martes, 24 de septiembre de 2013

Violencia de Género y Divorcio

Al haber existido absolución en procedimiento por violencia de género, se dejan sin efectos las limitaciones impuestas en la sentencia de divorcio relativas al desarrollo del régimen de visitas paterno-filial.

AP de Barcelona: Se recurre en apelación la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción, exclusivo violencia sobre la mujer, que denegó al recurrente la modificación de medidas de divorcio que había solicitado.

La Sala declara que las limitaciones de entrega y recogida del hijo menor del actor en el desarrollo del régimen de visitas paterno-filial, señalado para fines de semana alternos y periodos vacacionales, establecidas en la sentencia impugnada en base a la existencia de un procedimiento penal entablado por violencia de género, han de quedar sin efecto ante la desaparición de las circunstancias tenidas en consideración para su aplicación, al haberse dictado sentencia penal absolutoria.

La sentencia completa en nuestra web

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