domingo, 12 de abril de 2009

La 1ª ley que establece la Custodia Compartida en los divorcios en España

http://www.lasprovincias.es/valencia/20090412/alicante/consell-prepara-primera-espana-20090412.html
El Consell prepara la primera ley de España que establecerá la custodia compartida en divorcios
La norma autonómica incluye la figura de un mediador que regulará la relación entre padres e hijos

HÉCTOR ESTEBAN. ALICANTE.12.04.09
Lucía y Alejandro, de 11 y 8 años, respectivamente, viven con su madre desde hace tres. Sus progenitores se divorciaron y el padre, Ramón, tuvo que irse del hogar familiar.
Los 2 hermanos sólo ven a su padre un fin de semana de cada 2 y la mitad de las vacaciones escolares.
Un régimen de visitas que para Ramón, que cumple escrupulosamente con el convenio regulador, es insuficiente.
Esta es la situación que padecen miles y miles de padres y madres valencianos que en su día decidieron romper su matrimonio.

Ahora la situación puede cambiar para que la relación de los hijos con sus progenitores sea mucho más equilibrada en caso de divorcio.
Por eso, tras la Ley de Régimen Económico Matrimonial y el anteproyecto de la ley de sucesiones, la conselleria de Gobernación ya está trabajando en la elaboración de una norma sobre la custodia compartida.

Sería la primera ley que habría en España de estas características.
El área que dirige Serafín Castellano ya se ha puesto en contacto con asociaciones afectadas para recabar información para poder gestar la futura norma.
Un nuevo texto revolucionario que sitúa a la Comunitat como la más avanzada en la regulación de estas materias.
De esta manera, el Estatuto valenciano permitirá dar un vuelco total a temas como las herencias, los divorcios y el régimen económico matrimonial.

En la actualidad, las parejas valencianas que ponen fin a su matrimonio se rigen por la Ley del Divorcio. Una norma que otorga la patria potestad a los 2 padres pero que en realidad es el progenitor custodio -en la inmensa mayoría, la madre- el beneficiado.
"La patria potestad es compartida pero en realidad es como un papel mojado ya que el custodio es el que decide. Hay discriminación por sexos", señaló ayer David Ferrer, presidente de la plataforma Custodia Compartida Ya.

Con la custodia compartida por ley no habrá un progenitor que sea declarado custodio exclusivo de sus hijos.
En la ley que prevé la conselleria de Gobernación, que todavía está en fase preliminar, se contempla la figura del mediador.
Este sería un profesional -un psicólogo, por ejemplo- que trataría con los padres la manera de establecer la mejor custodia posible de los hijos.
El informe que realizará este mediador de la situación familiar será de carácter vinculante a la hora de que un juez tenga que establecer el convenio regulador y el régimen de visitas para los padres.

El proyecto de la custodia compartida es una de las promesas electorales del PP valenciano y que se puede desarrollar gracias al nuevo Estatuto de Autonomía.
A pesar de todo, Castellano es consciente de que se producirán fricciones con el Gobierno, aunque el conseller defenderá la capacidad normativa de la Generalitat.

Pero uno de los objetivos del Gobierno valenciano es adecuar al máximo la legislación valenciana la realidad social que se palpa en la calle.
Ley de Régimen Económico Matrimonial es un claro ejemplo.
Castellano adelantó ayer algunos datos que demuestran lo acertado de la medida.
Según las estadísticas recabadas de los distintos colegios profesionales y del registro, desde el 16 de septiembre de 2008 al 15 de febrero de 2009, sólo han realizado capitulaciones para no regirse por la separación de bienes el 2,9% de la población.
Antes, cuando la situación era a la inversa -regían los gananciales- el 75% se los matrimonios acudían al notario a capitular.

Si en un futuro se aprueba la ley de custodia compartida, otros hermanos en la misma situación que Lucía y Alejandro, tendrán una nueva oportunidad de cara a la relación con sus padres.
Ya no habrá un progenitor custodio.
A partir de ese momento, los 2 la tendrán al 50%.
Y sus hijos podrán dormir 2 días en casa de su madre y, los 2 siguientes, en la de su padre que, por ejemplo, podría ir todas las tardes a recogerlos al colegio.

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