lunes, 10 de junio de 2013

Sustracción internacional de los menores en los procesos de divorcio

¿Los niños como arma?

Adolfo Alonso, Abogado de Familia. 

- Pese a que se trata de un nº considerable de casos, ¿indican las cifras que la sustracción interparental se ha estabilizado?
–En mi opinión, hay más casos. Bien porque hay padres y madres que no acuden al Ministerio, bien porque los países donde permanecen sus hijos no han firmado el Convenio de La Haya. Creo que no están todos los que son. 
Justicia recoge los casos de sustracción ya consumados. Sin embargo, también es importante analizar los casos previos a la sustracción. Aunque la estadística de 2012 sea parecida respecto a la del año anterior, no considero que el fenómeno esté estancado. 
Más bien, han mejorado los mecanismos de protección. Pero no están contabilizando todos los casos. Continúa produciéndose un incremento, de forma más atenuada debido a las medidas de prevención.
- ¿Estamos ante casos en los que se pretende dañar a la ex pareja a través de los hijos?
–En todo caso, a quien se hace daño de verdad es a los hijos, que se convierten en un mero instrumento para dañar al otro progenitor.
- ¿Puede tener alguna incidencia la custodia compartida a la hora de reducir estas situaciones?
–Sería necesario añadir en el Código Penal más aspectos de los que recoge en la actualidad. Habría que modificar el art. 225 bis, que se ha quedado pequeño para lo que es el fenómeno de la sustracción interparental. 
La cuestión no está tanto en la custodia compartida, sino en una patria potestad conjunta: debe desaparecer el «derecho de visitas», pues mientras que un padre esté con su hijo, debe custodiarlo. Hay que empezar a pensar de otra manera. 
En el contexto actual, podemos decir que la guardia y la custodia compartida vendrá bien.

 

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