10 puntos del borrador para establecer nuevas guias de pensión alimentaria.
ASUME somete nuevas guías de pensión alimentaria al Departamento de Estado.
MICROJURIS PR, Puerto Rico, 16 febrero 2024
El documento tiene la finalidad de establecer el procedimiento para calcular las pensiones alimentarias destinadas a los menores y atemperar la cuantía al costo de vida de los padres custodios y no custodio de acuerdo a sus ingresos.
La Administración para el Sustento de Menores (ASUME), adscrita al Departamento de la Familia, presentaron ante el Departamento de Estado el Reglamento «Guías mandatorias para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico» con el fin de que sean aprobadas.
Descarga el documento aquí
De acuerdo a la Ley de ASUME cada 4 años las tablas de las guías deben ser revisadas, pero esto no sucedía desde el 2014.
La creación del documento fue en colaboración de expertos en derecho familiar y bienestar infantil con el objetivo de garantizar una base sólida y equitativa «para el cálculo de las pensiones alimentarias.
En Puerto Rico, la obligación de proveer alimentos entre parientes se extiende más allá de las personas progenitoras, padres y madres, a sus hijos e hijas.
Esta obligación también existe entre cónyuges, hermanos, hermanas, abuelos, abuelas, nietos, nietas, entre otros u otras familiares.
En el caso de las personas menores de edad, el derecho a reclamar alimentos es de alto interés público y tiene como fundamento el derecho a la vida, protegido por la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
El Comité permanente para la revisión de las Guías Mandatorias está compuesto por el Poder Judicial, ASUME, representación del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), un ciudadano no custodio, un ciudadano custodio, representante del Colegio de Trabajadores Sociales, y la socióloga Dra. Lina Torres.
La firma Estudios Técnicos, por su parte, estuvo a cargo de la creación de la fórmula para el análisis social y económico.
MICROJURIS PR, Puerto Rico, 16 febrero 2024
El documento tiene la finalidad de establecer el procedimiento para calcular las pensiones alimentarias destinadas a los menores y atemperar la cuantía al costo de vida de los padres custodios y no custodio de acuerdo a sus ingresos.
La Administración para el Sustento de Menores (ASUME), adscrita al Departamento de la Familia, presentaron ante el Departamento de Estado el Reglamento «Guías mandatorias para computar las pensiones alimentarias en Puerto Rico» con el fin de que sean aprobadas.
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De acuerdo a la Ley de ASUME cada 4 años las tablas de las guías deben ser revisadas, pero esto no sucedía desde el 2014.
La creación del documento fue en colaboración de expertos en derecho familiar y bienestar infantil con el objetivo de garantizar una base sólida y equitativa «para el cálculo de las pensiones alimentarias.
En Puerto Rico, la obligación de proveer alimentos entre parientes se extiende más allá de las personas progenitoras, padres y madres, a sus hijos e hijas.
Esta obligación también existe entre cónyuges, hermanos, hermanas, abuelos, abuelas, nietos, nietas, entre otros u otras familiares.
En el caso de las personas menores de edad, el derecho a reclamar alimentos es de alto interés público y tiene como fundamento el derecho a la vida, protegido por la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
El Comité permanente para la revisión de las Guías Mandatorias está compuesto por el Poder Judicial, ASUME, representación del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), un ciudadano no custodio, un ciudadano custodio, representante del Colegio de Trabajadores Sociales, y la socióloga Dra. Lina Torres.
La firma Estudios Técnicos, por su parte, estuvo a cargo de la creación de la fórmula para el análisis social y económico.
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