La Comunidad
Autónoma Catalana sigue en la línea iniciada con la Ley de Parejas de
Hecho y aprueba una ley protectora de otras formas de convivencia fuera
de la estrictamente familiar.
El pasado 10 de febrero apareció publicada en el BOE la Ley 19/1998, de 28 de
diciembre, de Uniones Convi venciales de Ayuda Mutua, de la Comu nidad Autónoma Catalana.
Esta Ley proporciona ciertos instrumentos de protección para las personas convivientes
sin relación afectiva ni familiar, tales como el derecho a la subrogación en los
arrendamientos de vivienda, o derecho a percibir compensaciones económicas al
fallecimiento de uno de los convivientes.
La importancia de las disposiciones de esta Ley, hace adecuado su tratamiento en esta sede
a pesar de su alcance territorial limitado, además de proporcionar una idea de por donde
pueden ir las tendencias legislativas futuras en la regulación de las diversas formas
convivenciales a nivel estatal.
El documento completo aquí
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