Z. M. se divorció en mayo de 2015 y tiene dudas sobre cómo
hacer la declaración de la renta. Su ex mujer y él tienen la custodia
compartida de sus 3 hijos y él le pasa una pensión compensatoria.
Desea saber si se puede desgravar en su declaración de la renta por
estos conceptos y cómo. Antonio Paredes, experto tributario Gestha, le responde respecto a la pensión compensatoria a la ex cónyuge, su importe será objeto de reducción de la base imponible, debiendo ser declarado por ella como rendimiento del trabajo. Por otra parte, los hijos dan derecho al mínimo por descendientes, atribuyéndose a cada progenitor por mitad.
Además, existirá la posibilidad de presentar una declaración conjunta con los hijos. No obstante, solo podrá presentar la declaración conjunta uno de los progenitores con los 3 hijos, por lo que deberán ponerse de acuerdo, a efectos de decidir quién la presentará conjunta.
Nota: Tambien te puedes desgrabar por el pago de una pensión de alimentos por sentencia judicial.
Además, existirá la posibilidad de presentar una declaración conjunta con los hijos. No obstante, solo podrá presentar la declaración conjunta uno de los progenitores con los 3 hijos, por lo que deberán ponerse de acuerdo, a efectos de decidir quién la presentará conjunta.
Nota: Tambien te puedes desgrabar por el pago de una pensión de alimentos por sentencia judicial.
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