La custodia compartida es ya una realidad, poco a poco ha aumentado el número de familias que optan por esta solución ante un divorcio o separación, para seguir implicados en el cuidado de los hijos. Y también va aumentando el número de sentencias que la conceden cuando uno de los progenitores no está de acuerdo.Las cifras lo demuestran: en 2016, la custodia compartida se otorgó en un 28,3 % de los divorcios y separaciones (en el año 2015 se dio en un 24,7% de las separaciones).
Aunque la jurisprudencia es cada vez más favorable a que los padres compartan la custodia, a falta de una ley nacional que la regule, en la mayoría de las comunidades autónomas la última decisión sigue estando prácticamente en manos del juez, aunque en el año 2013, una sentencia del Tribunal Supremo de 29 de abril de 2013, declaró que ” la guarda y custodia compartida no era una medida excepcional, sino que habría de considerarse normal e incluso deseable”.
Hasta el momento, solo 4 comunidades autónomas, Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra han legislado para favorecer la custodia compartida en las separaciones y divorcios. No obstante, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional anuló la ley de Valencia por carecer esta comunidad de fueros civiles.
Por lo tanto, salvo en las 3 comunidades que cuentan con legislación propia (Aragón, Cataluña y Navarra), en el resto del país la custodia compartida se rige por los cambios que hizo Ley 15/2015 de 8 de julio en el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil
Según explican desde ABA Abogadas, en 2013 se aprobó el Anteproyecto de Ley sobre el Ejercicio de la Corresponsabilidad Parental en caso de Nulidad, Separación o Divorcio, conocido popularmente como “Anteproyecto de Ley de Custodia Compartida”, pero no se ha desarrollado.
No obstante, según explica Mariluz García, especialista en Derecho de Familia de ABA Abogadas, la actual legislación permite que los padres puedan solicitar de mutuo acuerdo la custodia; y también que el juez adopte la custodia la compartida cuando uno de los progenitores lo solicita, siempre que la decisión de fijar la custodia compartida se funde en el interés superior del menor.
Para proteger el interés del menor, la ley niega la posibilidad de fijar una custodia compartida cuando cualquiera de los padres esté incluido en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivieran con ambos, y también cuando existan indicios fundados de violencia doméstica.
Qué se valora para dar la custodia compartida
Poco a poco, la jurisprudencia ha ido estableciendo los criterios que hay que seguir para valorar si es conveniente o no dar la custodia compartida.
Por ejemplo, según explican desde ABA abogadas, la sentencia 623/2009 del Tribunal Supremo de 8 de octubre de 2009 estableció algunos requisitos a valorar como
Las relaciones anteriores del progenitor con el menor y sus aptitudes personales.
La opinión del menor (el juez escucha a los mayores de 12 años y los menores de esta edad son evaluados por psicólogos)
El número de hijos.
El cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales y con otras personas que convivan con en el hogar familiar.
Los acuerdos adoptados por los progenitores.
La ubicación de sus domicilios, horarios y actividades.
El resultado de todos los informes exigidos legalmente.
Según explica la abogada de ABA, en general, el principal obstáculo para dar la custodia compartida es la distancia entre las residencias de los progenitores, sobre todo cuando estos viven en otra ciudad, básicamente por el problema de escolarización que supone para el menor.
Nota: ¿Por que se le ha olvidado la ley del Pais Vasco del 2016? ¿O es que no recoge la Custodia Compartida?.En todas ellas, se refiere a la Custodia Compartida de Mutuo Acuerdo, para lo cual no hace falta una normativa legal. El Divorcio es un negocio de abogados y políticos por sus efectos económicos.
1 comentario:
Hola.viviendo en la actualidad en un piso compartido podria aspirar a la custodia compartida?
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