domingo, 3 de noviembre de 2013

¿ Cuándo y por qué ? hacer capitulaciones matrimoniales


03.Noviembre.2013/Madrid
¿En qué consisten las capitulaciones matrimoniales? 
¿Qué diferencias hay entre los regímenes jurídicos de separación de bienes y bienes gananciales? 
¿Cuándo se pueden realizar capitulaciones o qué son los bienes privativos? 
Este folleto da respuesta a estas y otras preguntas sobre el tema.
Las capitulaciones matrimoniales se pueden efectuar antes o después de contraer matrimonio, el único requisito es que los 2 cónyuges estén de acuerdo y que acudan a un notario que les asesore, redacte y autorice la escritura pública, que deberá inscribirse en el Registro Civil.

No hay comentarios: