sábado, 6 de diciembre de 2014

Sonia Ferrer: pierde la batalla de la custodia compartida

Sonia Ferrer y Marco Vricella: Fotos del matrimonio

ellahoy.es/ 
Marco Vricella le ha ganado la batalla a Sonia Ferrer y la custodia de su hija será compartida después del proceso de divorcio. Hay que recordar que la presentadora había pedido al juez que solo fuera ella la que tuviera la custodia de la pequeña Laura, pero finalmente no será así. Además, el cirujano italiano pidió expresamente a la jueza hacerse cargo de los 700 euros que cuesta el colegio privado de su hija para evitar que su educación se vea afectada por temas económicos.
Marco Vricella ha ganado la batalla de los tribunales a Sonia Ferrer. El Juzgado de San Lorenzo de El Escorial, en concreto una jueza, ha dictado sentencia en relación con el proceso de divorcio que enfrentó al cirujano y la presentadora en los tribunales después de que su paso por el programa Más que Salto provocara su divorcio.
Al final, la jueza se ha mostrado de acuerdo con la propuesta de Vricella y ha decidido que la custodia de la hija de ambos, Laura, sea compartida: pasará una semana con cada uno de los progenitores de jueves a jueves. Un jarro de agua fría para la presentadora que pretendía quedarse ella sola con la custodia. Hasta ahora, todo se mantenía con una sentencia provisional que otorgaba la custodia a ella y una pensión de 1.500 euros, pero ya hay definitiva, y la cosas han cambiado.
Aunque los gastos serán compartidos, el cirujano italiano pidió expresamente a la jueza hacerse cargo de los 700 euros que cuesta el colegio privado de su hija para evitar que su educación se vea afectada por temas económicos. Algo a lo que ha accedido la magistrada.
Ya se vio que la cosa no pintaba nada bien para Sonia, cuando se la vio llorando a la salida del juicio. Y es que la actual pareja de Álvaro Muñoz Escassi solicitó una pensión compensatoria de 2.000 euros durante 4 años, quedarse con el vehículo de gama media que conduce y una pensión alimenticia de 1.400 euros al mes para su hija. Unas pretensiones que la jueza no aceptó por creerlas desproporcionadas.
Aún no se sabe si la presentadora piensa recurrir el auto, ya que tiene un plazo de unos días para hacerlo. Un duro mazado para Ferrer, así que en estos momentos su pareja Alvaro Muñoz Escassi tendrá que estar más unido a ella que nunca. 

En Otros medios: el economista.es; abc.es; 

La juez quita la pensión alimenticia a un joven en paro


...... para evitar una "cómoda postura de dependencia"

vozpopuli.com/Sevilla/ 05.12.2014  
El padre divorciado de un joven de 24 años había solicitado modificar las medidas de divorcio para extinguir la pensión alimenticia del joven, que ha terminado su formación académica y no tiene trabajo estable. La juez entiende que mantenerla generaría cómoda dependencia.
La juez considera que el joven puede iniciar una búsqueda activa de empleo.

Una juez de Sevilla ha extinguido la pensión alimenticia que un padre divorciado venía abonando mensualmente a favor de su hijo mayor, de 24 años de edad, porque, aunque éste está actualmente en paro y no ha sido capaz de lograr un trabajo "estable y continuado" en el tiempo, "se encuentra en condiciones para acceder al mercado laboral".
En una sentencia fechada el pasado día 1 de diciembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez de Primera Instancia nº 23 de Sevilla estima de este modo la demanda sobre modificación de las medidas adoptadas en sentencia de divorcio que presentó el abogado del padre, Juan Manuel Gabella Ventura, del despacho Burear Abogados y Economistas.
De este modo, el letrado solicitó la supresión de la pensión respecto del hijo mayor de la pareja al haber concluido su formación académica y haberse incorporado al mercado laboral, y en consecuencia interesó la reducción del importe de la pensión de alimentos que venía abonando a la cantidad de 200 euros, ya que la pareja tiene otros 2 hijos en común.
La parte demandada, de su lado, se opuso a la modificación pretendida y alegó que el padre "nunca ha hecho frente a los pagos pactados en convenio en relación a los hijos" y que el hijo mayor "carece de independencia económica, pues no ha podido terminar sus estudios, sigue viviendo en el domicilio familiar y solo ha trabajado ocasional y esporádicamente".
La juez considera que la pensión no debe supeditarse solo a que el joven conviva en el hogar familiar y no tenga autonomía económica, porque podría derivar en una cómoda postura de dependencia
La juez explica que el objeto de discusión en este procedimiento "se ciñe a la modificación de las medidas patrimoniales adoptadas en sentencia, en concreto la modificación de la pensión alimenticia a favor de los hijos del matrimonio que quedó establecida en 300 euros en la sentencia dictada por este juzgado de acuerdo con el convenio" suscrito por las partes.
Al hilo de ello, la juez señala que, "de la prueba practicada" en el juicio, "queda acreditado" que la madre "está trabajando y sigue percibiendo los mismos ingresos que percibía al tiempo de dictarse sentencia", no obstante lo cual "se han modificado las circunstancias tenidas en cuenta en relación a los alimentistas, pues uno de ellos ha estado trabajando aún cuando convivía en el domicilio familiar".
En este sentido, recuerda que "el deber de alimentos subsiste hasta que alcancen los hijos la posibilidad de proveer por sí mismos a sus necesidades, entendida, no como una mera capacidad subjetiva de ejercer profesión u oficio, sino como una posibilidad real y concreta en relación con las circunstancias concurrentes, debiendo implicar los hijos la debida diligencia en la búsqueda de un trabajo, so pena de perder el derecho de alimentos, salvo que no haya terminado aún su formación por causa que no le sea imputable", tal y como ha señalado una sentencia de la Audiencia Provincial de Almería.
Continua el artículo AQUI 
En otros Medios; iustel.com/

viernes, 5 de diciembre de 2014

Lorenzo Lamas gana la custodia principal de sus 3 hijas

Lorenzo Lamas ha ganado la custodia total de sus 3 hijas, en una batalla legal contra su ex esposa, la actriz Shauna Sand .
Lamas y su 4ª esposa se divorciaron en 2002 después de un matrimonio de 6 años, y Lamas presentó documentos legales el mes pasado para impugnar su acuerdo de custodia compartida.
Lamas acusó a Sand de ser una mala madre, y sus hijas Alexandra , Victoria e Isabel escribieron cartas al juez pidiendo vivir con su padre.
Según Tmz.com, el juez ha fallado a favor de Lamas haciéndole el padre principal. Las menores van a vivir con él y Sand se ocupará de ellas los fines de semana.

jueves, 4 de diciembre de 2014

Reformas pendientes del Ministerio de Justicia

En el desayuno informativo de Europa Press: Catalá anuncia que antes de fin de año se aprobarán las principales reformas de la legislatura
 
Ministerio de Justicia/2 de diciembre de 2014
 · La Ley de Enjuiciamiento Criminal regulará los medios de investigación en el proceso penal
· La nueva oficina judicial se extenderá a toda España.
· La Ley Orgánica del Poder Judicial mantendrá los partidos judiciales.
· El ministro ha advertido contra los que comprometen los derechos de todos españoles.
Documento AQUI
 
Nota: Ni una palabra sobre la Custodia Compartida.... ¿por que será? 

Catalá se compromete a mejorar las tasas judiciales


....... para que todo el mundo tenga acceso a los tribunales
| 03 Diciembre 2014 







El ministro de Justicia, Rafael Catalá, se comprometió ayer a reformas en materia de asistencia jurídica gratuita y de tasas judiciales que garanticen que ningún ciudadano deje de acceder a los juzgados y tribunales por falta de recursos económicos. Rafael Catalá presentó ayer en el Senado sus líneas de actuación para lo que queda de legislatura.
En cuanto a la asistencia jurídica gratuita, el ministro de Justicia aseguró que se ampliará el número de beneficiarios y que en el proyecto de ley que comenzará pronto a debatirse en el Senado se introducirán enmiendas de mejora para que “nadie se quede sin ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva por falta de recursos”.
En este sentido, Catalá dijo que ya se ha introducido una enmienda en la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para 2015 para financiar con 6 millones de euros la partida destinada a justicia gratuita y que el reparto de esta cantidad se materializará a través de convenios con las comunidades para garantizar la mejor prestación del servicio.
Catalá espera presentar “en breve” la reforma de la ley de tasas judiciales tras estudiar los datos y la información aportados por el Consejo General del Poder Judicial y de la Agencia Tributaria sobre su impacto. “Se trata de asegurarnos que las tasas nunca puedan generar una limitación al derecho a acceso a la justicia por los ciudadanos”, dijo.
El titular de Justicia adelantó algunos de los aspectos más relevantes que incluirán las reformas de las leyes de Enjuiciamiento Criminal y del Poder Judicial.
Para que ningún ciudadano resulte perjudicado en cuanto a los tiempos de respuesta de los órganos judiciales se establecerán nuevos criterios para el reparto provincial de asuntos sin que desaparezcan los partidos judiciales.
Así, cuando un juzgado supere el máximo de la carga de trabajo prevista, con la finalidad de evitar retrasos y demoras, se repartirán los asuntos a otros próximos con carga inferior. Catalá destacó además la importancia de adecuar la plantilla judicial a las necesidades reales de los ciudadanos.
En esta línea, recordó que según un reciente informe de la Comisión Europea sobre la eficacia de la justicia, España tiene 11,2 jueces por cada cien mil habitantes, “con lo que se sitúa en torno a la media europea”, muy cerca de Holanda (14,4), Bélgica (14,3), Suecia (11,8) y por delante de otros países como Noruega (11), Francia (10,7), Italia (10,6) y el Reino Unido (4).
Por otra parte, destacó el reto que supone para todas las administraciones la lucha contra la corrupción y subrayó “la batería histórica” de reformas que anunció el jueves pasado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
Entre esas medidas el ministro recordó que por 1ª vez en democracia se crea el delito específico de financiación ilegal de los partidos políticos, se agravan las penas de inhabilitación y se aumentan los plazos de prescripción.

Documento completo AQUI

Custodia Compartida: Igualdad de derechos entre Padres e hijos

elperiodic.com |Comunidad valenciana|03/12/2014 |
Permite a los menores mantener los lazos de afectividad y una relación continuada con ambos padres.
El conseller de Gobernación y Justicia, Luis Santamaría, ha afirmado hoy que la Ley Custodia Compartida "conjuga los derechos de ambos progenitores, primando siempre el interés de los hijos, cuando se produce una ruptura de la unidad familiar". Santamaría ha realizado estas declaraciones, durante la inauguración de la jornada "Custodia Compartida: Aspectos legales y psicológicos" que ha tenido lugar en Oliva, organizada por la Asociación de Amas de Casa y Consumidores Tyrius.
El titular de Gobernación y Justicia, ha explicado que la ley valenciana contempla por un lado, "el derecho de los hijos a mantener una relación equilibrada con sus padres, y por otro, el derecho y deber de los padres a educar a sus hijos". De esta, manera, "se garantiza a ambos progenitores el ejercicio de sus derechos y obligaciones en situación de igualdad".
En este sentido, ha destacado la importancia de que ambos progenitores se impliquen en todos los aspectos del desarrollo de los hijos ya que "no es solo una necesidad sino una obligación para con todos los implicados en un proceso tan complejo como es la ruptura de la unidad familiar".
"Se puede perder la condición de marido y mujer, pero nunca se pierde la condición de padre y madre, y cualquiera puede entender que en beneficio del futuro de los hijos, se les dé a los progenitores las máximas garantías para poder seguir desarrollando ese papel esencial al que es imposible renunciar", ha incidido el conseller.
Por otro lado, entre las ventajas de la custodia compartida Santamaría ha señalado el hecho de que los hijos mantengan los lazos de afectividad y una relación continuada con ambos padres, que permita una aceptación de la nueva situación familiar por parte de los menores, y que ambos progenitores se impliquen por igual en la educación de los niños, además de reducir la litigiosidad entre ambos.
No obstante, el conseller de Gobernación y Justicia también ha abordado los inconvenientes que se plantean en la adopción de esta medida, como puede ser la dificultad que entraña el suponer que habrá disposición a aceptar el acuerdo.
El conseller ha afirmado que el actual marco legislativo "crea justamente un espacio para que ese consenso y esa cooperación se genere, aunque de entrada no exista y traslada un mensaje de normalidad, tolerancia y respeto a la igualdad ".
Por último, Santamaría ha recordado que la custodia compartida se establece como preferente, "sin que ello suponga la exclusión de otras formas" y ha apelado al "buen hacer de los jueces a la hora de determinar su concesión o no, en cada caso concreto, siempre atendiendo al superior interés del menor".

miércoles, 3 de diciembre de 2014

Cantabria: ¿Crecen los casos de custodia compartida entre los padres ?


Imagen de un padre con su hijo.

Con mamá, y también con papá 

Una magistrada cántabra especialista en el tema resuelve las dudas más comunes en estas situaciones


La custodia compartida ha sido hasta ahora una vía infrecuente para resolver divorcios con hijos menores de edad. Para que ambos progenitores compartan el cuidado, han de cumplirse ciertas circunstancias, y además, los menores pueden participar en el proceso. Recientemente, el Tribunal Supremo ordenaba a la A.P. de Orense que escuchase a los dos hijos de una pareja antes de decidir si concedía este tipo de régimen, u otorgaba la tutela a uno de los progenitores. Hoy en día, y sin ser considerada ya una medida excepcional, la custodia compartida es cada vez más demandada por los padres.
En 2013, Cantabria fue una de las comunidades españolas donde menos separaciones y divorcios se produjeron: 45 y 1.145, respectivamente, según datos del Instituto Nacional de Estadística. 
De esos 1.145 divorcios, la custodia fue otorgada a la madre en 478 casos y al padre en 30. Solo en 54 fue compartida (el resto de situaciones no figuran en el informe o fueron resueltas de otra forma). Lo cual no quita que esta fórmula vaya en aumento.
Existen diferentes formas de aplicar la custodia compartida, aunque la forma de decidirla varía. Si los padres llegan a un acuerdo, ellos mismos pactan los términos. Por contra, cuando surge un litigio, "el juez establece el régimen de visitas en función del caso concreto. Lo más importante de todo es proteger el interés del menor", señala Luisa Vidal, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Medio Cudeyo. "Lo que más se valora es la situación anterior del niño, es decir, quién se encargaba de su cuidado", explica. "La disponibilidad de los padres también se tiene en cuenta", añade.
Las siguientes son algunas de las dudas más frecuentes sobre este asunto.
¿Cuándo puede otorgarse la guarda y custodia compartida?
En 2 situaciones: "Cuando sea solicitada por ambos progenitores, y cuando a pesar de no existir esa circunstancia, se acuerde para proteger el interés del menor de forma más eficaz".
¿Cuándo debe y puede ser oído el menor por el juez?
"La Ley dice que el menor debe ser oído siempre que le afecte", señala Vidal. "Aunque es preceptiva una entrevista con el niño cuando es mayor de 12 años, en algunas ocasiones, si están de acuerdo los padres, si lo solicita el Ministerio Fiscal o se considera estrictamente necesario, también se les examina".
En estos casos, el juez y el fiscal hablan con el menor elaborando las preguntas en forma de juego. "Recibimos ayuda de un grupo de psicólogos, que también se reúne con los padres, y finalmente nos entregan un informe psicosocial con valor pericial. No es vinculante, pero sí muy importante".
Si los niños son mayores de 12 años, la situación es más fácil. Se entiende que tienen madurez y juicio suficiente para poder expresarse. En ocasiones puede originarse un "conflicto de lealtades", o lo que es lo mismo, cuando se influencia al menor para que tire hacia un lado u otro. En caso de ser adolescentes, de 15 a 17 años, "se suele tener en cuenta su voluntad antes de decidir. Es difícil ir en su contra y puede ser contraproducente para los padres", reconoce la magistrada.
¿Qué valora el juez a la hora de otorgar la custodia compartida?
Los principales factores que se analizan son "el informe del equipo psicosocial del juzgado", y "el entendimiento entre ambos progrenitores en relación a la educación, sanidad y alimentación del menor".
También influye la proximidad entre los domicilios de los padres. "En algunas ocasiones, la custodia compartida exige hasta 3 viviendas: una donde viven los hijos, y otras 2 para los padres cuando no les toca quedarse con los menores". Vivir cerca del centro de estudios también se valora.
El juez estudia que "el horario laboral de los progenitores" sea compatible con el de los niños, para así pasar tiempo con ellos. O "la rutina que se tenía con los menores, y las funciones de las que cada uno se encargaba". Es decir, si estaban implicados en su cuidado y manutención. Y por último, "que no exista una relación conflictiva entre los padres (Esto lo ha eliminado el TS) y que haya respeto mutuo".
¿Existen edades en las que no es conveniente otorgar la custodia compartida?
"Hay muchas teorías sobre este punto", reconoce Vidal. En general, y según algunos especialistas, "si los niños son menores de 5 años, es preferible otro tipo de custodia. Los niños pequeños necesitan estabilidad y el movimiento perturba su desarrollo".
En cuanto a los bebés, "la custodia compartida resulta imposible si la madre le da el pecho al pequeño". En esos casos, "el régimen de visitas se establece sin pernocta fuera y se va integrando más tarde poco a poco".
Nota: ¿El titulo refleja la realidad que describe la jueza? va a ser que no.