lunes, 15 de diciembre de 2008

Quién paga la hipoteca tras una separación.

http://www.consumer.es/web/es/vivienda/compra/2008/12/10/182009.php
Quién paga la hipoteca tras una separación
Conviene sopesar diversas fórmulas para deshacerse de la deuda común con el menor coste posible.
Autor: Por BLANCA LÓPEZ
10 de diciembre de 2008

En el contexto económico actual no son pocas las parejas que deciden congelar su proceso de ruptura o separación debido a su incapacidad para hacer frente a los gastos que pueda generar un divorcio.
No obstante, quienes deciden romper su relación a pesar de la crisis se enfrentan a uno de los problemas más graves: qué hacer con la casa y la hipoteca común.

Los expertos recomiendan sopesar diversas fórmulas y olvidar las diferencias irreconciliables que propiciaron la ruptura para poder conseguir un acuerdo común que dé una salida ventajosa para los 2 miembros de la pareja.

Vender la propiedad.
La opción más aconsejable hasta hace poco más de un año era la puesta en venta de la propiedad que compartiera la pareja hasta el momento de su ruptura, suponiendo que tanto la vivienda familiar como su hipoteca fueran propiedad compartida de los 2 miembros.
Con esta solución, los afectados ponen en venta la vivienda compartida y dividen en partes iguales el total de las ganancias conseguidas; esto permite a los interesados tomar caminos diferentes, dejando atrás cualquier huella de vida en común, sin restos de propiedad ni deuda compartida.

Hasta hace poco más de un año la opción más recomendada era la venta del inmueble
Al venderse la vivienda, la hipoteca que pesa sobre ella varía al pasar a una tercera persona, siempre previo estudio y conformidad del banco o caja implicado.
Si la venta de la vivienda resulta beneficiosa, puede que una de las dos partes inicie el proceso de compra de una nueva vivienda.
El problema actual radica en la caída del mercado inmobiliario: hoy vender una propiedad inmobiliaria a un buen precio (o al menos realizar una transacción en la que no se pierda la cuantía invertida) se convierte en una operación muy complicada, por lo que las parejas que deseen finalizar su convivencia y deshacerse de una hipoteca común deben buscar otras vías.

Uno compra su parte al otro.
Una de estas vías es la posibilidad de que uno de los 2 miembros decida comprar o vender la parte proporcional de su vivienda a su ex pareja.
Para ello deben dejar atrás diferencias, y ser justos; el que vende su parte espera que se le compense, y se le abone una cantidad que responda al valor de la vivienda a precio de mercado. La situación actual es muy compleja, y lo cierto es que la entidad financiera implicada en la hipoteca trata por todos los medios de convencer al cliente para que acepte rebajar el total del precio de venta del inmueble.
El motivo es que esta solución es la opción más práctica para que el cliente consiga alguna liquidez, aunque sea menor a la esperada, recuperando así la posibilidad de deshacerse de la vivienda compartida con su ex pareja, además de permitirle conseguir una garantía que le permita comenzar de nuevo.

En este supuesto, si ambos miembros consiguen alcanzar un acuerdo, uno de los 2 asumiría el total de la hipoteca, generalmente el que goza de mayor capacidad para generar ingresos.
A partir de ese momento puede optar por diferentes opciones para hacer frente a su deuda:
1.- Cancelación de la primera hipoteca, negociando una nueva en exclusividad: lo más habitual es que en estos casos el interesado acuda a una nueva entidad financiera, que iniciará un estudio para estudiar la nueva situación antes de conceder su conformidad. El banco exige una ampliación en las garantías solicitadas, la presentación de nuevos avales o que figure como titular de la hipoteca un familiar del interesado, una persona que pueda sustituir al ex cónyuge y supla así la ausencia de garantías, según señala Prieto.

2.- La subrogación permite al nuevo titular beneficiarse de las condiciones en que se firmó la hipoteca anterior, y abarata gastos notariales e impuestos. Un único titular se subroga a la parte del otro.
En ocasiones este único titular se subroga a la parte del otro; es decir, que uno de los 2 miembros de la pareja se queda con la hipoteca y la asume como propia cambiando su titularidad.
A todos los efectos, a partir de ese momento la hipoteca pasa a ser de otro titular que es quien debe hacerse cargo del pago y a quien el banco reclamará la deuda.
Para beneficiarse de esta posibilidad tan sólo existe un condicionante: que el banco así lo admita.

Las ventajas de optar por la subrogación es que permite al nuevo único titular beneficiarse de las condiciones favorables y el tipo de interés con que se firmó la hipoteca anterior.
Además, a efectos de impuestos y gestiones de notaría, el consumidor ve abaratado sus gastos.

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