viernes, 7 de agosto de 2020

¿Me puedo divorciar antes de llevar 3 meses casados?

Por ley, no puedes divorciarte antes de que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio
, aunque hay circunstancias excepcionales que lo hacen posible.
Blanca Álvarez, 31 julio de 2020
Las consultas a abogados especialistas en divorcios han aumentado desde el fin del confinamiento, según apunta la Asociación Española de Abogados de Familia. Y se prevé que podrían incrementarse en hasta un 20 %. Son muchas las parejas que no han superado pasar juntas en casa las 24 horas del día durante estos meses y que han decidido poner fin a su matrimonio… ¡y cuanto más rápido, mejor! 
¿Puede hacerse en cualquier momento o hay algún requisito? 
Como contamos a continuación, el único que exige la legislación española es que hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio, aunque hay algunas excepciones. Además, si lo que importa es la rapidez, lo conveniente es hacerlo de mutuo acuerdo y ante notario.
¿Quieres el divorcio? Indispensable esperar 3 meses.
Es un clásico: después de cada periodo vacacional, en este caso un confinamiento de 3 meses, “se produce una solicitud mayor de información sobre las posibilidades de iniciar un procedimiento de divorcio”, señala Mario Utrilla, miembro del despacho Abogado Divorcio Express. 
Los interesados requieren información sobre su duración, las posibilidades de cada uno de los cónyuges de ostentar la guarda y custodia de los hijos, qué sucederá con el domicilio familiar, las pensiones de alimentos y un largo etcétera.
¿Se puede hacer en cualquier momento? 
Sí, siempre que la pareja lleve al menos 3 meses casada. Eso sí, “la ley no exige periodo de convivencia”, aunque sí ese mínimo plazo de duración del matrimonio, aclara el abogado.
Así lo establece la ley a través de nuestro Código Civil. En su art. 81.1 marca un periodo mínimo de 3 meses desde que se contrae matrimonio para pedir la separación o el divorcio, “que puede solicitar cualquiera de los cónyuges”, indica Ignasi Vives, abogado del despacho Sanahuja Miranda. Es una previsión legal e imperativa para todos los ciudadanos, “salvo supuestos excepcionales”.
Las excepciones para acortar el plazo
El plazo de 3 meses es el único requisito para divorciarse en España y sin él no se admitirá, por regla general, la demanda de separación o de divorcio. Sin embargo, no será preciso el transcurso de este tiempo para la interposición de la demanda, cuando se acredite la existencia de:
Riesgo para la vida.
Riesgo para la integridad física.
Riesgo para la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
Si no se trata de un divorcio, sino de un proceso de nulidad del matrimonio, “no se exige plazo”, señala Utrilla.
¿El divorcio más rápido? Amistoso y ante notario
El divorcio más rápido “es el que ambos cónyuges realizan de mutuo acuerdo“, indica Mario Utrilla. Pero, al margen de esta premisa, el método más rápido, con mucha diferencia y con el mismo coste, “es el divorcio notarial“. Los cónyuges pueden estar divorciados incluso en 24/48 horas, siempre que aporten los documentos imprescindibles para su divorcio.
Coincide con esta opinión Vives, más aún teniendo en cuenta “el colapso actual de la administración de justicia”. El abogado explica que un divorcio por la vía judicial suele tardar una media de 3 meses, mientras que si acudimos a la vía notarial, como máximo se resuelve el asunto en 2 semanas. Todo ello en supuestos de divorcio de mutuo acuerdo, “amistosos”. Si es contencioso, siempre se deberá acudir a la vía judicial, y los plazos se alargan.
Una aclaración más: el divorcio notarial no procede en los supuestos en que haya hijos menores de edad a su cargo. 
¿Por qué? “En aras a proteger los derechos del menor, el divorcio deberá estar sometido a tutela judicial”, apunta Vives.
¿Qué cuestiones ralentizan un divorcio?
El principal motivo que ralentiza un divorcio es la falta de acuerdo entre los cónyuges, sostiene Ignasi Vives, abogado del despacho Sanahuja Miranda. No siempre es fácil llegar a acuerdos, ya que “es mucho lo que se debe acordar en un divorcio”: la custodia de los menores, el régimen de visitas, la pensión de alimentos, las posibles compensaciones económicas entre cónyuges y la liquidación del régimen económico matrimonial.
Además, como aclara Mario Utrilla, abogado de Divorcio Express, los divorcios se pueden alargar por distintas causas procesales:
Causas externas al procedimiento. Sobre todo, debido a la aportación de documentos necesarios para interponer la demanda: certificados de matrimonio o nacimiento ubicados en Juzgados de Paz o en países extranjeros, apostilla de certificados cuando es necesario, documentos que acrediten la realidad económica de la familia, etc.
Causas internas: como puede ser la carga de trabajo del juzgado al que llegue este procedimiento judicial.

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