Otro Sí/14
Dic, 2015.-
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015, Recurso: 2489/2013; Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana.Se reitera como doctrina jurisprudencial la siguiente: “El derecho a obtener la compensación por haber contribuido uno de los cónyuges a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico en el régimen de separación de bienes requiere que habiéndose pactado este régimen, se haya contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para casa. Se excluye, por tanto, que sea necesario para obtener la compensación que se haya producido un incremento patrimonial del otro cónyuge”.
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015, Recurso: 2489/2013; Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana.Se reitera como doctrina jurisprudencial la siguiente: “El derecho a obtener la compensación por haber contribuido uno de los cónyuges a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico en el régimen de separación de bienes requiere que habiéndose pactado este régimen, se haya contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para casa. Se excluye, por tanto, que sea necesario para obtener la compensación que se haya producido un incremento patrimonial del otro cónyuge”.
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