miércoles, 8 de octubre de 2008

Un padre "Gana" la Custodia de su hijo

http://www.elmundo.es/papel/2006/08/05/espana/2008651.html
Un padre gana la custodia de su hijo por tener mejor horario laboral.
El Juzgado sostiene que el de la madre no le permite «acompañar al niño».
ROBERTO MANGAS
GUADALAJARA.-

«Si se trata de que el menor esté debidamente atendido y pueda realizar las actividades cotidianas como comer o hacer los deberes acompañado, es obvio que esto se lo puede proporcionar con mayor facilidad el padre, pues el horario de la madre, más extenso y disperso, hace difícilmente compatible el acompañar al niño en actos como la comida diaria».

Por este motivo, la Audiencia Provincial de Guadalajara ha decidido conceder la custodia de un niño, menor de edad, así como el uso de la vivienda conyugal, al marido, que cuenta con un horario de trabajo «más estable» que el de la madre.

Guillerma Calderón, que denunció hace 3 años a su marido, A. C. S., por supuestos malos tratos psicológicos, por los que tuvo que pasar una noche en una casa de acogida, deberá encontrar un lugar en donde alojarse en los próximos días si no quiere verse desahuciada por el Juzgado.

Además, deberá hacerlo sola, pues la Audiencia Provincial ha estipulado que la guarda y custodia la ejercerá su ex marido, ya que éste sale de trabajar a las 15.00 horas, por lo que puede comer y hacer los deberes con el hijo de ambos, de 12 años de edad.

El texto de la sentencia del tribunal, que es firme y cuya ponente es la magistrada Isabel Serrano Frías, adelanta que la decisión más difícil a la que se enfrenta el juzgador es determinar «con cuál de los dos cónyuges han de quedar los hijos, sobre todo cuando no existen motivos claros para privar a uno u otro progenitor de esta tarea».
Por ello, se ampara en la Constitución para recordar que en la actualidad existe plena «igualdad de derechos y deberes» entre hombres y mujeres, añadiendo que «cada vez se intercambian con mayor frecuencia las diversas funciones de la vida familiar».

A la luz de esta reflexión, la magistrada fundamenta por qué va a tomar la decisión de conceder tanto la custodia del menor como el uso de la vivienda familiar a favor del padre, señalando que «lo esencial no son los intereses de los padres, cuyas vidas seguirán distintos caminos, sino los de los hijos, con frecuencia víctimas inocentes del conflicto de la pareja».

Este argumento sirve al tribunal para añadir que, cuando no hay argumentos para privar a uno u otro de la guarda del menor, «es preferible optar, como posibilidad menos mala, por la alternativa que compagine la seguridad y el bienestar frente a la afectividad conflictiva o inestable».
Este camino lleva a analizar «cuál es el ambiente más propicio para el desarrollo de las facultades intelectuales y afectivas del menor y la atención que pueden prestarle los padres».

Y entre esas atenciones, recalca el tribunal, además de las afectivas, están «la situación económica, entre otros factores».
Por ello, aunque el menor asegura en la exploración que le realizan en la Audiencia que «prefiere» estar con la madre, también los jueces recuerdan que no siente rechazo al padre, «que come con él y le ayuda a hacer los deberes», algo que la madre no puede hacer.
Por eso, desestiman la opinión del niño, pues lo mejor para él «no tiene por qué coincidir con su opinión».

El tribunal sólo cuestiona el horario de la madre y su incidencia en su relación con su hijo.
Y es que Guillerma trabaja por horas cuidando niños en una empresa adjudicataria de este servicio por la Junta de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Con un sueldo muy pequeño y sin horario fijo, puede ser llamada incluso en horario nocturno, lo que lo hace «extenso y disperso, difícilmente compatible con acompañar al niño en actos como la comida diaria».

Por todo ello, la Audiencia confirma una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Guadalajara, lo que obliga a la demandante a abandonar en los próximos días la vivienda familiar que ahora ocupa con su ex marido y su hijo, al que sólo podrá ver en los horarios establecidos por los magistrados.

«A partir de ahora, cualquier mujer que trabaje a turnos y se separe, que sepa que se puede quedar sin la custodia de sus hijos», señaló la mujer, quien añadió: «No tengo dinero, no tengo casa, no tengo familia en Azuqueca...

¿Cómo hago yo ahora para quedarme cerca de mi hijo?
Me obligan a irme lejos, donde pueda tener familia, por lo que dejaré de verlo.
¿Es esto justicia, darle la razón a quien más tiene?», se lamentó Guillerma, que no deja de leer una y otra vez la sentencia que le ha dado su abogada.

Padres y Madres en Acción: Manifestacion en Madrid

La Asociación Padres y Madres en Acción, estuvo en la Manifestación del pasado domingo, 5 de Octubre de 2008.
EL VIDEO DE LA MANIFESTACIÓN DEL 5 DE OCTUBRE
http://es.youtube.com/watch?v=liVmQuipyOA
http://www.youtube.com/watch?v=liVmQuipyOA&NR=1 http://www.europapress.es/videos/video-manifestacion-custodia-compartida-20081005183703.html


Por la igualdad real de Padres y Madres en Derechos y Obligaciones con nuestros hijos.
Por el PLAN de CO-PARENTALIDAD ante la Ruptura de la Pareja. Despues seguimos siendo Padres igualmente.

RD de Regulacion del Fondo de garantia de Pensiones

http://www.mujeresjuristasthemis.org
Themis decepcionada con la regulación fondo garantía pago de alimentos, .....

Podeis conseguir el Documento en PDF en esta Direccion: http://www.mujeresjuristasthemis.org/RD%20fondo%20alimentos%20boe%2017%20dic%2007.pdf

lunes, 6 de octubre de 2008

Los padres piden la Custodia Compartida en Madrid

http://www.publico.es/espana/161667/padres/piden/custodia/compartida/ley#comentarios
Los padres piden la custodia compartida automática.
Según los organizadores, en el 95% de los divorcios se da la custodia a la madre.

M. HUALDE/G.AYUSO - Madrid/Barcelona - 05/10/2008
"Quiero tener responsabilidad en la educación de mi hijo".
Alberto Jiménez pelea por la custodia compartida de su hijo Héctor, de 20 meses de edad. Su madre, con la que tuvo una relación de 11 años, se la niega y lo llevará a juicio.
Jiménez no exige hacerse cargo del niño al 50%, se conforma con tenerlo 12 días al mes y que esté con la madre 18.
Con reivindicaciones parecidas, varios centenares de personas marcharon el domingo por Madrid para pedir al Gobierno que imponga la custodia compartida "automática" en los procesos de divorcio y contra las sentencias "retrógadas" de algunos jueces.

Bajo el lema Unidos por la custodia compartida: igualdad y coparentalidad, pidieron una modificación de la Ley del divorcio, reformada en 2005, para que se facilite por defecto la custodia de los hijos para ambos progenitores.
"Que sea el modelo preferente menos en casos en los que se demuestre que hay un perjuicio para el menor", resume Miquel Ángel García, uno de los portavoz de la asociación organizadora de la protesta, Unidos por la Custodia Compartida.

Custodia materna en un 95%.
La marcha partió de la Plaza de las Cortes hasta la Plaza Mayor al ritmo de un grupo de percusionistas, con bocinas, pitos y gritos como "¡Custodia compartida para vivir la vida!" o "¿Dónde están mis hijos? ¡Quiero ser papá!".
Según los organizadores, en el 95% de los divorcios se da la custodia a la madre.

Los manifestantes eran sobre todo hombres, pero también había mujeres.
Yolanda Marrog defendió una "igualdad real" en el cuidado de los hijos.
"Llegará un día en que parezca horroroso que no exista la custodia compartida", afirmó Nuria Sauner, otra portavoz.

Pero su demanda tiene opositores.
Amor del Álamo, asesora de la Asociación Dones per la Igualtat del Baix Llobregat, afirmó que buena parte de las asociaciones de mujeres con las que ha tenido contacto está en contra de regular por ley la custodia compartida.
"No tiene ningún sentido fijarla por ley, debería dejarse tal y como está ahora, que se aplica en casos determinados", aseveró.
En su opinión, la custodia compartida puede ir en contra del bienestar de los hijos.
"A veces los padres reclaman la custodia y no la ejercen", afirmó.

Modelo "preferente" .
El anteproyecto del Código de Familia diseñado por la Generalitat regula por ley que los jueces otorguen de manera preferente la custodia compartida de los hijos en los casos de divorcio sin acuerdo.
El juez puede decidirla sin que lo reclame ningún progenitor y sin el informe favorable de la Fiscalía.
El magistrado tendrá en consideración la actitud de cada uno de los progenitores para cooperar con el otro en asegurar la máxima estabilidad a los hijos.
Los padres presentarán un documento con detalles sobre dónde vivirán los hijos y cómo se tomarán las decisiones que les afecten.
También se reconoce el derecho a una pensión para el cónyuge en peor situación.

Custodia Compartida e Indicios de Violencia de "Género"

Hola, nuestro compañero Francisco J. Cabanillas nos hace estas puntualizaciones sobre el Proyecto de Familia en Catalunya y las consecuencias sobre la Custodia Compartida:

Algunas aclaraciones sobre la posible futura Custodia Compartida preferente en Cataluña.
Salvo que el legislador catalán reforme su propia ley recién aprobada sólo puede crear la “CC preferente (salvo “indicio” de violencia machista) o CC preferente salvo que la madre no quiera”.

No se si este colectivo de lucha a favor de la igualdad parental se lee las leyes vigentes publicadas en el BOE, o, si leídas, las interpreta de forma “sui generis”.
Pero el Ordenamiento Jurídico es un todo completo y hay que tomar en cuenta para Cataluña la LEY 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista (BOE 30 de mayo de 2008), que está en vigor:
Primero.- Para los que gustan de la llamada “mediación familiar obligatoria” en divorcio con niños:

1) Se añade un nuevo artículo, el 22 bis, a la Ley 1/2001, de 15 de marzo, de mediación familiar de Cataluña, con el siguiente texto:
«Artículo 22 bis. Límite a la mediación.
Debe interrumpirse o, si procede, no debe iniciarse cualquier proceso de mediación de pareja o familiar en que esté implicada una mujer que haya sufrido o sufra violencia física, psíquica o sexual en la relación de pareja.»

Segundo.- Para los que no quieren entender que el legislador NO admite Custodia Compartida si hay “indicios” de violencia de género.
Aquí tienen el concepto catalán de “indicios” (como observarán “indicio” es, en la práctica, que la madre decide o “autodefine”):
Artículo 33. Identificación de las situaciones de violencia machista.
1. A efectos del acceso a los derechos de reparación establecidos en este capítulo, constituyen medios de prueba calificados para la identificación de las situaciones de violencia machista:
a) La sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido alguna de las formas de esta violencia.
b) La orden de protección vigente.
c) El informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
2. En ausencia de alguno de los medios establecidos por el apartado 1, son medios específicos de identificación de las situaciones de violencia machista, siempre y cuando expresen la existencia de indicios que una mujer la ha sufrido o está en riesgo verosímil de sufrirla:
a) Cualquier medida cautelar judicial de protección, seguridad o aseguramiento vigente.
b) El atestado elaborado por las fuerzas y cuerpos de seguridad que han presenciado directamente alguna manifestación de violencia machista.
c) El informe del Ministerio Fiscal.
d) El informe médico o psicológico elaborado por una persona profesional colegiada, en el que conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario por causa de maltrato o agresión machista.
e) El informe de los servicios públicos con capacidad de identificación de las situaciones de violencia machista. Se reconoce esta capacidad a los servicios sociales de atención primaria, a los servicios de acogida y recuperación, a los servicios de intervención especializada y a las unidades especializadas dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
f) El informe del Instituto Catalán de las Mujeres.
g) Cualquier otro medio establecido por disposición legal.

Creo que si se lee bien, queda patente, que cada mujer-madre catalana DECIDE si quiere que es “víctima” de violencia machista por parte del padre “aspirante a la futura Custodia Compartida”. Es más, aun con una sentencia de Custodia Compartida, posteriormente, la madre “decidirá” puesto que ella decide, de hecho, cuando y cómo es “víctima” de violencia machista (ej: informe del Instituto Catalán de las Mujeres).

RESUMEN: PARA CUANDO EL LEGISLADOR CATALÁN ESTABLEZCA LA CC COMO PREFERENTE PARA NIÑOS DEL DIVORCIO YA HA ESTABLECIDO PREVIAMENTE (EN LA LEY CATALANA 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista) LOS MECANISMOS PARA QUE LA MADRE PUEDA “CORTOCIRCUITAR” A SU GUSTO CUALQUIER INTENTO DEL PADRE EN TAL SENTIDO.

Es más, en términos de “juego estratégico” del divorcio con niños catalán, la madre si “negocia” lo hace con las “cartas marcadas” pues el mensaje al padre es: “Si pides la CC denuncio tu maltrato machista cuyo indicio me permite la Ley definirlo yo”.
Ejemplo: d) El informe médico o psicológico elaborado por una persona profesional colegiada, en el que conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario por causa de maltrato o agresión machista.
¿Es difícil encontrar un “amigo/a” médico o psicólogo que haga constar que la mujer fue atendida en su consulta por maltrato machista?
Creo que es muy fácil “gratis” pero “pagando” es que está tirado de obtener.
Es más, del mismo modo que cualquier embarazada de España puede ir a una clínica abortista y obtendrá un certificado psicológico ad hoc para estar en un suspuesto de despenalización de aborto “sin que la vea ningún psicólogo”, así, se crearán “mercados” de certificados ad hoc de “víctima de violencia machista” por la ley económica de “completitud de mercados” (dónde no haya mercado y pueda haberlo, se creará, si existe beneficio mutuo de los contratantes –sanitario/a que certifica y madre que se quiere divorciar al estilo tradicional de “Barbie divorciada”-).

Ser Padre más Allá del Divorcio

http://www.lavanguardia.es/lv24h/20081004/53554105465.html
CAMBIOS EN LA SOCIEDAD

La custodia compartida ya se establece en el 10% de las sentencias de ruptura de parejas.
Los nuevos modelos de familia están cambiando la perspectiva del compromiso familiar, incluso cuando la pareja se deshace.
Valencia y Catalunya destacan con la mayor proporción de custodias compartidas.
Los padres más jóvenes piden seguir participando en la crianza de sus hijos.

Alicía Rodríguez de Paz / Celeste López Madrid 04/10/2008
Una cosa tenía clara. Aunque se acababa el papel de marido, en absoluto dejaba de ser padre.
Mi hijo Pablo es la parte más importante de mi vida: deseé tenerle, me encanta cuidarle, acostarle, ver sus deberes, llevarle al médico y ayudarle a crecer. Y quiero seguir haciéndolo aunque su madre y yo ya no queramos vivir juntos".

Un reparto de tiempos y responsabilidades.
Hay tantas fórmulas de custodia compartida como parejas.
Para los especialistas, se trata de "un traje a medida" que ambas partes han de construir en función de las necesidades de los pequeños y de un sinnúmero de parámetros familiares como los horarios laborales, los escolares, los domicilios de los padres, la situación del colegio.
Mediante este acuerdo, sancionado finalmente por el juez, lo que se establece es un reparto detallado de tiempo y responsabilidades.

MÁS INFORMACIÓN
"¿De qué me sirve tener razón?"
Documento: Sentencia de la custodia compartida del caso Alfred Sánchez

Pablo, de 37 años, se lo planteó así a la que desde hace apenas un mes es su ex, Teresa: "Y la verdad es que hubo unanimidad, pediríamos la custodia compartida. Y eso que nuestra separación no ha sido fácil, como ninguna lo suele ser. Ha sido un proceso doloroso, triste y duro. Pero los dos teníamos claro que por encima de todo estaba y está nuestro hijo".

Este funcionario de Correos es uno de los nuevos padres que quieren seguir corresponsabilizándose del cuidado y educación de sus hijos después de un divorcio, algo impensable hace unos años, cuando campaba en la sociedad la creencia generalizada de que crianza era un concepto exclusivamente femenino.
Pero los nuevos modelos de familia, fruto también en muchos casos de la incorporación masiva de la mujer al trabajo, están cambiando la perspectiva del compromiso familiar, incluso cuando la pareja se deshace.

Y esto se refleja en un incremento del número de custodias compartidas otorgadas judicialmente y en la ampliación y flexibilidad de los regímenes de visita de los varones en el caso de que la custodia sea exclusiva de la madre.
"Hay un nueva generación de padres entre 30 - 40 y tantos años que, aunque se disuelva la pareja, no quieren separarse de los hijos. No quieren ser sólo padres visitadores o padres pagadores.

En realidad, lo que reclaman es seguir encargándose de la crianza de sus hijos como ya hacían cuando vivían en pareja (llevarlos al dentista, a la tutoría, a las actividades extraescolares)", señala María Pérez Galván, secretaria de la Asociación Española de Abogados de Familia y miembro del despacho Zalarruqui de Sevilla.

El cambio, que aún no se ha traducido del todo en el número de sentencias de ruptura matrimonial que decreta la custodia compartida, ya es evidente, al menos, en los despachos de abogados de familia.
"Pocos padres pedían antes la custodia compartida. También es verdad que muchos abogados se lo quitábamos de la cabeza ante la imposibilidad de conseguirlo por la vía contenciosa, ya que el número de separaciones y divorcios por mutuo acuerdo era ínfimo", indica el letrado experto en familia José Jerónimo.

Una prueba de ello es, por ejemplo, que hasta el año pasado el Instituto Nacional de Estadística (INE) no contabilizaba las custodias compartidas, al estimarse que el porcentaje era mínimo.
Los primeros datos ofrecidos por este organismo señalan que, durante el 2007, en casi el 10% de los divorcios de parejas con hijos a cargo (un total de 64.992), los padres optaron por la custodia compartida, mientras que en los casos de separación (6.448 procesos con hijos a cargo) este porcentaje se aproximó al 11%.

Valencia es la comunidad con un mayor porcentaje de sentencias que otorga a los dos progenitores el cuidado de sus retoños, con un 13,2%, seguida de Catalunya, con un 11,5%, Andalucía y Aragón, con un 9,6%. En Madrid, el porcentaje no llega a alcanzar el 6%.

Estos son sólo los casos en que se decreta la custodia compartida, aunque son muchos los que la solicitan sin conseguirla. Sobre ellos no hay datos, pero desde los despachos de abogados se insiste en que la cifra ha crecido considerablemente, sobre todo desde la reforma del Código Civil del 2005 (conocida como la ley del divorcio exprés).

Esta reforma -"que se quedó claramente corta, al dejar al juez y al fiscal la posibilidad de otorgar la custodia compartida cuando no había acuerdo, aunque sólo en casos excepcionales", señalan desde las plataformas de padres y madres separados- puso encima de la mesa el debate de la corresponsabilidad de los progenitores respecto a sus hijos tras la ruptura de la pareja.

Los cambios legislativos trajeron consigo un aumento de demandas de custodias compartidas. "Hasta entonces, la inmensa mayoría de los hombres transmitía a su abogado la preocupación sobre qué día podría visitar a sus hijos y cuánto iban a tener que pagar para mantenerlos. Ahora muchos de ellos están especialmente preocupados por continuar criando a sus hijos, interviniendo en su educación y en su crianza", señala la portavoz de la asociación Española de Abogados de Familia.

Pero el carácter de excepcionalidad que otorga la ley a la custodia compartida no ha permitido que muchos varones puedan acceder a ella si no alcanzan un acuerdo con su ex pareja, algo muy difícil de conseguir en la mayoría de las ocasiones.
Ante esta situación, muchos abogados han buscado otros caminos que, obviando la etiqueta de la custodia compartida, conducen en la misma dirección: "Tratamos de llegar a acuerdos en los que aumente la presencia del padre. Por ejemplo, si dos tardes a la semana los recoge del colegio, hace los deberes con ellos, les da de cenar, duermen en su casa y al día siguiente los llevan al cole. Si, además, pasan con el padre los viernes, sábados y domingos alternos y la mitad de las vacaciones escolares…, todo eso, aunque tenga la denominación de custodia materna, significa más de 150 días al año", explica Galán.

Desde la Asociación de Abogados de Familia se prevé, sin embargo, un crecimiento "radical" del número de custodia de los hijos en los próximos años, sobre todo en Catalunya, donde en este momento se debate el anteproyecto del Código de Familia. En él se establece que los jueces, sin necesidad de ningún informe del fiscal, han de otorgar de manera "preferente" la custodia compartida de los hijos cuando sus padres se separen o divorcien y no haya acuerdo siempre y cuando se den las circunstancias (horarios de los progenitores, vivienda y disponibilidad económica).

El TSJC ambiguo ante la Concesión de la Custodia Compartida

"¿De qué me sirve tener razón?"
http://www.lavanguardia.es/lv24h/20081004/53554106761.html

El TSJC apoya la custodia compartida pedida por Alfred Sánchez, pero no se la da.
Para su abogada Margarita Pascual Agustí "no sólo no se ha hecho justicia, sino que se ha dejado de impartir"
Mantener una conversación telefónica con Alfred Sánchez a eso de las 8 de la tarde es toda una odisea.
Es el momento de mayor actividad, cuando tiene que hacer frente al baño y a la cena de sus hijos, de 11 y 6 años.
Como ocurre en esos momentos en la mayoría de los hogares con niños, también en la de los divorciados, como es su caso.

La diferencia con respecto a los demás padres es que él ha sido catalogado por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) como un buen padre, tanto que en su caso los jueces creen que lo mejor para el interés de los menores es que la guardia y custodia sea compartida por ambos progenitores y no únicamente por la madre, como decretó un juzgado de instrucción.

Es la primera vez que un tribunal superior se pronuncia a favor de este asunto y aboga por generalizar la custodia compartida por el interés de los pequeños.

La custodia compartida ya se establece en el 10% de las sentencias de ruptura de parejas.
Sentencia de la custodia compartida del caso Alfred Sánchez :
"Sí, el TSJC dice que lo hago muy bien y que por el bienestar de mis hijos lo ideal sería que su custodia fuera compartida. ¿Y?, ¿revoca la custodia materna y otorga la compartida? No, el TSJC no. Sencillamente, no hace nada, pese a que tiene la potestad de hacerlo ya que es un tribunal superior…

¿De qué me sirve tener razón, de qué me sirve la teoría que lanzan los jueces a favor de la custodia compartida, de qué me vale que digan que mis hijos estarían mejor con su padre y con su madre y, sin embargo, los dejan a la custodia de su madre? Todo es un despropósito".

Alfred Sánchez, de 40 años, es profesor, al igual que su ex mujer, de la que se separó hace algo más de 5 años.
Vive en un piso de alquiler (ella se quedó con la casa familiar, aunque el paga el 50% de la hipoteca), donde reside con sus niños 3 días a la semana ya que cuenta con un régimen de visitas amplio.

"Con esta sentencia, el TSJC ha querido sentar doctrina en pro de la custodia compartida de los hijos, adelantándose con ello al futuro Código Civil catalán, pero en el presente caso no sólo no se ha hecho justicia, sino que se ha dejado de impartir", señala Margarita Pascual Agustí, abogada de Sánchez.

A la pregunta de ¿ahora qué?, la letrada reconoce que no hay muchas soluciones porque, según la ley, sólo se puede recurrir al tribunal de primera instancia si hubieran cambiado las circunstancias tenidas en cuenta en el divorcio, algo que no ha ocurrido.
O quizá sí han cambiado, indica Pascual, ya que ahora cuentan con el apoyo del TSJC.
"¿Le servirá a este padre dicha sentencia para que, si solicita la custodia compartida, se la den?", se pregunta. Ante este "mar de dudas", la abogada cree que el TSJC debería pronunciarse.