viernes, 7 de agosto de 2020

España: La Concesión o No de la Guarda y Custodia Compartida depende de la Ideología del Juez de turno

División de sentencias en las concesiones de custodias compartidas.
Alejandro Villalobos, 7 agosto 2020. 
Un hombre que por motivos de viaje no está algún día en su domicilio logró la custodia compartida de sus hijos tras el divorcio.
La A. P.  de Gudalajara que concedió la custodia compartida declaró que no es obstáculo para su concesión que tenga que pasar algún día fuera del domicilio.
Esta sentencia del 3 de marzo de 2020 responde a la decisión anterior del Juzgado de Primera Instancia de Guadalajara, que denegó en el proceso de divorcio el establecimiento de un sistema de guarda y custodia compartida.
La razón fue la incertidumbre respecto al horario de los viajes del padre por motivos laborales y sus pernoctas fuera del domicilio.
La Audiencia Provincial, al revocar la sentencia, consideró que la convivencia compartida es lo más beneficioso para los menores.
Según el certificado de la empresa en la que presta su trabajo, el padre tiene flexibilidad para fijar con antelación sus viajes o visitas, no existiendo prueba alguna de que no pueda hacerlo durante la semana que no tenga la custodia de sus hijos. Por tanto, puede compatibilizar sus obligaciones laborales con el ejercicio de la guarda de los menores.
Por otro lado, un padre extremeño ha perdido la custodia de su hijo al no poder atender sus necesidades básicas por trabajo. El padre, camarero de profesión, no podía cumplir con sus obligaciones por el horario de trabajo
Aunque argumentó que pedirá una reducción horario, la A. P. de Badajoz decidió otorgar la custodia a la madre, quien sí podrá hacerse cargo del niño. No obstante, la puerta quedó abierta a futuros cambios si cambiase la situación laboral del progenitor.

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