CARTA A LOS JUECES QUE HAN CONCEDIDO LA CUSTODIA COMPARTIDA
on Marzo 11th, 2009
Muy señor mío:
Agradecemos en gran manera su actitud pionera al plantear, aunque sólo sea en las medidas provisionales, la custodia compartida a partir del ordenamiento jurídico actual.
Como padres separados sabemos que esto es posible desde ya y que sólo una actitud ciertamente pusilánime en la judicatura española está haciendo que se opte por la custodia monoparental frente a la custodia compartida con todas las consecuencias negativas para los hijos y la sociedad en general que acarrea esta actitud.
Ciertamente la custodia compartida, a nuestro entender, es la única forma justa de proceder tanto en la separación matrimonial como en el divorcio y evitar sentencias aberrantes cuando no contradictorias e injustas.
Efectivamente, la custodia monoparental provoca, en los hijos, una privación del derecho fundamental a tener padre y madre en igualdad de condiciones, derecho recogido explícitamente en la Carta de los Derechos Humanos promulgada por la ONU. La custodia compartida lo hace efectivo.
La custodia monoparental se basa en una confusión terminológica y jurídica, entre matrimonio y familia, de graves consecuencias sociales ya que hace que se separe lo que hay que salvaguardar (familia) mientras se mantiene lo que se pretende disolver (matrimonio).
La custodia monoparental criminaliza al exconyuge al que se le priva de la custodia de sus hijos ya que de lo contrario no se le podría privar de un derecho tal, ni de las funciones básicas que conlleva.
La custodia monoparental se convierte en la práctica en un monumental atentado contra el espíritu de cualquier Constitución moderna y en concreto contra la Constitución Española al decidir tener que dar la custodia casi en la totalidad de los casos a la madre.
La custodia monoparental coloca los derechos del cónyuge custodio por encima del derecho de los hijos, pervirtiendo así el espíritu de la misma ley del divorcio. La custodia compartida coloca el derecho de todos en el mismo plano y en este sentido, aunque finalice el matrimonio, salva las relaciones personales de los padres con los hijos.
La custodia monoparental, al obligar a pagar una pensión alimenticia a través de una persona (a la que ya no le une el vínculo matrimonial), provoca un conflicto fundamental en el progenitor no custodio, un problema de conciencia, al tener que aceptar la enajenación de una función básica y natural que está por encima de todo derecho: la alimentación directa y el cuidado y protección de su prole.
Es sabido que con esta medida, se crea un problema psicológico de primer orden, llamado por los expertos “síndrome de alienación parental”, consistente en la dificultad cuando no imposibilidad de mantener una relación filial normal y sana entre padre no custodio y descendencia, al ser éste privado de las funciones básicas de alimentar y proteger directamente sobre las cuales se construye el vínculo afectivo.
La conculcación de este derecho además de tener graves consecuencias en el mantenimiento de la relación afectiva y personal de los hijos con los padres no custodios , provocan desajustes psicológicos en los menores sobradamente recogidos en la literatura y estadística psicológica infantil.
La custodia monoparental es la antítesis del propio divorcio. Alarga el vínculo matrimonial (mater-moneo) bajo una nueva fórmula: el matrimonio de servidumbre, al conculcar el derecho a seguir conviviendo con los hijos por igual y no obstante seguir obligándolo a pasar una pensión. Un pago semejante sin el derecho correspondiente sólo puede basarse en un régimen esclavista de la persona.
Además el tipo de custodia monoparental que se aplica en España pervierte, a nuestro entender el derecho sucesorio al aceptar que los bienes que pertenecerían a los hijos puedan ser sustraídos por el excónyuge custodio.
Sabemos, por diferentes estudios que corroboran los datos estadísticos, que con la custodia monoparental los hijos se sitúan en niveles de desprotección mucho mayores que cuando existe la custodia compartida, y los niños son víctimas en mayor medida de la violencia doméstica.
La custodia monoparental con su corolario de pérdida del derecho de los hijos a seguir viviendo con uno y otro padre en igualdad de condiciones supone un juicio no sólo injusto sino ilegitimo, ya que en realidad no existe “delito” alguno por el que se pueda “juzgar” y privar a nadie de un tal derecho.
Los supuestos “culpables ” son en primer lugar los hijos y en segundo lugar el padre no custodio.
Además, de la manera concreta en que se procede en los juzgados de familia en España, la actuación de los gabinetes psicosociales se convierten en ” un juicio previo” sin garantía procesal alguna, por el que estos aportan pseudoteorías psicológicas, obsoletas desde el punto de vista científico, y aquellos obtienen el contenido para sus sentencias que no pueden apoyar claramente en derecho.
Es por todo ello que no podemos sino mostrarle nuestra gratitud, en nuestro nombre y en el de nuestros hijos e hijas.
Sabemos que su actitud, contra corriente, al margen de presiones fácticas, le honra.
Hace muchos años que esperábamos esto de la justicia, por eso queremos ahora hacer un reconocimiento a la lucidez, a la generosidad y a la valentía de todos aquellos jueces que simplemente siendo ecuánimes mueven la sociedad día a día.
Por todo ello, simplemente. Gracias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario