miércoles, 6 de abril de 2016

Deniegan una guarda y custodia compartida

El juzgado de familia 20 está situado en sa Gerreria.
  ..... por trabajar a turnos. 
El Supremo impide a un bombero divorciado cuidar a su hija en semanas alternas con su exmujer
El juzgado de familia 20 está situado en sa Gerreria.
06.04.2016
El Tribunal Supremo ha denegado a un padre divorciado mallorquín la guarda y custodia de su hija de corta edad por tener un trabajo con turnos y guardias de 24 horas, lo que le impediría cuidar adecuadamente a su hija. El progenitor es un bombero que trabaja para el Consell de Mallorca y sus compañeros se habían ofrecido a cambiar los turnos para que pudiera atender a su pequeña.
El mallorquín lleva 3 años luchando para poder compartir la guarda y custodia de su niña con su exmujer, de la que se divorció en 2013 tras 9 años de convivencia. El matrimonio se separó al poco de nacer la menor y el juez de familia nº 20 de Palma dispuso que hasta que la niña siguiera tomando leche materna continuara al cuidado exclusivo de su madre, con visitas de corta duración del padre en casa de aquella.
El magistrado, sin embargo, estimó que a cuando el bebé cumpliera año y medio ya podía establecerse un régimen de guardia y custodia conjunto entre los 2 excónyuges. El juez elaboró un pormenorizado calendario para regular la estancia de la pequeña en las casas de su padre y de su madre, que básicamente consistían en turnos de una semana cada uno.
La guarda y custodia compartida llegó a aplicarse durante unos meses de 2014, pero la sección IVª de la A. P. de Palma estimó un recurso de apelación de la madre y decidió, en noviembre de ese año, que la niña continuara a cargo en exclusiva de su progenitora.
El tribunal analizó la situación personal de cada uno de los excónyuges y, siempre buscando lo mejor para la niña, se inclinó por otorgar la guarda y custodia a la madre.
La progenitora reside en un pueblo de la comarca de Inca, donde también trabaja en un colegio como maestra. Tanto la Audiencia como el Supremo destacan a su favor el hecho de que haya pedido una reducción de jornada no remunerada para poder atender a su criatura.
Por el contrario, el padre vive en otra localidad próxima a Palma y trabaja en un parque de bomberos situado a unos 60 kilómetros de su casa.
El padre trabaja a turnos y hace guardias de 24 horas seguidas, tras lo cual tiene tres días descanso y dispone de horas libres que puede recuperar cuando quiera.
Sus compañeros de cuartel se han solidarizado con él y llegaron a firmar un escrito comprometiéndose a cambiarle las guardias para que pudiera hacerse cargo de la niña en sus turnos.
Mejor con su madre
El Supremo, a la hora de tomar la decisión, ha medido incluso la distancia que existe entre los pueblos de ambos padres (unos 40 kilómetros) y ha llegado a la conclusión de que la niña, de momento, estará mejor cuidada en casa de su madre.
El Supremo rechaza que la guarda y custodia compartida sea una medida excepcional, al contrario debe promoverse como una solución normal, pero siempre hay que ponderar las circunstancias y primar lo mejor para el menor afectado.
Algunos testigos, como la directora de la guardería donde acudía la niña o su pediatra alabaron los cuidados que la madre prestaba a su hija, lo que fue tenido en cuenta por la Audiencia a la hora de concederle la guarda y custodia.
La Audiencia también dispuso un amplio régimen de visitas del padre con la pequeña, algo a lo que se opuso la madre que quería que su exmarido tuviera menos contactos con la pequeña.
El Supremo no descarta que en un futuro se pueda decretar otra fórmula respecto a la menor.

martes, 5 de abril de 2016

Valencia propone ¿la equiparación de los permisos de paternidad y maternidad en los funcionarios?


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Para Alberto Ibáñez se trata de una medida de igualdad real y corresponsabilidad
actasanitaria.com/ Valencia 5 abr, 2016 - El secretario autonómico de Inclusión y de la Agencia Valenciana de la Igualdad, Alberto Ibáñez, ha anunciado que la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas ha propuesto la equiparación de los permisos de paternidad y de maternidad de los funcionarios por nacimiento y adopción, “como una medida de igualdad real y corresponsabilidad”.
Para Ibáñez esta medida mejoraría el planteamiento actual del permiso de paternidad de los funcionarios hasta las 6 semanas. Además durante su comparecencia en la comisión de Políticas de Igualdad de Género y del Colectivo LGTBI en Les Corts Valencianes, explicó que desde su Consejería se ha elevado esta petición a la Dirección General de Función Pública y a la de Presupuestos.
Durante su comparecencia también informó de un cambio de modelo de los recursos residenciales destinados a la atención integral de las mujeres víctimas de violencia machista y de sus hijos e hijas, por el que podrán estar amplía hasta un máximo de 3 años, para poder “acceder realmente a la vida autónoma independiente”. 
Por último, anunció la constitución de la Mesa por la igualdad salarial y laboral y contra la feminización de la pobreza, en la que habrá representantes de la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas y de la de Economía Sostenible, así como de sindicatos, patronal, entidades feministas y grupos parlamentarios.
Nota: se le ha olvidado las  Asociaciones de Padres y Madres divorciados con hijos menores. ¿Consciente o inconscientemente? el Olvido. 
¿Que entiende por Equiparación este sujeto? ¿Sabe lo que existe tras los Pirineos? Patético PSOE

Imputadas dos letradas por alentar una trama de denuncias falsas de violencia de género


Las abogadas investigadas, Cruz Sánchez de Lara y Yolanda Corchado - REDES SOCIALES
Hoy declaran ante el juez junto a 2 psicólogas y la mujer que interpuso a su exmarido 7 denuncias falsas. 
El titular del Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid ha citado a declarar hoy a 9 personas como investigadas (la nueva figura del imputado) por haber urdido presuntamente una trama de denuncias falsas de violencia de género. Entre los investigados están 2 conocidas abogadas especialistas en violencia de género, Cruz Sánchez de Lara, que era directora de la Asesoría Juridíca de la Federación de Mujeres Progresistas (FMP) cuando sucedieron los hechos, y su socia Yolanda Corchado. También están citadas 2 psicólogas de esta organización, Beatriz Mata y Covadonga Naredo, que fue directora del área de violencia de género de la FMP. El resto de investigados son la mujer que denunció a su expareja, Beatriz Caniego, y varios de sus familiares.
El denunciante, Jesús Muñoz, es un Policía Municipal de Madrid que fue víctima de 7 denuncias falsas de maltrato por parte de su exmujer. La sentencia por la que fue absuelto ha sido aportada al nuevo procedimiento, ya que el juez que llevó el caso apuntó hacia la «fabricación» de las denuncias que sirvieron para mantener imputado al hombre durante 6 años.
La convivencia de la pareja, que tienen un hijo en común, se rompió en enero de 2005. En mayo de 2006, Jesús Muñoz denunció a Beatriz Caniego por agresión cuando intentaba ver a su hijo en la guardería, tras 4 meses sin poder mantener contacto con él porque su madre se lo impedía. La exmujer de Muñoz contraatacó justo al día siguiente denunciándolo a él por varios presuntos delitos relacionados con el maltrato. En la sentencia que absolvió al hombre, el juez apuntó claramente hacia la posibilidad de que las denuncias de maltrato fueran falsas: «Nos encontramos ante toda una serie de indicios que pueden hacer sospechar fundadamente en la posible utilización espuria del proceso penal». 
NO habia maltrato.
El magistrado argumentó que «ha de tenerse presente que las denuncias penales se inician cuando Beatriz ya contaba con asesoramiento letrado, y ya había interpuesto una demanda paterno-filial, en la que para nada relataba situación de maltrato». Jesús Muñoz también aportó una serie de grabaciones para acreditar que el maltrato fue «inventado» para obtener ventajas por parte de su expareja. El juez sostuvo en la sentencia que «habían existido unas conversaciones de Jesús Muñoz con las letradas de Beatriz, (grabadas por Don Jesús), destinadas a lograr un mutuo acuerdo en las medidas paterno filiales, sin ninguna mención a los supuestos malos tratos, y que justo al día siguiente de que Beatriz hubiera sido a su vez denunciada, es cuando Beatriz interpone la 1ª denuncia» por maltrato.
El magistrado llegó a citar «un hecho que ha producido el más absoluto asombro del juzgador». Se refiere a que la denunciante alegó «extrema delgadez» e «intentos de suicidio» como «evidencias del maltrato sufrido». Sin embargo, el juez constató que en la demanda civil previa se decía que ese «malestar físico y psicológico» no se debía a ningún maltrato, sino a «la separación de la pareja».
ABC se ha puesto en contacto con el despacho de las letradas y con la Federación de Mujeres Progresistas para recabar su versión de los hechos, pero han declinado responder.

lunes, 4 de abril de 2016

Renta 2015: deducciones para no pagar de más a Hacienda

Vivienda, familia, donativos y planes de pensiones son las fórmulas más habituales para reducir la factura. 
Conviene no olvidar las numerosas deducciones atuonómicas.


Madrid| 04-04-2016
Las principales novedades respecto a las deducciones en el nuevo IRPF son las relativas a la situación personal y familiar: los 1.200 euros (o 100 euros anuales) por descendientes o ascendientes por discapacidad o familia numerosa. También se ha modificado la deducción por rendimientos del trabajo, ahora sustituida por una reducción en la base imponible.
Otra de las deducciones más comunes, la de los gastos en alquiler de la vivienda habitual, también ha sido suprimida, así como las aportaciones a cuentas ahorro empresa, además de modificarse las deducciones por estímulos a la inversión. 
Aquí están las casillas correspondientes en el programa PADRE.
Las deducciones más comunes son las siguientes:
  • VIVIENDA HABITUAL. La deducción estrella del panorama fiscal español solo se aplica a los pagos por compra de vivienda (es decir, hipotecas) anteriores a 2013: Hasta el 15% de los gastos, con un límite de 9.040 euros por contribuyente. También se puede deducir el dinero invertido en rehabilitación o construcción de vivienda, con el mismo límite de plazo. Más detalles aquí. Casillas 614 y siguientes.
  • EMPRESAS DE RECIENTE CREACIÓN. La suscripción de acciones de entidades de nueva creación es deducible en un 20% de las cantidades aportadas, con un límite de 50.000 euros (es decir, la deducción máxima es de 10.000 euros). Casilla 627 y siguientes.
  • ALQUILER. El beneficio fiscal para el inquilino solo está en vigor para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015, y siempre que la base imponible del contribuyente sea menor de 24.107 euros. La deducción es del 10,5% de las cantidades destinadas a pagar el alquiler. También son deducibles los gastos imputados al inquilino, como IBI o comunidad. Más información aquí. Casilla 630 y siguientes.
  • DONATIVOS. Se establece una nueva escala para las deducciones por donativos: de los donativos inferiores a 150 euros es deducible el 50%; de ahí en adelante, el 27,5%, que se eleva al 32,5% para donativos reiterados (si se ha donado dinero durante tres años seguidos a una entidad). Para ser deducibles, los donativos deben hacerse a entidades cubiertas por la ley 49/2002: ciertas fundaciones, entidades públicas (Estado, Ayuntamiento…), una Universidad, ciertos museos, federaciones deportivas, la Iglesia católica, la Cruz Roja o la ONCE. Los llamados programas prioritarios de mecenazgo (lucha contra la violencia de género, los donativos a la Agencia Española de Cooperación Internacional, ciertos programas de voluntariado o investigación, el Instituto Cervantes) el porcentaje sube cinco puntos en cada tramo de la escala.
  • Los donativos a asociaciones u ONG declaradas de utilidad pública, no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley son deducibles el 10% de los donativos. En paralelo, son deducibles el 20% de las cuotas abonadas a partidos políticos, con un máximo de 600 euros. Las deducciones por donativos no pueden superar el 10% de la base liquidable. Casillas 636 y siguientes.
  • FAMILIA. El nuevo IRPF contempla nuevas deducciones por maternidad, familia numerosa, personas a cargo con discapacidad… Más información aquí. Además muchas autonomías tienen su propia deducción por nacimiento u otras circunstancias familiares. Casillas 548 y siguientes.
  • INVERSIÓN Y ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Los contribuyentes que realicen actividades económicas y realicen determinadas inversiones se pueden beneficiar de las deducciones previstas en el impuesto de sociedades. Las actividades de investigación y desarrollo, la creación de empleo (especialmente para personas con discapacidad), la reinversión de beneficios, las inversiones en espectáculos audiovisuales o el apoyo a eventos de interés público dan derecho a deducción. Casillas 669 y siguientes. Los rendimientos de actividades económicas que se reinviertan en inmovilizado o inversiones afectas a dicha actividad tienen una reducción de entre el 2,5% y el 5%. Son deducibles también las inversiones en Canarias. Casilla 706.
El IRPF también contempla deducciones por inversiones o gastos de interés cultural, rentas obtenidas en Ceuta y Melilla e inversiones en Canarias. Casillas 640 y siguientes.
Reducciones de la cuota
  • PLANES DE PENSIONES. Las aportaciones a planes de pensiones no dan derecho a una deducción, pero sí a una reducción de la base imponible. Más información aquí. Casillas 400 y siguientes.
  • APORTACIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Las aportaciones por parte de familiares a un plan de pensiones o a un patrimonio protegido a favor de una persona con discapacidad permiten una reducción de la base imponible. El límite son 10.000 euros por contribuyente, con un límite total de 24.250 euros por beneficiario. También están sujetas a reducción las aportaciones a planes de pensiones de discapacitados. Casillas 408 y siguientes.
  • PENSIONES COMPENSATORIAS EN DIVORCIO. Se pueden reducir de la base imponible las pensiones compensatorias o de alimentos pagadas al cónyuge tras una sentencia de divorcio. Las cantidades abonadas a favor de los hijos no dan derecho a reducción. Casilla 419
DEDUCCIONES AUTONÓMICAS. Las comunidades tienen habilitadas distintas deducciones por estas categorías: Descendientes, Adopción, Familia numerosa, Familia monoparental, Maternidad, Paternidad, Discapacidad, Convivencia con ascendientes, Edad superior a 65 o 75 años, Viudedad, Trabajo dependiente, Acogimiento, Desempleo, Empleo de ayuda doméstica, Labor no remunerada en el hogar, Gastos educativos, Defensa jurídica laboral, Seguros individuales de salud, Guardería, Inversión en vivienda, Ayuda vivienda protegida, Alquiler de vivienda, Fomento del autoempleo, Donaciones, Traslado de residencia, Gestión forestal , suelo rústico, Inversión energía o agua, Inversión en nuevas sociedades o Inversión en nuevas tecnologías. Aquí está el resumen de la Agencia Tributaria sobre deducciones atuonómicas. Casilla 717 y siguientes. 
Especial IRPF 2015

Prepare sus finanzas en caso de un divorcio


5 aspectos que toda persona debe saber antes de presentar un divorcio.
Ud necesita tener una visión clara de cómo está la situación financiera suya y de su cónyuge.
Randy Mack Bishop KRT | Steve Berzner es el presidente de Collaborative Family Law Professionals of South Florida
Para muchas parejas el divorcio, o el final de una relación romántica seria, el amor termina mucho antes de que se seque la tinta en la sentencia de divorcio o de que alguien se mude a otra vivienda. Para otras, la montaña rusa emocional de una ruptura puede ser devastadora y las heridas se mantienen muy abierta después de que el caso sea cerrado.
A continuación 5 aspectos que toda persona debe saber antes de presentar un divorcio:
1. Contrate a un buen abogado: Entreviste al menos a 3 abogados especializados en divorcio antes de decidirse por 1. Seleccione un abogado que tenga por lo menos de 5 a 10 años de experiencia en derecho de familia y divorcio.
2. Tenga una idea de su situación financiera: Ud necesita tener una visión clara de cómo está la situación financiera suya y de su cónyuge. Uno de los objetivos principales del proceso de divorcio es realizar una distribución equitativa de los bienes y las deudas maritales.
Determine lo que debe, algunos bienes matrimoniales son obvios. Está claro que el domicilio conyugal, las cuentas financieras y los vehículos son activos que deben dividirse equitativamente. Otros activos no tan obvios pueden incluir obras de arte, los planes de pensiones, herencias o pertenencias adquiridas antes del matrimonio.
La deuda matrimonial se dividirá basada en quién tiene una mayor capacidad financiera para pagar la deuda, y no a nombre de quien está. La forma más sencilla de determinar la deuda es obteniendo una copia de su informe de crédito. Cualquier deuda que tiene se incluirá en el informe.
3. Recopile pruebas de los ingresos: Es necesario tener la documentación que demuestre sus ingresos y los de su cónyuge. Si ud y su cónyuge son empleados a sueldo, se necesita una copia de los talones de pago más recientes, además de su más reciente declaración de impuestos.
4. Haga un presupuesto postdivorcio: Esta es la parte divertida, el cálculo de su presupuesto post-divorcio. La parte donde determina lo que tendrá para vivir en una vez que está divorciado. Ud es consciente ahora de lo que se necesita para llevar un hogar.
Lo que ud necesita es saber cuáles serán sus gastos de manutención después del divorcio. Los ingresos de algunas personas caen drásticamente después del divorcio, por lo que es mejor estar preparado con un presupuesto ahora, en lugar de que luego lo abrumen las facturas que no pueda pagar.
5. Establezca un crédito a nombre: Si ud no tiene ningún crédito a su nombre, debe establecerlo en algún momento. Ud puede hacer esto mediante la obtención de una tarjeta de crédito. Muchas mujeres encuentran que, después del divorcio, tienen dificultades para comprar una casa o un coche, ya que han pasado años compartiendo el crédito con su cónyuge. Todo el crédito que ud ha tenido en los últimos años con su cónyuge es útil para él, pero una vez que ud es una mujer soltera, tendrá muy poco crédito para mantener los pagos.

Andalucia: Vuelve el fracaso de la ley de violencia sobre la mujer

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Mujeres asesinadas por violencia de género. 

JAVIER GUSTAVO FERNÁNDEZ|3 abril 2016 

En nuestro país anualmente son asesinadas por sus parejas o exparejas entre 65 y 75 mujeres. Resulta sorprendente cómo dichas cifras permanecen casi invariables desde hace 15 años, periodo en el que, según datos oficiales, casi 1.000 mujeres han perdido su vida por este motivo. ¿Y por qué? ¿Por qué no conseguimos reducir esa cifra? Voy a destacar 4 razones.

En 1º lugar, el sistema de protección a las mujeres en situación de riesgo se basa en un presupuesto que se ha demostrado falso según el cual todos los maltratadores, incluidos los que están dispuestos a matar (e incluso a veces a morir) cambiarán su comportamiento y omitiran el delito, si la pena con la que se les amenaza es lo suficientemente grave e intimidatoria.  
En 2º lugar, el sistema de protección no identifica bien ni los factores ni las situaciones de riesgo; se sustenta en inercias y procedimientos que se han demostrado escasa- mente eficaces y, pese a ello, apenas han evolucionado. 
3º, la protección de la integridad física de la mujer en riesgo se hace depender, de manera inflexible, de la previa presentación de una denuncia de maltrato. 
Finalmente, en 4º lugar, el sistema no analiza convenientemente cada feminicidio, no procesa sus errores y por lo tanto no aprende de ellos.

En efecto, nuestro modelo preventivo frente a la violencia de género (incluido el asesinato de la mujer) se sustenta en gran medida sobre la amenaza penal. Parte ingenuamente de la idea de que el potencial feminicida es un delincuente más, que responde a parámetros normales de motivación. Sin embargo, a raíz del análisis y tratamiento estadístico de centenares de datos obtenidos durante los últimos 15 años, puedo afirmar que esto no es así. En los supuestos más graves en los que la mujer está sometida a un muy elevado riesgo de sufrir una agresión mortal, las medidas penales y procesales (básicamente la prisión y el alejamiento y control del agresor) revisten escasa utilidad. Nos encontramos ante un sujeto cuyo comportamiento no está condicionado en absoluto por la pena con la que se le conmina. Lo visualizamos con toda su crudeza cuando comprobamos cómo casi un tercio (28,9%) de los feminicidas se suicidan o lo intentan después de matar a su pareja, tras una planificación conjunta de ambos actos (H/S) y cómo la inmensa mayoría de los restantes, se entregan a las autoridades policiales, sin enfrentarse mínimamente al sistema.

Hoy sabemos que la denuncia (de maltrato) y la separación (del agresor) o su mero anuncio, ya sean juntas o por separado, son las dos formas de cuestionamiento radical del dominio del varón sobre la mujer y, como tales, los factores más relevantes de riesgo de feminicidio. La constatación de que el tipo de relación de dominio, sobre la que el varón ha construido su propia existencia, llega a su fin, produce en éste una descompensación extrema que en ocasiones termina con el asesinato de la mujer.

Si atendemos a la información analizada, consta que nada menos que el 34,4% de los feminicidios se habrían producido mientras la víctima se encontraba en trámites de separación o divorcio, siendo ésta la variable que más veces se repite. En realidad, ese porcentaje es bastante superior, al existir muchos supuestos no cuantificados. La decisión de separación, que no va acompañada de denuncia, no pone en marcha ninguna fórmula de protección física de la mujer. Nuestro modelo constitucional impide tomar medidas restrictivas de derechos sobre el potencial agresor, pero no existen limitaciones que nos impidan proteger a la víctima.

De todos los feminicidios de género causados en la última década sólo en un 15,7% de los casos la víctima había denunciado previamente al varón, pese a que el asesinato no habrá sido el 1º acto violento. El ejercicio de posiciones de dominio y control prolongadas en el tiempo provoca en la víctima la desactivación progresiva e intensiva de sus capacidades para hacer frente al estado de agresión y es que la situación de una mujer sometida a este proceso difiere poco de la de los prisioneros de guerra o de las víctimas de secuestros de larga duración.

En ese 15,7% de los feminicidios en los que sí existía una denuncia el sistema no fue capaz de evitar la muerte violenta de la mujer, porque el actual sistema de valoración del riesgo tampoco ha sido capaz de discriminar los casos de riesgo extremo de los demás, lo que impide asignar adecuadamente los medios de protección física. Pero no olvidemos que en el 85,3% de los casos no se presentó denuncia y que si seguimos haciendo depender el sistema de protección física a la mujer de la presentación de denuncia seguiremos abocados al fracaso.

domingo, 3 de abril de 2016

“Que mueran más de 10 personas al día por suicidio en España es aterrador”

Jerónimo Saiz.
El suicidio se mantiene como la 1ª causa de muerte externa con 3.910 fallecimientos en 2014, según los últimos datos de defunciones del Instituto Nacional de Estadística (INE). Una cifra que como indica el vocal de la Sociedad Española de Psiquiatría y patrono de la Fundación Española de Psiquiatría y Salud Mental, Jerónimo Saiz, “es aterrador”, y supone un hecho de enorme trascendencia desde el punto de vista de la salud pública. 
MARTA GÓMEZ | Madrid - 03-04-2016 |
En el año 2014 se produjeron 14.903 fallecimientos por causas externas (9.388 de hombres y 5.515 de mujeres), con un incremento del 1,5% respecto al año anterior, y el suicidio se mantuvo como la 1ª causa de muerte externa (con 3.910 fallecimientos). Ante estas cifras, el vocal de la Sociedad Española de Psiquiatría, Jerónimo Saiz, insiste en la necesidad urgente de llevar a cabo un Plan de prevención del suicidio en nuestro país.
¿Qué valoración hace de los últimos datos ofrecidos por el INE?
Llama la atención como cada fin de semana se dice que mueren, por ejemplo, 2 o 3 personas en la carretera y, en ese mismo tiempo, han muerto 30 por suicidio
El dato es aterrador, que mueran más de 10 personas al día por suicidio en España supone un hecho de una trascendencia enorme desde el punto de vista de la salud pública. Se trata de una realidad oculta; hay un estigma y no se toman las medidas necesarias. Habría que hacer un plan de prevención con una serie de medios, con unas expectativas y objetivos, y yo creo que lo estamos verdaderamente necesitando.
¿Cómo debería ser dicho Plan?
Hay muchas iniciativas que ya se están llevando a cabo en muchos países. En 1º lugar, hay que ver qué porcentaje de las personas que mueren por suicidio tienen problemas psiquiátricos y, en ese sentido, tratarlas precozmente y detectarlo. El problema más común es la depresión, pero hay también otros como el consumo de alcohol, la esquizofrenia, los trastornos de la personalidad... Tenemos una red pública de asistencia y debemos tomar medidas de prevención y fortalecimiento de la capacidad de detección en la población general, en los médicos de Primaria y en la Especializada.
¿Es fundamental, por tanto, que estén involucrados todos los niveles asistenciales?
La detección empieza en la familia, en la escuela, en el trabajo, en la calle, etcétera. Es importante realizar campañas de sensibilización dirigidas a población de riesgo. En Madrid, por ejemplo, hay en marcha una campaña para personas que acuden a urgencias con conducta suicida. 

Consiste en una atención rápida y de seguimiento de su evolución. 
Está especialmente dirigida a personas con riesgo después de una tentativa de suicidio.
Como problema de salud pública, ¿qué opina de que el suicidio se siga viendo como un tabú, dadas las “teorías” que consideran que hablar de ello puede provocar un contagio de la conducta?
Es una debate que lleva años. Que hablar de suicidio de manera pública pueda llevar a reproducir la conducta se ha dicho sobre todo en el ámbito adolescente, e incluso en códigos de medios de comunicación y libros de estilo. Yo creo que lo que hay que hacer es respetar el dolor pero también creo que ocultarlo no es bueno. Se debe conocer la trascendencia de este problema, que tiene prevención, y que es un tema de salud. De hecho, uno de los motivos por los que la familia de los afectados sufre es por la especie de silencio y de ocultación, de sensación de culpabilidad, cuando realmente esta última no tiene fundamento ni sentido.
Como experto, ¿considera que hay una relación directa entre el aumento de suicidios y la crisis económica?
Sobre este tema hay mucha tinta que ha corrido ya. Es muy difícil atribuir a un sólo factor un aumento claro de las cifras de suicidio. Hay datos de todo tipo. Así, en los 1ºs años de las crisis hubo un aumento de muertes por suicidio (2008 y 2009), pero no se mantuvo en 2011 y 20012. 

Luego en 2014 hubo un incremento pero fue artificial por un cambio metodológico.
Lo cierto es que esto mismo se ha estudiado en otros países y en otras crisis económicas, y no hay correlación exacta. Puede haber factores como el desempleo, los desahucios, etcétera, que evidentemente no son buenos, y que, a su vez, pueden generar otros problemas como no llegar al tratamiento necesario, ocultar la enfermedad… Por ejemplo, las bajas por depresión han disminuido en tiempo de crisis. La gente lo oculta por temor a perder el trabajo por esta causa. 
También hay un aumento del consumo de alcohol… 
Pero es difícil hablar de un único factor, se suman otros muchos.
Se repite la tendencia: más muertes por suicidio en hombres que en mujeres, ¿por qué?
Siempre ha sido así. No obstante, es un fenómeno paradójico, ya que las personas que lo intentan son mayoritariamente mujeres, pero no lo consiguen. Hay un patrón diferente; en el caso de la mujer, parece más una llamada de auxilio. Mientras tanto, en los consumados hay una conducta más agresiva. No muchas veces impulsiva, porque los suicidios suelen ser planificados. El predominio del sexo masculino es muy predominante.