Iustel, 03/01/2024
Se revoca la sentencia que declaró la extinción de la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad del demandante -por ser independientes económicamente-, con devolución de las pensiones indebidamente percibidas.
Afirma la Sala que en el presente caso no procede la devolución de los alimentos consumidos, aunque la obligación de prestarlos hubiera sido extinguida. Los hijos continuaron conviviendo con la madre, que se hizo cargo de su manutención, estando en presencia de alimentos consumidos por los hijos mayores de edad.
La madre no hizo propia la prestación alimenticia, sino que la empleó para satisfacer las necesidades de los hijos. Cuando se presentó la demanda la situación laboral de los hijos no se encontraba consolidada, por lo que en ese momento eran acreedores de la prestación a cargo del padre; fue durante el proceso cuando se determinó la concurrencia de motivos para la extinción de los alimentos que fueron consumidos por los hijos, no procediendo la retroactividad de la pensión alimenticia, ni por tanto su devolución.
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
Sentencia 1072/2023, de 03 de julio de 2023
RECURSO DE CASACIÓN Núm: 3309/2022
Ponente Excmo. Sr. JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
Sentencia 1072/2023, de 03 de julio de 2023
RECURSO DE CASACIÓN Núm: 3309/2022
Ponente Excmo. Sr. JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
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