viernes, 26 de septiembre de 2008

Perú y la Custodia Compartida: Por Fin ¡¡¡¡

EN PERÚ SE APRUEBA LA CUSTODIA COMPARTIDA.
OTRO PAÍS LATINOAMERICANO QUE SE ADELANTA A ESPAÑA.
http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=w3AlVJHP7PE=
Pleno del Congreso aprueba tenencia compartida de los hijos.
Lima, set. 25 (ANDINA).-

El pleno del Congreso aprobó hoy un dictamen que modifica el artículo 81 del Código de Niños y Adolescentes, estableciendo que la tenencia de los hijos será compartida entre los padres, salvaguardándose en todo momento el interés superior de los menores.
La norma que fue sancionada favorablemente por unanimidad -la misma también fue exonerada del trámite de segunda votación- alcanza específicamente a los padres separados de hecho.

Para el efecto se garantiza que la tenencia de los niños y adolescentes sea determinada- en primer término- de común acuerdo de los padres tomando en cuenta el parecer del menor.
Sin embargo se precisa que de no existir acuerdo o si éste resultara perjudicial para los hijos, la tenencia será resuelta por el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento, “pudiendo disponer la tenencia compartida salvaguardando el interés superior del niño y el adolescente”.

En ese sentido se precisa que en el caso específico que haya un desacuerdo entre los padres, el juez priorizará el otorgamiento de la tenencia o custodia de los hijos, al que garantice el derecho del menor a mantener el contacto con el otro progenitor.

En la parte considerativa del dictamen se precisa que uno de los problemas más graves de un proceso de separación y divorcio de los padres, es el que concierne a la tenencia de los hijos así como al régimen de visitas.
“Muchas veces ocurre que aún años después de producida la separación, los conflictos suscitados por la administración de la tenencia siguen originando desacuerdos. Los hijos al final de cuentas son los más perjudicados en este tipo de casos con lo cual la normatividad vigente pretende aminorar los perjuicios que el divorcio de los padres ocasiona al menor”, refiere el texto del dictamen respectivo.

2 comentarios:

Pato Blanco dijo...

Es de resaltar que precisamente se habilite la custodiaa compartida en las situaciones de falta de acuerdo entre los progenitores porque representa la constatación de que el daño que se produce al menor porque los prognotores actuaran sin cordinación, es un argumento falso.

Reyes dijo...

Hola, la mama de mi segundo hijo hace y desace sobre el bebe al punto de no dejar que mi familia lo vea. Casi siempre que voy a ver a mi hijo este esta sucio sin banar ella dice que no lo bana porque hace frio. La verdad me estoy desesperando que puedo hacer?