Mujeres asesinadas por
violencia de género.
JAVIER GUSTAVO FERNÁNDEZ|3 abril
2016
En nuestro país anualmente son asesinadas por sus parejas
o exparejas entre 65 y 75 mujeres. Resulta sorprendente cómo dichas cifras
permanecen casi invariables desde hace 15 años, periodo en el que, según datos
oficiales, casi 1.000 mujeres han perdido su vida por este motivo. ¿Y por qué?
¿Por qué no conseguimos reducir esa cifra? Voy a destacar 4 razones.
En 1º lugar, el sistema de protección a las mujeres
en situación de riesgo se basa en un presupuesto que se ha demostrado falso
según el cual todos los maltratadores, incluidos los que están dispuestos a
matar (e incluso a veces a morir) cambiarán su comportamiento y omitiran el
delito, si la pena con la que se les amenaza es lo suficientemente grave e
intimidatoria.
En 2º lugar, el sistema de protección no identifica bien ni
los factores ni las situaciones de riesgo; se sustenta en inercias y
procedimientos que se han demostrado escasa- mente eficaces y, pese a ello,
apenas han evolucionado.
3º, la protección de la integridad física de la
mujer en riesgo se hace depender, de manera inflexible, de la previa presentación
de una denuncia de maltrato.
Finalmente, en 4º lugar, el sistema no analiza
convenientemente cada feminicidio, no procesa sus errores y por lo tanto no
aprende de ellos.
En efecto, nuestro modelo preventivo frente a la
violencia de género (incluido el asesinato de la mujer) se sustenta en gran
medida sobre la amenaza penal. Parte ingenuamente de la idea de que el
potencial feminicida es un delincuente más, que responde a parámetros normales
de motivación. Sin embargo, a raíz del análisis y tratamiento estadístico de
centenares de datos obtenidos durante los últimos 15 años, puedo afirmar que
esto no es así. En los supuestos más graves en los que la mujer está sometida a
un muy elevado riesgo de sufrir una agresión mortal, las medidas penales y
procesales (básicamente la prisión y el alejamiento y control del agresor)
revisten escasa utilidad. Nos encontramos ante un sujeto cuyo comportamiento no
está condicionado en absoluto por la pena con la que se le conmina. Lo
visualizamos con toda su crudeza cuando comprobamos cómo casi un tercio (28,9%)
de los feminicidas se suicidan o lo intentan después de matar a su pareja, tras
una planificación conjunta de ambos actos (H/S) y cómo la inmensa mayoría de
los restantes, se entregan a las autoridades policiales, sin enfrentarse
mínimamente al sistema.
Hoy sabemos que la denuncia (de maltrato) y la separación
(del agresor) o su mero anuncio, ya sean juntas o por separado, son las dos
formas de cuestionamiento radical del dominio del varón sobre la mujer y, como
tales, los factores más relevantes de riesgo de feminicidio. La constatación de
que el tipo de relación de dominio, sobre la que el varón ha construido su
propia existencia, llega a su fin, produce en éste una descompensación extrema
que en ocasiones termina con el asesinato de la mujer.
Si atendemos a la información analizada, consta que nada
menos que el 34,4% de los feminicidios se habrían producido mientras la víctima
se encontraba en trámites de separación o divorcio, siendo ésta la variable que
más veces se repite. En realidad, ese porcentaje es bastante superior, al
existir muchos supuestos no cuantificados. La decisión de separación, que no va
acompañada de denuncia, no pone en marcha ninguna fórmula de protección física
de la mujer. Nuestro modelo constitucional impide tomar medidas restrictivas de
derechos sobre el potencial agresor, pero no existen limitaciones que nos
impidan proteger a la víctima.
De todos los feminicidios de género causados en la última
década sólo en un 15,7% de los casos la víctima había denunciado previamente al
varón, pese a que el asesinato no habrá sido el 1º acto violento. El
ejercicio de posiciones de dominio y control prolongadas en el tiempo provoca
en la víctima la desactivación progresiva e intensiva de sus capacidades para
hacer frente al estado de agresión y es que la situación de una mujer sometida
a este proceso difiere poco de la de los prisioneros de guerra o de las
víctimas de secuestros de larga duración.
En ese 15,7% de los feminicidios en los que sí existía
una denuncia el sistema no fue capaz de evitar la muerte violenta de la mujer,
porque el actual sistema de valoración del riesgo tampoco ha sido capaz de
discriminar los casos de riesgo extremo de los demás, lo que impide asignar
adecuadamente los medios de protección física. Pero no olvidemos que en el
85,3% de los casos no se presentó denuncia y que si seguimos haciendo depender
el sistema de protección física a la mujer de la presentación de denuncia
seguiremos abocados al fracaso.
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