La Audiencia desestima el recurso de apelación de la mujer, que no volvió al Reino Unido con el niño tras unas vacaciones y se quedó en Palencia
R. S. RICO, Palencia, Martes, 15 mayo 2018,
La Audiencia de Palencia, tras ver los autos de sustracción internacional de menores procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Palencia, ha desestimado el recurso de apelación presentado por la palentina M. S. M. F. contra la sentencia de ese juzgado que le obligaba a devolver a su hijo de 5 años (ahora 6) a Inglaterra junto a su padre.
M. S. M. F., que en su día decidió huir de ese país aduciendo una inadaptación a la vida allí, una demanda de divorcio en curso y la necesidad de prestar en España todos los cuidados del mundo al hijo en común de la pareja, con un delicado estado de salud, estudia ahora presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
M. S. M. F. residía en Palencia con su marido, C. E. G. T., de origen colombiano y cuyo negocio no iba bien, razón por la que decidió irse al Reino Unido en busca de oportunidades. El matrimonio tiene un hijo de 5 años, S. G. T., que había sido operado en Madrid 2 veces a vida o muerte y cuyo seguimiento médico se está haciendo en España.
M. S. M. F. residía en Palencia con su marido, C. E. G. T., de origen colombiano y cuyo negocio no iba bien, razón por la que decidió irse al Reino Unido en busca de oportunidades. El matrimonio tiene un hijo de 5 años, S. G. T., que había sido operado en Madrid 2 veces a vida o muerte y cuyo seguimiento médico se está haciendo en España.
M. S. M. F. convenció a su marido para que fuera él primero al Reino Unido y se asentara allí. C. E. G. T. se estableció en Bothenhampton, en el condado de Dorset (Inglaterra), y persuadió a su mujer para que fuera allí con él, aunque los problemas en la pareja (al parecer, por la hija que ella tiene fruto de una anterior relación, que C. E. G. T. no acaba de aceptar) y la inadaptación a la vida en Inglaterra hicieron que solo pasaran allí un periodo corto de tiempo, hasta que la palentina, tras sacar su marido los billetes, no regresó al Reino Unido después de un viaje a Palencia en agosto de 2017.
M. S. M. F. matriculó a su hijo en un colegio de la capital y se quedó en Palencia para ocuparse de que el seguimiento sobre el estado de salud de su hijo se hiciera en España. C. E. G. T. solicitó por su parte la custodia del niño en Inglaterra, al entender que el niño reside habitualmente en el Reino Unido y que fue «retenido injustamente» en España tras unas vacaciones concertadas en verano de este año.
El hombre de origen colombiano insistía en que la madre indicó la intención de pedir el divorcio en España y quería recurrir a los tribunales británicos competentes en materia de asuntos sociales en relación al niño.
M. S. M. F. matriculó a su hijo en un colegio de la capital y se quedó en Palencia para ocuparse de que el seguimiento sobre el estado de salud de su hijo se hiciera en España. C. E. G. T. solicitó por su parte la custodia del niño en Inglaterra, al entender que el niño reside habitualmente en el Reino Unido y que fue «retenido injustamente» en España tras unas vacaciones concertadas en verano de este año.
El hombre de origen colombiano insistía en que la madre indicó la intención de pedir el divorcio en España y quería recurrir a los tribunales británicos competentes en materia de asuntos sociales en relación al niño.
La vista preliminar tenía que haberse celebrado el 19 de septiembre de 2017 en el Registro Principal de Asuntos Familiares de la Real Corte de Justicia de Londres, pero el abogado de M. S. M. F., que 5 días antes de esa vista preliminar en Inglaterra presentó en el Juzgado Nº 7 de Palencia la solicitud de medidas provisionales previas a la demanda de divorcio, logró que el titular del juzgado palentino dictase un auto en el que consideraba que concurrían circunstancias urgentes que fundamentaban la «atribución provisionalísima» de la guarda y custodia del hijo común a la madre, como era el delicado estado de salud del hijo en común.
Pero el titular del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Palencia entendió en diciembre de 2017 que la competencia para conocer de las medidas de responsabilidad parental sobre el menor correspondían a los tribunales ingleses, como venía acordado desde septiembre de 2017, y que los tribunales españoles carecían de competencia y que la residencia del menor anterior al 23 de enero era en el Reino Unido.
El padre del menor presentó, junto con el Ministerio de Justicia y la Abogacía del Estado, un procedimiento que se tramita como sustracción internacional de menores y que giró por turno al Juzgado de Instrucción Nº 2 de Palencia, que acordó la restitución del menor a Inglaterra junto a su padre, y ahora la Audiencia de Palencia desestima el recurso de apelación presentado por M. S. M. F. al entender que no se aprecia motivo alguno para que la madre sustrajera al menor en la modalidad de no reintegro el 23 de agosto de 2017.
Pero el titular del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Palencia entendió en diciembre de 2017 que la competencia para conocer de las medidas de responsabilidad parental sobre el menor correspondían a los tribunales ingleses, como venía acordado desde septiembre de 2017, y que los tribunales españoles carecían de competencia y que la residencia del menor anterior al 23 de enero era en el Reino Unido.
El padre del menor presentó, junto con el Ministerio de Justicia y la Abogacía del Estado, un procedimiento que se tramita como sustracción internacional de menores y que giró por turno al Juzgado de Instrucción Nº 2 de Palencia, que acordó la restitución del menor a Inglaterra junto a su padre, y ahora la Audiencia de Palencia desestima el recurso de apelación presentado por M. S. M. F. al entender que no se aprecia motivo alguno para que la madre sustrajera al menor en la modalidad de no reintegro el 23 de agosto de 2017.
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