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Nos veremos las caras en el juzgado
Los pleitos siguen en aumento pese a la existencia de sistemas de mediación
PERE RIOS - Barcelona - 15/12/2008
El año pasado ingresaron en los juzgados y tribunales de España 8.343.688 asuntos de todo tipo, una media diaria de 22.859.
La cifra no para de aumentar -hace una década fueron 6.081.675- y refleja que los españoles pleitean, en vez de llegar a un acuerdo sobre sus desavenencias, y que resuelva un juez.
La alternativa de la mediación como fórmula de resolver conflictos tiene una aplicación simbólica. Tanto, que ni siquiera existe una legislación que la regule para evitar los pleitos civiles, mercantiles, de familia e incluso en delitos menores en el ámbito penal.
El Consejo General del Poder Judicial anunció hace unos días su deseo de crear un servicio de mediación entre empresas y acreedores para acabar con el colapso de los juzgados mercantiles. Es la primera iniciativa decidida en ese aspecto porque la última vez que se requirió al Gobierno para legislar sobre mediación fue en la reforma del Código Civil de 2005 y quedó en papel mojado.
Por el contrario, 10 comunidades autónomas han legislado sobre esta materia desde 2001.
La primera fue Cataluña y la última, el País Vasco.
"En España hemos puesto al juez en el centro de todos nuestros conflictos. Se ha asimilado la justicia a los jueces y no es así. Debería ser la última solución y aplicarse sólo si fallan otras fórmulas, como la mediación, el arbitraje o la conciliación", explica Lorenzo Prats, catedrático de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Barcelona.
Experiencia piloto.
Las leyes elaboradas en los últimos años nunca han favorecido la mediación, a diferencia de lo que ocurre en otros países.
En Francia, por ejemplo, la mediación es obligatoria en los procesos de separación.
En España es voluntaria y queda a criterio del juez.
En 2006, seis juzgados de familia iniciaron una experiencia piloto para enviar a mediación a las parejas separadas.
La estadística demuestra que el 70% de las que acuden acaban con acuerdo, explica Isabel Tomás, titular del Juzgado de Primera Instancia 18 de Barcelona.
"En ocasiones la mediación sirve para que la pareja mejore unas maltrechas relaciones, que no es poco", añade Margarita Pérez-Salazar, del Juzgado de Primera Instancia 3 de Pamplona.
Prácticamente nadie cuestiona los efectos beneficiosos de la mediación, pero pese a ello, es la propia ley la que, en ocasiones, impide el acuerdo entre las partes.
Ocurre con el artículo 44.5 de la Ley contra la Violencia de Género, en la que se prohíbe expresamente la mediación, por lo que el proceso penal no se puede detener una vez iniciado.
En cuestiones de familia existe una tendencia cada vez más extendida entre los jueces de optar por esa vía, hasta el punto de que 3 de aquellos magistrados pioneros han redactado un protocolo sobre cómo actuar.
"En muchas ocasiones, tras la sentencia de divorcio empieza el verdadero pleito en familia por las desavenencias continuas", explica Emiliano Martín, jefe del departamento de familia del Ayuntamiento de Madrid.
"Los poderes públicos deben ofrecer alternativas para evitar la judicialización y poner medios para ello", explica Prats, que recuerda el ejemplo del Centro de Mediación Familiar de Cataluña.
En 2005 recibió 495 solicitudes de mediación, y en lo que va de este año ya han sido 1.754, de las que 728 han sido derivadas por los jueces.
En la ciudad de Madrid, los centros municipales de apoyo a la familia, de los que depende el servicio de mediación, han atendido este año 525 peticiones de mediación, 200 de ellas derivadas por los jueces. En todo el año 2007 fueron 565.
"Hay que estar en un juzgado de familia para ver hasta qué punto puede litigar una pareja después de separarse", explica Pérez-Salazar.
A su juzgado han llegado pleitos muy dispares por disputas de progenitores para decidir si un niño tenía que hacer la primera comunión y qué traje debía vestir o si cuando el padre vaya a buscarlo es él quien ha de subir a la vivienda o ha de bajar el hijo.
La magistrada de Barcelona Isabel Tomás corrobora la singularidad de algunas peticiones y recuerda la de unos padres que pleitearon sobre si su hija adolescente podía colocarse o no un piercing. "Son cuestiones que afectan a la patria potestad y, como no hay acuerdo, debe resolver el juez", explica.
El caso acabó en mediación.
1 comentario:
"En Francia, por ejemplo, la mediación es obligatoria en los procesos de separación"
Eso no es cierto. En Francia la medicion familiar NO ES obligatoria.
La unica cosa que puede hacer un juez respecto a la medicion es obligar a la pareja a que sigan una unica entrevista de informacion en cuanto al proceso de mediacion.
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