Inglaterra, al entender que el niño reside habitualmente en el Reino Unido y que fue «retenido injustamente» en España tras unas vacaciones concertadas en verano de este año.
El hombre de origen colombiano insistía en que la madre indicó la intención de pedir el divorcio en España y quería recurrir a los tribunales británicos competentes en materia de asuntos sociales en relación al niño. 
La vista preliminar tenía que haberse celebrado el 19 de septiembre de 2017 en el Registro Principal de Asuntos Familiares de la Real Corte de Justicia de Londres, pero el abogado de M. S. M. F., que 5 días antes de esa vista preliminar en Inglaterra presentó en el Juzgado Nº 7 de Palencia la solicitud de medidas provisionales previas a la demanda de divorcio, logró que el titular del juzgado palentino dictase un auto en el que consideraba que concurrían circunstancias urgentes que fundamentaban la «atribución provisionalísima» de la guarda y custodia del hijo común a la madre, como era el delicado estado de salud del hijo en común.
Pero el titular del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Palencia entendió en diciembre de 2017 que la competencia para conocer de las medidas de responsabilidad parental sobre el menor correspondían a los tribunales ingleses, como venía acordado desde septiembre de 2017, y que los tribunales españoles carecían de competencia y que la residencia del menor anterior al 23 de enero era en el Reino Unido.
El padre del menor presentó, junto con el Ministerio de Justicia y la Abogacía del Estado, un procedimiento que se tramita como sustracción internacional de menores y que giró por turno al Juzgado de Instrucción Nº 2 de Palencia, que acordó la restitución del menor a Inglaterra junto a su padre, y ahora la Audiencia de Palencia desestima el recurso de apelación presentado por M. S. M. F. al entender que no se aprecia motivo alguno para que la madre sustrajera al menor en la modalidad de no reintegro el 23 de agosto de 2017.

martes, 15 de mayo de 2018

Suiza: El clima afecta al numero de divorcios.

Por Sibilla Bondolfi, 14 DE MAYO DE 2018
¿Grandes bodas o discretas ceremonias? 

Un estudio de la Asociación de Organizadores Independientes de Bodas de Suiza (VUSH) proporciona información. En 2017 se celebraron en Suiza alrededor de 40 000 bodas. 
Esta es la tendencia:
1) Sacan buena parte de sus ahorros
En promedio, las parejas suizas gastan entre 30 000 y 40 000 francos suizos en una boda, sin incluir los costos de los vestidos, anillos y la luna de miel. "Eso es probablemente mucho en comparación con los países vecinos", dice Simone Glarner de la Asociación VUSHEnlace externo. "Esto se debe a que el alquiler del local es caro y el nivel de vida en Suiza es alto."
Los costos dependen en gran medida del número de personas invitadas y de la duración de las festividades. "En la India, la gente a veces celebra durante varios días o semanas, lo que, por supuesto, cuesta dinero", indica Glarner. En las bodas árabes, en cambio, es costumbre que los invitados, y en particular la familia, contribuyan con el banquete, lo que a veces reduce los costes del festejo para la pareja.
2) No excluyen a nadie
En el pasado, era costumbre en Suiza celebrar la boda en 2 partes: después de la ceremonia, había un aperitivo con un mayor número de invitados y más tarde un pequeño banquete. Eso está fuera de moda: Según el estudio, ahora los invitados pueden estar presentes durante todo el festejo.
3) En busca del mejor clima
En otoño, el clima en Suiza suele ser fresco y húmedo. Los suizos no dejan que eso estropee el ambiente de su boda. Según VUSH, las bodas de primavera están disminuyendo notablemente, hay un cambio hacia septiembre y parte de octubre. Alrededor del 25% de las bodas organizadas por VUSH tuvieron lugar en septiembre.
4) Selectivos
A diferencia de las culturas del sur, rara vez encontrará más de 100 invitados en las bodas suizas.5) Colores pastel
Según VUSH, muchos tonos pastel y rosa en combinación con oro fueron vistos en bodas en Suiza el año pasado. Además, la tendencia de los tatuajes también ha llegado a Suiza, por ejemplo, con la inscripción "Yes, I do"
Por cierto, en 2017 se produjeron 14 850 divorcios en Suiza. ( Un 37,12% del nº de Bodas realizadas). Por supuesto, la asociación no investigó el aspecto de un divorcio suizo medio. "Pero me imagino que la tendencia anglosajona a celebrar el divorcio también está llegando a Suiza", dice Glarner. ¡Esperamos que ud no necesite ninguna orientación para un divorcio suizo medio y le deseamos todo lo mejor para su boda!

La Audiencia de Murcia dice que el régimen de custodia compartida debe ser preferente

Solo se debe acudir a otras fórmulas cuando se demuestre que aquel no responde al interés preponderante del menor, por serle perjudicial
Efe, Murcia, 14.05.2018 | 12:12
La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho en una sentencia que el régimen de custodia compartida debe ser el preferente y que solo se debe acudir a otros cuando se demuestre que aquel no responde al interés preponderante del menor, por serle perjudicial.
Ese criterio se recoge en una sentencia en la que desestima el recurso que una mujer presentó contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia que tramitó el procedimiento de separación matrimonial y determinó que la guarda y custodia sería compartida por ambos progenitores.
La ahora apelante reclamó que la custodia le fuese asignada a ella, tras señalar que la sentencia recurrida había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas aportadas al proceso judicial.
Para la apelante, el régimen que reclamaba era el más idóneo para el menor, al haber convivido con ella en los últimos años, por lo que el cambio tendría consecuencias negativas para él.
Además, expuso que la custodia compartida tampoco era positiva, porque, aseguró, no se había probado que el padre hubiera superado su adicción al alcohol.
La Audiencia, al desestimar el recurso, dice que el fiscal se opuso a que el mismo fuese aceptado, al coincidir con el Juzgado en que el régimen aprobado era un acierto, al tener en cuenta las pruebas aportadas al caso.
Dice el tribunal que procede mantener la sentencia apelada porque no consta que el padre no sea apto para el desempeño de sus funciones parentales, ni tampoco la alegada adicción al consumo de bebidas alcohólicas.
Y añade que fuera de los elementos probatorios objetivos, "solo hay manifestaciones de la ahora apelante carentes de toda prueba objetiva".

CÓMO DESCARGAR VÍDEOS DE YOUTUBE

.... AL MÓVIL Y AL ORDENADOR
ROBERTO ADEVA, 23 MAR 2015
Youtube, es el reproductor en línea de Google basado en Adobe Flash que ofrece a los usuarios la posibilidad de subir y compartir vídeos con todo el mundo. En numerosas ocasiones nos habremos encontrado con algunos vídeos que nos gustaría compartir con nuestros familiares o amigos pero que a la hora de descargarlos no se ha tenido éxito.
Se van a mostrar algunas alternativas para poder descargar vídeos de Youtube tanto desde el PC como desde el móvil y así poder visualizarlos en cualquier momento desde ambos dispositivos.
Descargar vídeos desde el PC.
Los vídeos a diferencia de las imágenes, que se muestran en las páginas en su formato original, pudiéndolas descargar directamente, usan formatos auxiliares como el Flash y por lo tanto para descargarlos al PC es necesario convertirlos a otro formato.
Hay varias opciones, como software específico y plugins o extensiones para los distintos navegadores. Pero la opción más rápida y fácil para descargar cualquier vídeo de Youtube al PC, es usar uno de los servicios online que hay disponible para ello.
Existen varios servicios donde sólo con pegar la dirección exacta del vídeo permiten descargarlo en diferentes formatos, pero no todos son aconsejables ya que algunos pueden llegar a instalar malware en el ordenador.
Por esto, es muy importante saber que en ninguno de estos servicios es necesario descargar otro archivo excepto el propio vídeo. Uno de los más usados y recomendados eshttp://es.savefrom.net/, un servicio web que con tan solo indicar la URL exacta del vídeo que se quiere descargar, procede a su descarga dando la opción de hacerlo en numerosos formatos (FLV, MP4, WebM, 3GP) e incluso con la posibilidad de añadirle el sonido o bajarlo por separado.
Para utilizar este servicio existe un truco que hace que su uso sea mucho más fácil y cómodo, para ello basta con ir al vídeo de Youtube que se desea descargar y en la dirección del vídeo (por ejemplo: https://www.youtube.com/watch?v=_2XJK6EMtvU) sustituir www. o https://www. por “ss”, dejando por lo tanto la dirección finalmente como https://ssyoutube.com/watch?v=_2XJK6EMtvU o ssyoutube.com/watch?v=_2XJK6EMtvU y al pulsar ENTER llevará automáticamente al servicio.
Además, existen otros servicios como http://keepvid.com/,http://www.force-download.es/, http://www.bajaryoutube.com/,http://www.savetube.com/ o http://www.keephd.com/que también son recomendables.
Descargar vídeos desde el móvil
En este caso, vamos a recomendar hacer uso de una aplicación que aunque no está disponible para su descarga en la tienda Google Play, no es necesario ser root para que la funcionalidad principal que permite descargar vídeos de Youtube desde el móvil esté disponible y que es muy útil.
Se trata de una aplicación avalada por un desarrollador con cierta reputación en XDA Developers, Dantex, y aunque como es obvio será responsabilidad de cada usuario instalar esta aplicación, se trata de una aplicación que aunque requiere tener activada la opción de instalación de aplicaciones desde fuentes desconocidas en tu teléfono Android, es segura y recomendable.
La aplicación se llama Dantex YouTube Downloader y cuenta con muchas características interesantes como la de poder descargar cualquier vídeo desde Youtube, extraer sólo el audio del vídeo, gestionar los archivos descargados, la calidad, etc.
Con la aplicación instalada, es posible descargar los vídeos tanto desde la propia aplicación, que muestras las calidades y tamaños de los vídeos o desde Youtube, ya que en la propia pestaña de “Compartir” dará una opción más Youtube Downloader que lanzará el proceso de descarga.
Para cualquier duda, existe un hijo en el foro XDA Developersdonde se puede saber mucho más acerca de esta aplicación.