En la actualidad el único requisito exigido para pedir el divorcio en España es que hayan transcurrido al menos 3 meses desde la separación efectiva.
Ada Funes,12 agosto, 2019
Muchas personas que deciden poner fin a su matrimonio y divorciarse, no saben ni por dónde empezar, ya que se trata de un trámite con el que no se tiene por qué estar familiarizado si no se ha pasado por él con anterioridad.
Aquí te mostramos, paso a paso, cómo divorciarse en España, para que este proceso sea lo más sencillo y menos traumático posible.
El divorcio en España: lo que debes saber.
Desde que existe el divorcio en España, todo ha cambiado mucho, ya que la Ley 15/2005 modificó el Código Civil y en materia de separación suprimió las causas legales de separación y divorcio en España.
El divorcio en España: lo que debes saber.
Desde que existe el divorcio en España, todo ha cambiado mucho, ya que la Ley 15/2005 modificó el Código Civil y en materia de separación suprimió las causas legales de separación y divorcio en España.
Existen varios tipos de divorcios:
Divorcio de mutuo acuerdo: evita malos momentos y muchos quebraderos de cabeza, y es el que debemos intentar a toda costa para evitarnos sufrimientos.
Divorcio contencioso: se produce cuando no se llega a un acuerdo entre los cónyuges y es algo más complicado. Por tanto, lo 1º que debemos hacer es elegir a unos buenos profesionales y ponernos en sus manos para saber qué necesitamos.
Divorcio de mutuo acuerdo: pasos a seguir y procedimientos.
El divorcio de mutuo acuerdo es el más sencillo, y también el más recomendable. Se conoce como divorcio exprés según la ley 15/2005, porque no necesita alegar previa separación o causas. Es el divorcio más recomendable y al que más parejas acuden, por ser económico, rápido, y desde luego mucho menos desagradable. En este tipo de divorcio, al ser de carácter amistoso, los cónyuges pueden optar por compartir abogado y acudir a los Juzgados a todos los procedimientos con un solo abogado que les represente, aunque cada uno puede optar por elegir a su propio abogado.
En caso de existir mutuo acuerdo entre los cónyuges, el abogado redactará un convenio regulador por el que se regirá el divorcio, que estará basado en el acuerdo que han alcanzado los cónyuges. Este tipo de divorcio es conocido como divorcio exprés, ya que no necesita de una separación de hecho judicial, con cese de convivencia demostrada, previa a la solicitud del divorcio.
En este caso, las opciones serían las siguientes:
Procedimiento judicial: una vez redactada la demanda de divorcio, así como el convenio regulador, esta documentación se presentará ante el Juzgado competente. Tras la ratificación del convenio por ambas partes, el Juez dictará sentencia aprobando el convenio regulador y el convenio de divorcio, una vez que el Juez ha revisado que el convenio no perjudica a ninguna de las partes. Para este divorcio exprés, se os citará, a ti y a tu ex pareja, para la vista y para firmar los papeles de divorcio y el convenio. Acudiréis con vuestro abogado, que a su vez habrá contratado a un Procurador. Este se habrá hecho cargo de todo el papeleo para presentar la demanda de divorcio a los Juzgados e informar sobre la citación.
Procedimiento extrajudicial: si no tenéis hijos menores de edad emancipados, se puede acudir directamente a un Notario para tramitar y firmar el divorcio, sin ninguna clase de trucos. El abogado presentará el convenio regulador en la notaría y se acompañará a la escritura de divorcio como documento adjunto.
Divorcio contencioso: pasos a seguir y procedimiento.
En este caso, la demanda será presentada por 1 solo de los cónyuges, que estará representado por un procurador y asistida por un abogado. No se presentará convenio regulador. En la demanda se deberán precisar las medidas que se deban adoptar en relación a la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas para el progenitor que no viva con los hijos, la pensión de alimentos para los hijos y la compensatoria (si uno de los cónyuges no percibe ingresos), la liquidación del régimen económico del matrimonio, y el uso de la vivienda.
Se dará traslado de la demanda al otro cónyuge para que conteste en el plazo de 20 días. Para contestar a la demanda será preciso abogado y procurador. En la contestación se manifestará la conformidad o no con lo solicitado por el demandante y se incluirán las medidas que se solicitan (guarda y custodia, régimen de visitas, pensiones a percibir, etc.)
Una vez que se ha contestado a la demanda de divorcio, se citará a las partes a una vista o juicio oral en el que se presentarán las pruebas oportunas en apoyo de las medidas solicitadas. Estas medidas serán revisadas por el Juez y el Fiscal, si hay hijos menores. Celebrado el juicio, el Juez dictará sentencia reconociendo, en todo caso, el divorcio y acordando las medidas que van a regir el mismo.
Siempre es más aconsejable intentar llegar a un acuerdo, incluso se puede contratar la figura de un mediador familiar para llegar a un acuerdo entre las partes, sin necesidad de ir a un juicio contencioso. Pero, en cualquier caso, éstas son las opciones, y para obtener el divorcio en España, todo depende de la buena voluntad que pueda existir por ambas partes.
Qué documentación necesitarás
Para tramitar el divorcio, se necesitará el certificado literal de matrimonio, si hay hijos el certificado de nacimiento de los hijos, el certificado de empadronamiento de los cónyuges (aunque no siempre se solicita), así como certificados bancarios de cuentas corrientes.
Divorcio de mutuo acuerdo: evita malos momentos y muchos quebraderos de cabeza, y es el que debemos intentar a toda costa para evitarnos sufrimientos.
Divorcio contencioso: se produce cuando no se llega a un acuerdo entre los cónyuges y es algo más complicado. Por tanto, lo 1º que debemos hacer es elegir a unos buenos profesionales y ponernos en sus manos para saber qué necesitamos.
Divorcio de mutuo acuerdo: pasos a seguir y procedimientos.
El divorcio de mutuo acuerdo es el más sencillo, y también el más recomendable. Se conoce como divorcio exprés según la ley 15/2005, porque no necesita alegar previa separación o causas. Es el divorcio más recomendable y al que más parejas acuden, por ser económico, rápido, y desde luego mucho menos desagradable. En este tipo de divorcio, al ser de carácter amistoso, los cónyuges pueden optar por compartir abogado y acudir a los Juzgados a todos los procedimientos con un solo abogado que les represente, aunque cada uno puede optar por elegir a su propio abogado.
En caso de existir mutuo acuerdo entre los cónyuges, el abogado redactará un convenio regulador por el que se regirá el divorcio, que estará basado en el acuerdo que han alcanzado los cónyuges. Este tipo de divorcio es conocido como divorcio exprés, ya que no necesita de una separación de hecho judicial, con cese de convivencia demostrada, previa a la solicitud del divorcio.
En este caso, las opciones serían las siguientes:
Procedimiento judicial: una vez redactada la demanda de divorcio, así como el convenio regulador, esta documentación se presentará ante el Juzgado competente. Tras la ratificación del convenio por ambas partes, el Juez dictará sentencia aprobando el convenio regulador y el convenio de divorcio, una vez que el Juez ha revisado que el convenio no perjudica a ninguna de las partes. Para este divorcio exprés, se os citará, a ti y a tu ex pareja, para la vista y para firmar los papeles de divorcio y el convenio. Acudiréis con vuestro abogado, que a su vez habrá contratado a un Procurador. Este se habrá hecho cargo de todo el papeleo para presentar la demanda de divorcio a los Juzgados e informar sobre la citación.
Procedimiento extrajudicial: si no tenéis hijos menores de edad emancipados, se puede acudir directamente a un Notario para tramitar y firmar el divorcio, sin ninguna clase de trucos. El abogado presentará el convenio regulador en la notaría y se acompañará a la escritura de divorcio como documento adjunto.
Divorcio contencioso: pasos a seguir y procedimiento.
En este caso, la demanda será presentada por 1 solo de los cónyuges, que estará representado por un procurador y asistida por un abogado. No se presentará convenio regulador. En la demanda se deberán precisar las medidas que se deban adoptar en relación a la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas para el progenitor que no viva con los hijos, la pensión de alimentos para los hijos y la compensatoria (si uno de los cónyuges no percibe ingresos), la liquidación del régimen económico del matrimonio, y el uso de la vivienda.
Se dará traslado de la demanda al otro cónyuge para que conteste en el plazo de 20 días. Para contestar a la demanda será preciso abogado y procurador. En la contestación se manifestará la conformidad o no con lo solicitado por el demandante y se incluirán las medidas que se solicitan (guarda y custodia, régimen de visitas, pensiones a percibir, etc.)
Una vez que se ha contestado a la demanda de divorcio, se citará a las partes a una vista o juicio oral en el que se presentarán las pruebas oportunas en apoyo de las medidas solicitadas. Estas medidas serán revisadas por el Juez y el Fiscal, si hay hijos menores. Celebrado el juicio, el Juez dictará sentencia reconociendo, en todo caso, el divorcio y acordando las medidas que van a regir el mismo.
Siempre es más aconsejable intentar llegar a un acuerdo, incluso se puede contratar la figura de un mediador familiar para llegar a un acuerdo entre las partes, sin necesidad de ir a un juicio contencioso. Pero, en cualquier caso, éstas son las opciones, y para obtener el divorcio en España, todo depende de la buena voluntad que pueda existir por ambas partes.
Qué documentación necesitarás
Para tramitar el divorcio, se necesitará el certificado literal de matrimonio, si hay hijos el certificado de nacimiento de los hijos, el certificado de empadronamiento de los cónyuges (aunque no siempre se solicita), así como certificados bancarios de cuentas corrientes.
Nota: Lapsus de la periodista sobre la presentación del convenio regulador, la Pensión Compensatoria y la Liquidación de Bienes Gananciales. Esperemos que no tenga que pasar por este trance y que se vuelva a leer la ley.
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