domingo, 27 de mayo de 2012

Caamaño presenta a los jueces un manual sobre lenguaje jurídico

.... sugiere sustituir el lenguaje "críptico" por uno más sencillo y comprensible

Caamaño Con Victor García De La Concha Y Salvador Gutierrez
El 82% de los ciudadanos considera que el lenguaje jurídico es excesivamente complicado y difícil de entender, según el CGPJ
ICOAM  MADRID, 20.09.2011 (EUROPA PRESS)
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha presentado este martes un estudio que recomienda a los magistrados a emplear un lenguaje más sencillo y comprensible para el ciudadano y olvidar los términos "crípticos" y "oscuros" que a menudo aparecen en las resoluciones judiciales.
En la sede de su departamento, Caamaño ha presentado el 'Informe de la Comisión sobre la modernización del lenguaje jurídico', en cuya elaboración han participado miembros de su Ministerio, de la Real Academia Española (RAE), del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de la Abogacía Española y de la Fiscalía General del Estado así como profesores de Universidad y profesionales de los medios de comunicación.

El ministro ha puesto de relieve la importancia de este "ambicioso" y "pionero" informe para dejar atrás la "baja calidad comunicativa de la Justicia" en favor de una Administración que le transmita "seguridad" y "certeza".
"Los operadores de la Justicia deben saber que ocultándose tras las palabras lo único que se consigue es hacer daño a los propios justiciables", ha añadido.
"Una Justicia que no se comprende difícilmente puede ser entendida como Justicia", ha proseguido Caamaño, quien ha enfatizado que este manual servirá para "apuntalar una línea de trabajo institucional" y abrir una "reflexión" entre comunicadores y profesionales del Derecho.
Para mostrar lo ininteligibles que resultan en ocasiones algunas sentencias, el ministro ha leído un extracto de una de ellas que destacaba por su extensión y falta de claridad.

EVITAR LOS GERUNDIOS Y LOS PÁRRAFOS EXTENSOS
En este contexto, el secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, ha explicado que el informe apuesta por emplear "frases cortas" en lugar de "párrafos largos, subordinadas, pasivas y gerundios" que dificultan la comprensión del contenido del acto judicial. 
"Las recomendaciones se dirigen hacia un lenguaje sencillo, que siga las pautas de la propia Academia", ha añadido.
El 'número 2' de Justicia ha enfatizado la importancia de que el ciudadano "comprenda aquello que se dice sobre él" y que "determina sus relaciones en la vida social". 
A su entender, los usuarios deben ver la Justicia como "la primera instancia a la que consultar" en lugar de la "última a la que acudir" para resolver sus problemas.

Durante la presentación, el exdirector de la Real Academia de la Lengua Víctor García de la Concha, ha subrayado el servicio de esta institución a los diferentes Gobiernos al tiempo que ha destacado que el manual ha abierto "el camino para cobrar conciencia de que en el fondo está la garantía del administrado de saber de qué se le está juzgando.
Tras él, el académico de la RAE Salvador Gutiérrez ha celebrado los "brotes verdes" que apuntan a la utilización de un lenguaje más transparente, claro y comprensible en contra de términos "crípticos y arcaicos". 

El 82 % de los ciudadanos considera que el lenguaje jurídico es excesivamente complicado y difícil de entender, según un reciente estudio del CGPJ. Por ello, el Consejo de Ministros impulsó en diciembre de 2009 esta Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico, presidida por Juan Carlos Campo, que ha estado integrada por ocho vocales procedentes de diversas disciplinas, profesiones e instituciones.

El TS atribuye el uso de la vivienda a la mujer

..... aunque los hijos vivan con el padre

Debe estarse al interés del "cónyuge más necesitado", según el alto tribunal

ICOAM/ MADRID, 18.10.11 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha hecho pública este martes una sentencia en la que concede el uso de la vivienda familiar a la ex mujer pese a que su hijos viven con el padre al considerar que, una vez alcanzada la mayoría de edad de aquéllos, debe estarse al "interés del cónyuge más necesitado".

El Pleno de la Sala de lo Civil del alto tribunal estima parcialmente la demanda de la mujer contra el criterio de la Audiencia Provincial de Cantabria, que había concedido el uso de la vivienda a su ex marido. 
Además de mantener a los hijos, el hombre pasó durante 15 años a su ex esposa una pensión compensatoria de 500 euros.

Durante los 24 años que duró el matrimonio, la esposa se dedicó exclusivamente al cuidado de la familia, careciendo de titulación y experiencia profesional, unas circunstancias que en su día la Audiencia de Cantabria ya valoró que limitaban sus posibilidades a la hora de acceder al mercado laboral.
En este caso, los 10 magistrados que componen la Sala de lo Civil del alto tribunal han determinado cuál es el interés más necesitado de protección a la hora de atribuir el uso de la vivienda familiar cuando aún conviven en ella hijos mayores de edad.

NO SIEMPRE LOS HIJOS
La Audiencia Provincial consideró, apoyándose en el artículo 96 del Código Civil, que el interés más necesitado de protección siempre es el de los hijos, ya sean menores o mayores de edad, y por ello atribuyó el uso al padre, con quien habían manifestado su voluntad de residir.
Sin embargo, el Supremo acoge la tesis según la cual, en orden a atribuir el uso del domicilio familiar, no es igual la protección dispensada a los hijos menores que a los mayores de edad, con la consecuencia de que, una vez alcanzada la mayoría de edad, el interés de los hijos no va a resultar determinante como criterio de concesión de uso de la vivienda.
En este caso, por ser la esposa la titular del interés más necesitado de protección, la Sala le atribuye el uso de la vivienda hasta la liquidación del régimen económico matrimonial.

La Ley de Custodia Compartida de la Comunitat Valenciana entra en vigor

Tras publicarse la resolución del TC en el BOE

La Ley de Custodia Compartida de la Comunitat Valenciana entra en vigor

Serafín Castellano
La ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven --conocida como Ley de Custodia Compartida-- entra este lunes en vigor tras publicarse la resolución del Tribunal Constitucional (TC) sobre el levantamiento de la suspensión cautelar de la normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

ICOAM VALENCIA, 5.12.2011(EUROPA PRESS)
El BOE recoge el sábado, día 3 de diciembre, la resolución por la que el TC acordó levantar la suspensión de la Ley de la Custodia Compartida, de 1 de abril, que estuvo suspendida por el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Abogado del Estado. 
Tras esta publicación, la norma ha entrado en funcionamiento, según han confirmado a Europa Press fuentes de la Conselleria de Gobernación.

En su resolución judicial, el Alto Tribunal, que no se pronunció sobre el fondo del asunto, levantó la suspensión de la norma al entender que no estaba acreditada la "gravedad" e "irreversibilidad" en la aplicación de algunos artículos cuestionados por el Gobierno central.
El Gobierno autonómico dictó esta ley al amparo de la competencia que el Estatuto de la Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat para conservar, modificar y desarrollar el derecho foral civil valenciano.
Sin embargo, el Gobierno central, tras estudiarla, alegó que el texto vulneraba sus competencias sobre legislación civil, así que lo recurrió ante el Constitucional. Este órgano lo admitió y dictó la suspensión cautelar de la normativa.

Contra esta decisión, las partes personadas en la causa presentaron varias alegaciones, entre ellas la Generalitat, quien solicitó el levantamiento de la suspensión. 
Sin embargo, el Gobierno central se opuso al entender que con su aplicación podían producirse algunos perjuicios irreparables.

Sin embargo, el TC consideró que no se aportaron datos que permitieran inferir que la aplicación de los preceptos impugnados por el Ejecutivo --que suponían el establecimiento por decisión judicial de la custodia compartida en defecto de acuerdo de los progenitores-- fuese a producir, desde el punto de vista cautelar y huyendo de toda consideración sobre el fondo del asunto, los invocados prejuicios.
Es más, el TC indicaba que los perjuicios a los que aludía el Abogado del Estado no estaban debidamente concretados y "mucho menos acreditada la gravedad e irreversibilidad de los mismos", por lo que entendió que no resultaba suficiente su invocación para aconsejar el mantenimiento de la suspensión hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo.

la verdad de por qué no se conceden hipotecas

Idealista.com.Por JuanVillen,responsable de idealista hipotecas/Viernes, 25 Mayo, 2012

Conseguir financiación se ha vuelto difícil, pero sólo para algunos.
El INE publicó ayer los datos de constitución de hipotecas, con una caída del 42% respecto mes de marzo del año anterior. 
Estamos hablando de una caída drástica en volumen, que además muestra una tendencia descontrolada a la baja. 
Pero, más allá de estos negativos números, ¿por qué se produce esta caída? 
Cuando escuchas a la gente de la calle, la mayoría te responderá lo mismo:
 “la banca ha cerrado el grifo”, “solamente conceden hipotecas para sus pisos” o “su situación financiera es tan mala que solamente quieren hablar de depósitos, nada de préstamos”

En idealista.com/hipotecas trabajamos cada mes con más de 1.000 clientes que nos llaman para recibir asesoramiento sobre:
1.-  cómo conseguir la mejor hipoteca, 
2.- por qué tienen que contratar determinados seguros,
3.- cuánto dinero se ahorran si eligen una hipoteca u otra… 
además, tramitamos muchas de estas solicitudes, a través de acuerdos con más de 15 bancos que actualmente están dispuestos a conceder hipotecas
basándonos en esta experiencia, y vaya por delante que estamos hablando de un análisis cualitativo, no cuantitativo, exponemos a continuación cuáles son a nuestro entender las principales razones por las que no se formalizan más hipotecas:

1) Los bancos sí quieren dar hipotecas… pero no a todo el mundo
En idealista.com/hipotecas firmamos cada mes préstamos con muchas entidades financieras, y en todos los casos nos dicen lo mismo: 
“todas las operaciones que tengas de estos perfiles, las firmamos”
Obviamente, estamos hablando de clientes con ahorros suficientes para que:
a.-  el préstamo no supere el 80% del precio de compra, 
b.- con una estabilidad laboral y
c.-  capacidad de pago razonables. 

Pero, ¿es que debería ser de otra forma? sufriendo en la actualidad las consecuencias de asumir unos riesgos descontrolados en el pasado, ¿deberían cometer el mismo error, solamente por dar acceso a la vivienda en propiedad a clientes que quizás no estén tomando la decisión financiera más adecuada?
actualmente vemos que los solicitantes de hipotecas podrían segmentarse en 3 tipologías:
a)    los que no tienen dinero ahorrado y además carecen de ingresos suficientes: para estos clientes, el mercado hipotecario está cerrado a cal y canto.  Curiosamente, este perfil supone casi el 20% de los clientes que cada mes contactan con nosotros
b)    los que tienen capacidad de pago y estabilidad laboral pero ahorros insuficientes: con sus ahorros no llegan al 20-30% del valor de la casa necesario para pedir una hipoteca. Suponen en torno a un 30% de los demandantes y es el mayor caladero de clientes que los bancos están utilizando para dar salida a sus pisos propios
c)    los que tienen dinero ahorrado y solvencia para pagar la cuota hipotecaria: dentro del rango de precios correspondiente, estos clientes pueden acceder a una hipoteca para sus viviendas y suponen en torno al 50% de los clientes que consultan a idealista.com/hipotecas

2) El miedo, un freno de mano a la compra de viviendas
Visto lo anterior, si entre un 50% y un 80% de los demandantes podrían comprar una vivienda, ¿por qué la caída? nuestra explicación es clara: el miedo. 
La situación actual no es favorable para que el consumidor dé el paso adelante y tome la decisión financiera probablemente más comprometida de su vida.
A diario trabajamos con clientes para los que obtenemos propuestas positivas de varios bancos, con condiciones y cuotas mensuales razonables, pero un porcentaje importante de los mismos no acaban de rematar la compra de la vivienda y se echan para atrás en los últimos momentos.

Una encuesta que hemos realizado recientemente nos indica que la mayoría abrumadora de estos clientes simplemente ha decidido posponer la decisión de compra. 
Los motivos detrás de esta decisión son fundamentalmente 2:
- la expectativa de que el precio de la vivienda va a seguir bajando: provoca que las decisiones de compra se pospongan y el consumo se detraiga: 
¿por qué comprar ahora si dentro de un año podremos comprar algo similar por 20.000 euros menos? ¿no estaremos precipitándonos y comprando mal?.
En el entorno actual, este tipo de dudas está muy presente en la mente de los compradores. Las noticias recientes parecen encontrar un punto de encuentro en que – como mínimo– la vivienda bajará en 2012 un 10%, y aunque esta bajada diferirá sustancialmente por zonas, la gente tiene la impresión de que todo seguirá bajando (algunos clientes incluso han perdido 3.000-6.000 € de un contrato de arras a la espera de que la caída compense con creces esa pérdida)
- el miedo a perder capacidad adquisitiva y no ser capaz de pagar la hipoteca:  
xx el dramático y desbocado nivel de paro, 
xx las continuas reducciones salariales y 
xx la nueva reforma laboral han metido el miedo en el cuerpo a todo el mundo. 
Nadie se considera a salvo de un posible despido, por mucho tiempo que lleve en su empresa, o de un recorte drástico de su renta disponible (tanto por reducción salarial como por subidas de impuestos y tasas). 
¿Nos embarcamos en un compromiso de pago de 1.000 € al mes? ¿podremos pagar la cuota si uno de los 2 se queda en paro? ¿cuánto más nos van a subir los impuestos?, son las preguntas que frenan actualmente a muchos compradores

3) Una última explicación: la compra de vivienda al contado
No existe un dato estadístico que lo refrende, pero en el sector parece que se extiende el consenso de que en torno al 30% de las compras de vivienda se están pagando al contado. Esto obviamente también provoca una caída de la concesión de hipotecas. 
La caída del precio de la vivienda, la entrada de compradores de perfil inversor con mayor poder adquisitivo y la experiencia reciente de que “la mejor hipoteca es la que no existe” han hecho que la compra de vivienda sin financiación esté tomando mayor relevancia y afecte a las estadísticas.

4) ¿el futuro? seguirán dándose pocas hipotecas.
En resumen, podemos decir que el ajuste de criterios de riesgo de los bancos ha movido el punto de corte sobre quién es elegible para la concesión de una hipoteca, pero la situación deprimida de la demanda explica fundamentalmente la caída del volumen de hipotecas formalizadas
Lo lógico y prudente será que los bancos mantengan sus criterios de riesgo en los niveles actuales, por lo que solamente una demanda más viva podrá traer cifras positivas en este tipo de estadísticas. 
Pero para ello es imprescindible que se cumplan 2 condiciones: 
1.- el precio de la vivienda debe estabilizarse y 
2.- la situación económica debe mejorar, para que el consumidor recupere la confianza (esa palabra tan manida como mal utilizada) y pueda embarcarse en proyectos de futuro ilusionantes, que son los que subyacen detrás de los fríos datos de las estadísticas de hipotecas, y que sin duda son lo más importante

Inscripciones matrimoniales: Condenan a las jueces de paz

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a multas de entre 2.520 y 14.040 euros a la juez titular, a la juez sustituta y a la secretaria del juzgado de Paz de Canet d'En Berenguer (Valencia) entre 2007 y 2011 como responsables de diversos delitos de falsedad en documento público, al hacer constar en las actas matrimoniales la fecha de celebración del banquete nupcial y no la de su autorización y celebración en el registro civil.

ICOAM, VALENCIA, 24 (EUROPA PRESS)
Según una sentencia del tribunal, de fecha 23 de mayo de 2012, las actuaciones se iniciaron para esclarecer la posible irregularidad en la celebración de matrimonios civiles por parte de quienes desempeñaban los cargos de juez de paz y secretario del juzgado de Paz de la localidad, que en su comparecencia ante la autoridad judicial reconocieron los hechos que se les atribuían.
Tanto el ministerio fiscal como las defensas acordaron presentar un escrito conjunto de calificación de conformidad, que declara como hechos probados que las 3 acusadas, que ejercieron los cargos señalados entre 2007 y 2011, intervinieron autorizando y firmando las actas acreditativas de un total de 39 matrimonios en los que hicieron constar como fecha la de la celebración del "paripé del banquete nupcial", en vez del día y la hora en la que se celebró éste realmente en la sede del registro civil.

Así, señala que éstas, además de proceder a la autorización y celebración del matrimonio en la sede del registro civil, acudieron posteriormente "a representar ficticiamente y a modo de paripé un simulacro de boda civil en los respectivos restaurantes en donde se celebraba el banquete", por lo que cobraban gastos de desplazamiento "en cantidades comprendidas entre los 200 y 300 euros", un extremo que se ha puesto en conocimiento de la Sala de Gobierno del TSJ para los posibles efectos disciplinarios que convengan, "al tratarse de actos que no son propios del oficio y cargo que desempeñaban".

La sentencia considera que las procesadas "omitiendo e infringiendo el deber de cuidado propio de los cargos que desempeñaban" hacían constar la fecha de celebración "del paripé", un comportamiento que a pesar de no ser técnicos en derecho, "pudieron evitar con un actuar cauteloso que les separase de la errónea creencia de la inoperancia de la disfunción entre la fecha que se hacía constar y la real, aunque ésta fuera la del banquete y generalmente la recordada por los contrayentes".
De este modo, los datos que se hacían constar en las actas de inscripción de cada matrimonio no coincidían con los de celebración en el registro civil. De hecho, señala que en todos los matrimonios se hacen constar como fecha de celebración "sábados tarde e, inclusive, días festivos de ámbito autonómico como el 9 de Octubre, cuando es evidente que el juzgado estaba cerrado".

MULTAS Y SUSPENSIÓN DE CARGO PÚBLICO
Por ello, el TSJCV --que ha asumido el caso dada la condición de aforadas de la juez titular y juez sustituta-- condena a la titular del juzgado de Paz de Canet a una pena de multa de 11.520 euros y suspensión de cargo público durante 128 meses por un total de 32 delitos de falsedad en documento público.
Asimismo, la juez sustituta ha sido condenada a una multa de 2.520 euros y suspensión de cargo público durante 28 meses por 7 delitos de falsedad en documento público. 
Por su parte, la secretaria del juzgado ha sido condenada por 39 delitos de falsedad en documento público a una pena de 14.040 euros y la suspensión de cargo público durante 156 meses. 
Las costas procesales deberán ser asumidas a partes iguales por las 3 condenadas. 
Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

"Ideas que matan", un libro que se sumerge en la mente del maltratador


ElConfidencial.com| EFE - 26/05/2012 |Madrid, 
Los maltratadores agreden a sus parejas porque reproducen pautas que han ido aprendiendo y viendo desde niños, según la antropóloga Mercedes Fernández-Martorell, quien en su último libro, "Ideas que matan", trata de desvelar lo que pasa por la mente de estos hombres.
La autora ya se hizo esta reflexión en la película "Por nada", sin embargo, en el libro -de Ediciones Alfabia- ofrece una visión "mucho más en profundidad" de por qué lo hacen, un comportamiento que está relacionado con las pautas que se imponen a las personas desde su nacimiento.

Así lo asegura Fernández-Martorell en declaraciones a Efe, en las que afirma que los seres humanos continuamente se reinventan, pero hay un "orden establecido imperante" que es el que pervive en cierta manera en la sociedad y que hace que algunos para sentirse "verdaderos hombres" tengan que expresar un dominio sobre la mujer.
La autora, que ha entrevistado a 30 maltratadores y ha asistido a más de 700 juicios de malos tratos como parte del trabajo de campo antes de escribir la obra, añade que los agresores creen potenciar su masculinidad cuando cuentan con otros hombres referentes.
"Las organización de la sociedad se ha basado en un sistema de alianzas entre hombres, con las mujeres como unidades dependientes de ellos", subraya la antropóloga, quien opina que la idea que tienen es que con sus "aliados acuerdan cuál es la mejor manera de vivir en sociedad y qué tipo de relación se debe tener con la pareja.

A su juicio, esto implica que cualquier hombre de cualquier ideología está inmerso en la posibilidad de ser un maltratador: "Da lo mismo la ideología, puede ser de ultraderecha o de izquierdas, si piensa que su sistema de alianzas exclusivamente se asienta en los hombres y está convencido de que su mujer debe ser sumisa", destaca Fernández-Martorell.
Cuando los "aliados" del hombre le menosprecian o este tiene conflictos en el trabajo, utiliza a la mujer "para reforzar su hombría", y aunque esta obedezca, su maltratador sigue sintiendo un vacío "y por cualquier nimiedad la termina matando".
"Algunos se suicidan porque ven que una vez que han matado a la mujer se dan cuenta de que ella no era el objeto de su malestar", dice la autora, que opina que los maltratadores pueden rehabilitarse, porque no son enfermos, lo que les ocurre es que "están absolutamente equivocados".

Explica que con programas de reeducación de agresores muchos de ellos comprenderían que su potencialidad como ser humano no pasa por dominar a nadie y que pueden desarrollarse con los demás y no contra ellos.
Reconoce que en los últimos años la sociedad ha avanzado mucho y ha hecho un cambio muy importante "gracias a la lucha de las mujeres" si bien estima que hay que seguir adelante porque los cambios deben ser profundos y en ellos se tienen que implicar también los hombres.

Respecto al problema de que las mujeres maltratadas no denuncien a sus agresores -ninguna de las 19 víctimas de violencia machista había denunciado a su agresor- la antropóloga remarca que en muchos casos responde a que asumen que son esclavas del hombre como consecuencia de los roles de la sociedad convencional.
"No denuncia porque no tiene nada que denunciar, está dentro de su lógica", dice Fernández-Martorell, cuyo libro estará en las librerías la próxima semana.
Cree que las campañas de sensibilización contra la violencia de género son necesarias, porque si no existieran parecería que el problema tampoco, y ensalza la importancia del papel tan importante que, en su opinión, juegan los medios de comunicación.
"Lo que hoy no se da como información, no existe como conflicto", señala.

¿El número de divorcios se reduce por la crisis...?

VALLADOLID: El número de divorcios se reduce en Valladolid el 5% por la crisis. 
El pasado año, 1.123 parejas optaron por formalizar la disolución de su enlace en los juzgados

La crisis económica ha provocado que las parejas en crisis aplacen la decisión final de divorciarse. 
Esa esa la conclusión de los abogados de Valladolid dedicados a la tramitación de expedientes de disoluciones matrimoniales. 
Los datos registrados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) así también lo confirman, a tenor del descenso en el último año del número de divorcios en el 5% en Valladolid.
En el año 2011, los divorcios tramitados por los juzgados de Familia y de Violencia de Género vallisoletanos alcanzaron la cifra de 1.123, lo que supone 60 menos que los contabilizados en 2010.
La tendencia de descenso no solo se confirma en Valladolid. 
 
En Castilla y León, el descenso de separaciones y divorcios se situó en 242 expedientes con respecto a los registrados en los juzgados durante todo el año 2011, en el que la cifra alcanzó los 5.061. 
Solamente la provincia de Segovia contabilizó en el mismo periodo un incremento, pasando de los 247 registrados en 2010 a los 309.
 Las provincias donde más bajaron las separaciones matrimoniales fueron Burgos, que pasó de 771 expedientes a 656 el año pasado, y León, de l.096 en 2010 a los 1.032. 
En Zamora, Palencia y Salamanca descendieron de forma menor.
 En total, el descenso en la comunidad fue del 4,8%.
 
La actual situación de crisis económica no solo frena las rupturas matrimoniales, sino que también influye posteriormente en el cumplimiento de las medidas económicas determinadas en los convenios reguladores. 
«Si en una pareja, uno de cónyuges se queda en el paro, y se mantiene el compromiso de pagar los créditos firmados en las épocas de bonanza, la decisión influye a la hora de determinar si siguen adelante o no con el divorcio. A no ser que la situación sea de total desavenencia», explica un abogado matrimonialista.
A ello se suma otra circunstancia de la que se quejan sobre todo los varones: el supuesto trato más favorable de los jueces hacia las mujeres en las sentencias de divorcio. 
«Es evidente que el marido que piensa en divorciarse tiene en cuenta cuestiones que le marcarán para el futuro, como por ejemplo que tendrá que pagar una pensión para los hijos, y en ciertos casos compensatoria para la exmujer. También la cuota de la hipoteca, sino no se resuelve quién de los 2 se queda con el piso o si este no se vende. Y por último, no hay que olvidar que deberá abonar la mitad de aquellos gastos extraordinarios (actividades escolares, médicos, viajes, etc.) que se generen por la custodia de los menores nacidos en la familia. 
¿Quién con este panorama da el paso adelante?», se pregunta el abogado Jaime Sanz.
 
Pero, ¿qué cuesta un divorcio? 
Esa es la primera pregunta que hace el cliente al entrar en el despacho de un abogado.
La separación matrimonial de mutuo acuerdo ronda los 1.200 euros, cantidad a la que hay sumar el gasto menor del procurador. En cualquier caso, el gasto se reparte al 50% entre ambos.
 Si por el contrario se decide acudir a la vía contenciosa, la cifra se elevaría hasta los 1.500 euros, más el IVA. En cualquiera de los casos los letrados consultados reconocen que cada vez más el divorcio se paga a plazos.
 
Mediación
Aunque muchas parejas después de tener clara la ruptura deciden acudir a un Servicio de Mediación Familiar dependiente de una administración pública, en el que normalmente una psicóloga y una trabajadora social buscan soluciones, otras intentan inicialmente que sea un solo letrado y procurador el que les lleve el pleito.
En el caso del Servicio de la Junta, los cónyuges pueden ir acompañados también del abogado que decidan, pero se comprometen en un contrato a que el letrado-mediador no podrá luego intervenir en el proceso del divorcio en el supuesto de que pleiteen por separado.
Para el abogado Jaime Sanz Fernández-Soto, «muchos de los divorcios comienzan de forma contenciosa y terminan de mutuo acuerdo, porque los cónyuges se dan cuenta que con la rabia no se va a ningún sitio».
Algunos de los letrados consultados recuerdan que con el divorcio de mutuo acuerdo no solo se ahorra dinero, sino también tiempo, ya que en unos 3 meses desde que se presenta la demanda civil el juzgado puede dictar ya la sentencia, que adquiere grado de firmeza.