...en relación a su hija menor.
Se desestima el recurso de apelación
interpuesto contra la sentencia que decretó la disolución por divorcio
del matrimonio de la recurrente, estableciendo la guarda y custodia de
la hija menor fruto del matrimonio a favor del padre, siendo la
pretensión de la actora que se instaure un sistema de guarda y custodia
compartida alternativa.
La AP de Madrid declara que no existen
motivos para alterar el fallo de la sentencia impugnada, toda vez que
sus conclusiones se sustentan en el examen directo por su parte de las
circunstancias del caso, que aconsejan, en interés de la menor, que ésta
continúe viviendo con su padre.
A su juicio, no concurren en el caso
los presupuestos legalmente previstos para la instauración de una guarda
y custodia compartida alternativa, de conformidad con lo dispuesto en
el art. 92.5, 6 y 7 CC, en su redacción dada por el art. 8 de la Ley
15/2005, de 8 de julio, al no haberse acreditado que solo a través de
dicho sistema de guarda queden protegidos los superiores intereses de la
menor, ni existir acuerdo entre los padres sobre su conveniencia.
La sentencia de la AP de Madrid
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