jueves, 29 de enero de 2026

Tras el Divorcio: Ayudas de la Seguridad Social 2026

La Seguridad Social esconde ayudas que casi nadie conoce: algunas podrían darte un vuelco económico.
Pedro Antolinos, Periodista, 28/01/2026 
La Seguridad Social ofrece un gran número de ayudas que puede que desconozcas. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 publicó hace unos meses la ‘Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2025’, a la que se pueden acoger los ciudadanos que cumplan con los requisitos. 
Estas bases han sido actualizadas al mes de abril de 2025 y, desde el 1 de enero, algunas de estas prestaciones han incrementado sus cuantías. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las ayudas ‘desconocidas’ de la Seguridad Social.

Mientras el Gobierno de Pedro Sánchez sigue a la deriva camino al día de su juicio final, desde los diferentes ministerios del ejecutivo siguen aprobando ayudas para que los beneficiarios no se olviden de ellas en las próximas elecciones. 
En la ‘Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2025’, actualizada hace unos meses, se pueden encontrar prestaciones ocultas a nivel familiar, en materia de empleo, vivienda o hasta en cultura y deporte.

Las ayudas ‘ocultas’ de la Seguridad Social
Complemento para la reducción de brecha de género
Esta ayuda de la Seguridad Social poco a poco va siendo más conocida desde que los padres también pueden acceder cumpliendo con unos requisitos. Esta es la histórica prestación para la maternidad de la que ahora también se pueden aprovechar los progenitores que durante su trayectoria profesional hayan cotizado de menos por estar al cuidado de los hijos.

«Las mujeres que hayan tenido 1 o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad, reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la incidencia que, con carácter general, tiene la brecha de género en el importe de las pensiones contributivas de la Seguridad Social de las mujeres», dice la Seguridad Social sobre una ayuda que ahora también va directa a los hombres.
Las cuantías serán de 35,90 € al mes por hijo hasta los 143,60 €, que se establecen como máximo mensual en caso de tener 4 hijos.

Ayudas en caso de impago de pensiones de alimentos en situaciones de separación o divorcio
Las separaciones o divorcios son tendencia en España y el Fondo de Garantía de Pago de Alimentos se encarga de los menores que puedan ser víctimas del impago de una de las partes en la pensión de alimentos. «Los poderes públicos deben dar cobertura y solución a estas situaciones de desatención de los hijos e hijas menores, proporcionando una garantía para la protección económica de las familias que se encuentren en estas circunstancias», informan desde la Seguridad Social.

«Es la prestación económica que el Fondo reconoce al titular de los alimentos impagados, adelantándole la pensión alimenticia adeudada (en todo o en parte) por el obligado al pago», dice a la vez que informa que la cuantía del anticipo por beneficiario es de 100 € mensuales, que percibirá la madre, padre o persona que tenga la guardia y custodia de la persona beneficiaria.

Ayudas al alquiler de la vivienda habitual
España tiene un problema en vivienda que el Gobierno de Sánchez no está sabiendo atajar y, por ello, ofrecen unas ayudas para el alquiler cuyos beneficiarios serán los inquilinos o personas arrendatarias cuando el tipo de la vivienda sea habitual y permanente.

El requisito principal para acceder a esta ayuda será el límite de ingresos de la unidad de convivencia, que no podrá superar 3 veces el IPREM. La cuantía de la ayuda será de hasta el 50% de la renta del alquiler, con un límite de 600 € al mes y 900 € sólo en casos más graves. Esta ayuda de la Seguridad Social se podrá alargar durante 5 años.

Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
España tiene un problema con la baja tasa de natalidad y por ello desde hace años se fomenta el nacimiento o adopción con ayudas. En esta guía se puede encontrar una que va directa a las mujeres que tengan riesgo durante el embarazo y la lactancia natural. Las personas que estén en esta situación cobrarán el 100% de la base reguladora hasta la suspensión.

«Es la situación que se produce cuando la trabajadora está expuesta en el desarrollo de su trabajo a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de ella misma, del feto o para el lactante, y así lo certifiquen los servicios médicos del INSS o de las Mutuas», informa la Seguridad Social, que también deja claro que: «El empresario debe adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo de la trabajadora afectada o pasar a desempeñar un puesto de trabajo diferente compatible con su estado. Si ello no es posible, se procederá a la suspensión del contrato de trabajo».

Subsidio para personas víctimas de violencia de género o sexual
El SEPE ofrece varios subsidios para las personas que estén en situación de desempleo y uno hace mención a las víctimas de violencia de género o sexual. «Si eres persona víctima de violencia de género, sexual o la ejercida por padres o hijos, puedes acceder al subsidio por desempleo si cumples los requisitos exigidos», informan, siendo uno indispensable estar en situación de desempleo y haber agotado la prestación. Las cuantías serán las siguientes:
Primeros 180 días: 570 € al mes.
Día 181 al 360: 540 € al mes.
A partir del día 361: 480 € al mes.

Ayuda por lesiones temporales tras un accidente de tráfico
Las personas que son víctimas de un accidente de tráfico también pueden acceder a unas prestaciones de la Seguridad Social, que van destinadas a cubrir el periodo de tiempo en el que no pueden cumplir con su trabajo. Estas cuantías pueden ir desde 39 € al día para las personas que necesiten de una rehabilitación hasta los 130 € al día para las personas que estén en la UCI y hayan perdido la autonomía. 
Si hay operación quirúrgica, se recibirá entre 500 € y 2.000 en función de la complejidad de la operación. A esto hay que sumar las cantidades percibidas por la baja laboral y la posterior incapacidad permanente.

miércoles, 28 de enero de 2026

Igualdad cambiará las pulseras antimaltrato por tobilleras

..... porque “son menos manipulables”.
El Gobierno licita un nuevo contrato por 71 millones tras los fallos en los dispositivos. El pliego obliga a cambiar los aparatos defectuosos en 24 horas
Mª Sosa Troya, Madrid - 27 Enero 2026 
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un acuerdo por el que se autoriza un nuevo contrato, por 71 millones de €, para gestionar las llamadas pulseras antimaltrato, los dispositivos que víctimas de violencia machista —tanto de género como sexual— y sus agresores llevan cuando se dicta una orden de alejamiento. El actual contrato expira el próximo 6 de mayo y la decisión se toma después de que hace unos meses trascendieran fallos en estos aparatos. A partir de ahora, la mayoría de los dispositivos serán tobilleras, en vez de brazaletes. 
En palabras de la ministra de Igualdad, Ana Redondo, esta decisión se toma porque son “más fiables, menos manipulables”, según han indicado los técnicos.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Redondo ha apuntado que el nuevo contrato va a permitir cambiar en un máximo de 24 horas “los dispositivos que tengan manipulación o cualquier tipo de disfunción”, y se exigirá la reparación de cualquiera que se haya manipulado, roto o averiado en un máximo de 3 meses una vez retirados. Además, está prevista la implantación de mecanismos de protección contra la manipulación con material antivandálico, y se ha mejorado la resistencia al agua y sensores de movimiento o de temperatura corporal.

Por otro lado, tanto la tobillera como el teléfono móvil que completa el sistema del inculpado tendrá una tarjeta electrónica eSIM para que no pueda ser extraída, además de que contarán con pantallas de cristal reforzado. 
La ministra ha explicado que también se ha añadido un cambio que pedían las víctimas con las que han contactado: “Una mejora en las baterías, de más larga duración, [que] permitirán mayor autonomía de las víctimas”.

El pasado septiembre trascendieron fallos en el sistema Cometa, que se encarga del seguimiento de estos dispositivos telemáticos. Como ha recordado la ministra, en noviembre de 2023 el servicio cambió de adjudicataria y gestora: de Telefónica (que lo había gestionado desde su creación, en 2009) a una unión temporal de empresas (UTE) entre Vodafone y Securitas. Y en esa transición hubo un fallo en el volcado de datos de un proveedor a otro.

Según Redondo, la plataforma gestiona “30 millones de geolocalizaciones” cada día. En el momento de la migración, hubo “disfunciones en cuanto a la itinerancia de datos” entre plataformas, que fueron “incorporadas a la Memoria de la Fiscalía [General del Estado] de 2024, que hacía referencia a que se había producido un número importante de sobreseimientos y órdenes de absolución de algunos maltratadores en España”. 

El pasado septiembre, el Observatorio contra la Violencia de Género y de Género del Consejo General del Poder Judicial aseguró que a principios de año ya había alertado al Gobierno de problemas con las pulseras antimaltrato. Redondo ha explicado este martes que en ese momento pidieron “a distintas instituciones, fundamentalmente el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía”, que reportaran esas sentencias absolutorias o de sobreseimiento. 
“A fecha de hoy, seguimos esperando”, ha afirmado Redondo.

En España, unos 4.500 hombres llevan actualmente estas pulseras, que se activan por orden judicial y que se instalan en la muñeca o en el tobillo. Y desde 2009, cuando comenzaron a usarse, 22.063 mujeres las han utilizado en algún momento. 
A las víctimas se les proporciona un teléfono inteligente que emite una alerta si el hombre se aproxima, porque las pulseras permiten conocer la ubicación exacta de los agresores machistas. 
Pese a las incidencias detectadas el año pasado, no hay constancia de que ninguna mujer haya sido asesinada mientras portaba alguno de estos dispositivos.

La ministra ha explicado este martes que, tras conocer los fallos, se pusieron en contacto con las víctimas y con trabajadoras del servicio Cometa, y pusieron en marcha 2 investigaciones, una interna y otra a través de una auditoría externa, que les hicieron conscientes de que había que “mejorar el contrato”. 
Ahora, asegura Redondo, “el servicio va a ser mucho más eficaz y eficiente”. “Es evidente que la tecnología puede fallar, pero lo que no puede fallar es la respuesta de un Gobierno responsable”, ha dicho.

El nuevo contrato tiene una duración inicial de 36 meses y cuenta con un presupuesto de 71,37 millones de €, que podrían elevarse hasta los 111,1 si se dieran las 2 prórrogas anuales que son posibles. 
El contrato vigente hasta ahora tenía un importe menor: “salió a licitación por 50,1 millones”, según ha explicado Redondo, y por “30 meses de duración”.

Según el ministerio, el nuevo pliego incorpora mejoras “en los dispositivos, en el suministro, el mantenimiento y en su almacenamiento”. Se incrementa el número de dispositivos a adquirir a lo largo del contrato, hasta un total de 17.660 y se fija en 2.000 el stock mínimo de estos aparatos disponibles para su instalación en cualquier punto del territorio nacional en menos de 24 horas. 
También se permitirá comprar por separado los elementos de los que consta el kit (teléfonos móviles, tobillera, cargadores, etc.) para “adecuar el volumen de compra a la realidad de pérdidas, manipulaciones y rotura de cada uno de estos elementos según se vayan produciendo”.

Por otro lado, se añadirá un sistema que generará una alerta adicional a las ya activas de proximidad y que estará basada en la detección directa entre el dispositivo del agresor y la víctima vía bluetooth, que funcionará también como una alerta de proximidad. Las tobilleras de los nuevos dispositivos contarán con geoposicionamientos de manera autónoma, con lo cual, según detalla el ministerio, “se tendrá al investigado, inculpado o condenado localizado incluso si deja intencionadamente el teléfono móvil en su domicilio”. Se incorporarán igualmente mecanismos de seguridad para evitar la simulación, el falseamiento o manipulación de los datos que se envían desde los dispositivos a la Sala Cometa.

Allí hay 151 trabajadoras, pese a que el contrato actual se inició con 70, según ha afirmado Redondo, que ha asegurado que se subrogan todas las empleadas (fundamentalmente son mujeres): a partir de ahora, se exigirá un mínimo de 151 personas en sala. También se creará la figura del responsable coordinador del servicio de suministros, gestión y mantenimiento de los dispositivos, que controlará el stock de cada elemento del kit. Y se pasará de 1 a 2 responsables coordinadores de la sala Cometa. Habrá 1 coordinador jurídico, 2 asesores jurídicos y 2 especialistas en psicología para las llamadas de víctimas que requieran atención especializada. Porque por 1ª vez el contrato incluye un número 900 adicional exclusivo para la comunicación de las víctimas con Cometa.

El ministerio detalla que se reducirán los tiempos para la notificación y resolución de incidencias técnicas graves. También se clarifican los mecanismos para que el incumplimiento de estos acuerdos a nivel de servicio dé lugar a las penalidades establecidas en el pliego. Y se establece que 3 meses antes de la finalización del contrato, la empresa saliente tendrá que presentar un plan para la migración de los usuarios, su monitorización y la gestión de los dispositivos electrónicos y el intercambio de información y responsabilidades durante el periodo de transición. 
Un plan que deberá validar la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, que podrá solicitar cambios si lo considera necesario.

El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. 
También se puede contactar a través del e-mail 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). 
Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.

martes, 27 de enero de 2026

Feminismo: El impago de la pensión de alimentos a menores

.... cuando el dinero se convierte en un arma de control.
Detrás de cada mensualidad impagada hay tensión, preocupación y una carga emocional que ningún progenitor debería soportar
Mª Marín Puche, Madrid, 26 Enero 2026 
El impago de la pensión de alimentos no debe reducirse a una cuestión privada: se trata del incumplimiento económico más frecuente y dañino tras una ruptura y/o divorcio. Muchas personas lo sufren en silencio reduciéndolo conceptualmente a simples retrasos o argumentando que no merece la pena denunciar. Pero la realidad jurídica y humana es muy distinta: detrás de cada mensualidad impagada hay tensión, preocupación y una carga emocional que ningún progenitor debería soportar.

No podemos olvidar que el impago de la pensión de alimentos es una conducta tipificada como delito en el art. 227 del C.Penal. Así lo ha reiterado el Tribunal Supremo en su sentencia nº 41/2024: quien deja de pagar pudiendo hacerlo incurre en abandono de familia y se enfrenta a severas consecuencias penales y civiles.

Por tanto, nos encontramos ante una vulneración grave del derecho de los hijos y del progenitor custodio a recibir la asistencia económica fijada judicialmente. El bien jurídico protegido no es solo la autoridad de la resolución judicial, sino la garantía de que los miembros más vulnerables de la unidad familiar no queden desamparados.

Delito de abandono: ¿Qué requisitos deben cumplirse? Este delito se configura como una omisión dolosa: basta con no pagar durante 2 meses consecutivos o 4 alternos, existiendo capacidad económica y conocimiento de la obligación.
Además, este tipo de deuda se considera “líquida, vencida y exigible”, de modo que se cumplen automáticamente los 3 requisitos que se exigen para poder reclamar su abono: líquida, porque la cantidad está fijada judicialmente y no admite interpretaciones; vencida, porque cada mensualidad tiene un plazo concreto en el que debe abonarse y éste ya ha transcurrido; y exigible, porque existe una resolución judicial firme que la respalda, sin posibilidad de compensación unilateral.

¿Qué hacer si mi ex pareja deja de pagar? 
El 1º paso siempre es recopilar pruebas: extractos bancarios, la sentencia donde consta la obligación de abonar alimentos, o incluso conversaciones en las que el progenitor reconoce que no va a pagar.
También pueden presentarse indicios de su situación económica real, como vida laboral, nóminas, declaraciones de IRPF o señales públicas de gastos que contradicen la supuesta falta de recursos.

Basta con acreditar que el impago existe y conviene recordar que esta obligación subsiste incluso en los casos en los que el progenitor ha perdido la custodia o incluso la potestad parental. La pensión de alimentos no depende de la relación personal con los menores ni del régimen de custodia o guarda: es una obligación legal autónoma que se mantiene aunque no exista convivencia ni contacto.

Por ello, ningún argumento basado en el distanciamiento personal o en el conflicto entre progenitores puede justificar la ausencia de pago.
La jurisprudencia reciente, especialmente la STS 41/2024, introduce además una perspectiva fundamental, al considerar que el impago reiterado puede constituir una forma de violencia económica: una forma de control y presión que genera un daño emocional profundo e indemnizable.
La ansiedad permanente, la angustia ante los gastos básicos, las renuncias constantes, la sensación de desprotección y la carga psicológica prolongada no son efectos colaterales, sino un daño real y reparable.

El Supremo reconoce que este daño moral puede ser indemnizado si se acredita, lo que supone un avance significativo para quienes han soportado durante años un castigo silencioso en forma de impago.
Es más, el fenómeno del impago de alimentos tiene además una dimensión estructural que no puede ignorarse. En España, en 3 de cada 10 divorcios se incumple el pago de la pensión alimenticia y la guarda exclusiva a favor de la mujer es concedida en el 46,60 % de los casos (siendo el 49,70 % la guarda compartida).

Esto convierte el impago en un problema con un claro sesgo de género que contribuye a la feminización de la pobreza, incrementa la carga económica de las madres que ya sostienen solas la crianza y perpetúa desigualdades económicas que se intensifican tras la ruptura.

La evolución jurisprudencial de los últimos años responde precisamente a esta realidad social, que durante décadas se invisibilizó bajo la idea de que estos conflictos pertenecían al ámbito privado. 
Hoy sabemos que el impago no es solo una irresponsabilidad económica, sino un mecanismo que reproduce desigualdad y que puede encajar en formas reconocidas de violencia contra la mujer y contra la infancia.

Actuar es imprescindible porque cada día que pasa sin reclamar refuerza la impunidad y prolonga el sufrimiento. Reclamar significa recuperar lo que te corresponde, obtener una indemnización por el daño causado y enviar un mensaje claro: nadie puede usar la pensión alimenticia como herramienta de venganza y control. La justicia no solo protege números, protege personas. Y en ese punto, la respuesta jurídica debe ser firme: el silencio cuesta caro, pero la ley habla claro.

domingo, 25 de enero de 2026

La Política y la violencia sobre la Mujer: Entre el Negocio y el Fracaso

Otras noticias:

Nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género: diseñado por expertos y con una gran dotación económica
ONU Mujeres España: 6 asignaturas pendientes para la igualdad en los próximos años.
El Comité Español de ONU Mujeres ha identificado los avances y los problemas pendientes.
La violencia digital o las brechas que afectan a las mujeres rurales entre los más urgentes.
Carolina Pecharromán, 24.01.2026 
Acortar las brechas que siguen separando a las mujeres de los hombres en el mundo o hacerlas desaparecer es el objetivo nº 5 de la ONU en la Agenda 2030. No hay ningún país del mundo donde se haya llegado a una paridad real y en todos hay discriminación o violencias machistas en mayor o menor medida. Para fijarse en lo que sucede en nuestro país concretamente y hacer una hoja de ruta con las actuaciones más urgentes, el Comité Español de ONU Mujeres ha llevado a cabo un proceso que se ha extendido 1 año.

Durante 2025, se han reunido diferentes voces de la sociedad civil para debatir qué se ha avanzado en España en los últimos 30 años siguiendo la agenda de la Plataforma de Acción de Beijing y para hacer un diagnóstico de la situación actual. Entre estas voces, la de quien firma esta información, editora de Igualdad de TVE. Este diagnóstico ha servido para que los distintos grupos de análisis puedan detectar los retos más urgentes para la igualdad en nuestro país y posibles acciones para alcanzarlos en los próximos 5 años. Se ha puesto el foco en 6 áreas prioritarias, aunque muchas de ellas de hecho están interconectadas.

1. Violencia contra las mujeres: entre el Negocio y el Fracaso
España tiene un marco legal pionero, con leyes entre las que destacan la Ley Integral contra la Violencia de Género y la Ley de garantía de la libertad sexual. 
No obstante, 47 mujeres fueron asesinadas en 2025 por hombres que eran sus parejas o exparejas y otras 4 ya en 2026 (al cierre de esta información), elevando a 1.346 las víctimas desde que se empezaron a registrar estos asesinatos en 2003. 
A ellas hay que sumar las otras mujeres víctimas de feminicidios, agresiones sexuales y otras violencias machistas.

Las brechas clave que se han detectado están en "la aplicación de las leyes, la coordinación institucional y el alarmante aumento de la violencia digital". 
Por ello, el informe de ONU Mujeres España recomienda ejecutar completamente el Pacto de Estado y garantizar una financiación estable, así como prevenir mediante la coeducación en todas las etapas.

“El anonimato y el hecho de que no hay regulación sobre los espacios digitales hacen que crezca la violencia digital“
Respecto a las violencia digital y política, recomienda tipificarlas como formas específicas de la violencia de género. Lucía Candeira, de la Federación de Mujeres Jóvenes, señala nuevos modelos de violencia, como la explotación sexual digital: "Están muy poco estudiados. Hay bastantes condicionantes que generan que se estén dando en todos los espacios digitales, entre ellos el anonimato y el hecho de que no hay regulación sobre los espacios digitales. Eso genera que las violencias estén expandiéndose en cualquier espacio digital donde ahora mismo están participando las mujeres jóvenes".

2. Paridad de género en los gobiernos
España está en el 4º puesto de la UE respecto a paridad a nivel nacional, pero esas cifras optimistas cambian cuando nos acercamos al medio rural o el ámbito local. La proporción de alcaldesas, por ejemplo, no llega al 30%. Por ello, ONU Mujeres España pide que la ley de paridad se desarrolle plenamente, que se cumpla a todos los niveles. Además, señalan que las mujeres que sí dan el paso se enfrentan todavía a violencia política debido a una cultura política todavía muy masculinizada. Por otro lado, las dificultades de conciliación y falta de corresponsabilidad siguen apartando a muchas mujeres de los papeles de representación y los cargos de responsabilidad.

3. Economía de los cuidados
El 66% de los cuidados no remunerados sigue recayendo sobre las mujeres. Por otro lado, el sector laboral de cuidados está también feminizado y precarizado, con bajos salarios, poca valoración social y privatización de los servicios. ONU Mujeres España pide un Pacto de Estado por los Cuidados que los incluya en los Presupuestos como inversión y no como gasto. La presidenta del Comité Español de ONU Mujeres, Eva D. Castro, insiste en que los cuidados deben ser considerados como un derecho humano y ponerse en el centro. 
La corresponsabilidad, añade, ayudará a acortar otras brechas: "La injusticia del tiempo es lo que nos lleva a estar presentes en muchas de las brechas de las otras áreas. Si conseguimos que los cuidados los aborde la sociedad en su conjunto y no solo las mujeres, ahí habremos avanzado un paso enorme".

4. Transición justa hacia las economías verdes
Sólo 1 de cada 7 personas que trabajan en actividades verdes es mujer. La transición ecológica es una prioridad, tanto de la Unión Europea como del Gobierno español, pero las mujeres también están perdiendo ese tren, y eso a pesar de que la crisis climática les afecta de forma diferente y más grave en todo el mundo.

Hay que fomentar la participación de las mujeres en las políticas medioambientales e incorporar la perspectiva de género. La directora del Instituto de las Mujeres, Cristina Hernández, tiene claro que hay que trabajar en este sentido: "Hemos detectado que los proyectos que están liderados por mujeres son sostenibles. Tienen una mirada de fijarse en el territorio, de fijar mirada y de luchar contra el cambio climático. Tenemos que impulsar esos empleos verdes en el mundo rural, no solo por justicia con las mujeres, sino también por justicia con el planeta".


5. Brecha digital de género
ONU Mujeres alerta en su informe: "Únicamente el 19,5% de las especialistas digitales son mujeres y la subrepresentación en carreras STEM y en el financiamiento de startups lideradas por mujeres es crítica. La violencia digital provoca el retraimiento de muchas mujeres de los espacios en línea". 
Las expertas van más allá, incluso se han producido retrocesos en carreras donde sí había buena presencia de mujeres, como matemáticas o informática. 
Hay que trabajar para difundir referentes femeninos, todavía poco presentes y que los procesos educativos no hagan que las niñas se sientan poco capaces en estas materias, como viene sucediendo hasta ahora.

ONU Mujeres España llama la atención, además, sobre que esa brecha digital se agrava de nuevo en el medio rural, donde falta alfabetización digital e incluso acceso a la banda ancha. Por otro lado, el desarrollo de la tecnología y la inteligencia artificial carece de perspectiva de género. Si no se revierte esa tendencia, los algoritmos contribuirán a repetir y amplificar sesgos sexistas.

6. Agenda Mujeres, Paz y Seguridad
En este proceso se ha constatado que todavía es escasa la participación de las mujeres en decisiones sobre defensa y diplomacia. "A pesar de los avances en el Ejército, con un 13,2% de los efectivos, la financiación de los movimientos feministas es limitada y hay una falta de coherencia entre las políticas de defensa y derechos humanos", según el diagnóstico de ONU Mujeres España.
Recomiendan garantizar una participación plena de las mujeres y avanzar hacia una visión de paz integral y feminista. Esta estrategia supone virar la asignación de presupuestos a la consecución de la paz, un marco que no sólo radica en la ausencia de conflictos armados.

sábado, 24 de enero de 2026

El Divorcio en España: Cuando las medidas provisionales se convierten en definitivas

Divorcios: cuando la balanza se inclina antes de empezar.
Redacción Law&Trends, 
23/01/2026
Un sistema pensado para proteger puede generar desequilibrios cuando el conflicto se judicializa de forma temprana.
En los nuevos divorcios del siglo XXI hay algo más que rupturas sentimentales: hay relatos bien construidos, abogados que diseñan estrategias emocionales y hombres que descubren demasiado tarde que la verdad pesa menos que las apariencias.

En los despachos, se multiplican las historias de empresarios que lo pierden todo —no por lo que han hecho, sino por cómo se les ha retratado.
Cuando el conflicto familiar se judicializa demasiado pronto, las medidas “provisionales” se vuelven sentencias encubiertas. Lo que nació para proteger puede acabar desequilibrando, y lo que empezó como una denuncia de conveniencia se transforma en un campo de batalla sin retorno.

José Montero, CEO de Montero de Cisneros Abogados, advierte: “No discutimos los avances legales, discutimos su aplicación. En muchos casos, la justicia cautelar se convierte en una condena invisible antes de que nadie escuche los hechos.”
La pregunta es incómoda pero necesaria: ¿puede un sistema que nació para proteger seguir siendo justo cuando se usa como arma?.
La pregunta no es si la ley es neutral, sino si su aplicación lo es

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, desde 2018 se registran en torno a 80.000 rupturas matrimoniales anuales, con repuntes tras periodos de convivencia intensa, como el verano o las fiestas navideñas. Tradicionalmente, este fenómeno se ha analizado desde una perspectiva demográfica o sociológica. Pero la práctica cotidiana en los juzgados de familia plantea una cuestión más incómoda y necesaria: ¿está el sistema preparado para gestionar el conflicto con equilibrio cuando se activa de forma temprana y desigual?

Neutralidad legal, efectos desiguales
El marco normativo español es, en teoría, neutral. El Código Civil no distingue por razón de sexo en materia de patria potestad, custodia o régimen de visitas. El art. 92 reconoce la custodia compartida como una opción plenamente válida, y el Tribunal Supremo ha insistido en que no debe considerarse un régimen excepcional, sino una alternativa ordinaria cuando beneficia al menor.

Sin embargo, la realidad judicial es más compleja. Los datos del Consejo General del Poder Judicial muestran que la custodia compartida se aplica de forma desigual según territorios y juzgados. Esta variabilidad apunta a factores que van más allá de la ley: la cultura judicial, la percepción inicial del conflicto o la manera en que las partes articulan su relato desde el 1º momento.

En palabras de José Montero, CEO de Montero de Cisneros Abogados, “la justicia de familia está diseñada para proteger, pero su equilibrio depende de cómo se activa el sistema. Bajo nuestra experiencia llevando cientos de casos similares, el riesgo es que medidas provisionales acaben convirtiéndose, en la práctica, en decisiones casi definitivas sin una revisión suficiente”.
Y añade: “Homogeneizar criterios y reforzar la motivación judicial no cuestiona los avances logrados; al contrario, aporta seguridad jurídica y previsibilidad a todas las partes”.

Cuando lo provisional se vuelve permanente
Uno de los elementos más determinantes del sistema es la interacción entre los procedimientos civiles y penales. La Ley Orgánica 1/2004 supuso un avance decisivo en la protección de las víctimas de violencia de género. Nadie discute su relevancia ni su necesidad.
Sin embargo, su aplicación práctica ha abierto un debate técnico sobre los efectos procesales derivados de la activación simultánea de ambas jurisdicciones.

Las medidas cautelares adoptadas en fases iniciales —limitaciones del régimen de visitas, atribución provisional de la vivienda familiar o restricciones en la comunicación— responden a criterios de prudencia. El Tribunal Constitucional ha reiterado que estas decisiones no implican culpabilidad.
Pero en la práctica generan escenarios de hecho que tienden a consolidarse con el tiempo, incluso cuando el procedimiento penal no concluye con condena. 
El sistema protege, pero también fija posiciones difíciles de revertir.

El peso del relato frente a los hechos
El proceso judicial de familia no se construye únicamente sobre pruebas objetivas. Funciona, en gran medida, sobre relatos iniciales, percepciones de riesgo y decisiones tomadas bajo presión temporal.
En este contexto, quien comprende mejor la lógica procesal parte con ventaja.

La experiencia forense muestra un patrón recurrente: progenitores con trayectorias vitales estables, sin antecedentes y con una implicación real en la crianza, que afrontan la ruptura con una actitud de contención, confiando en que los hechos hablarán por sí solos. Esa confianza, razonable desde un punto de vista cívico, puede convertirse en una debilidad procesal.
El sistema no sanciona de inmediato la exageración, pero sí penaliza el silencio y la falta de una estrategia narrativa clara desde el inicio del procedimiento.

Mirar a Europa para entender el problema
Otros países europeos han abordado estas tensiones desde enfoques distintos. 
En Alemania y los Países Bajos, la corresponsabilidad parental es el punto de partida incluso en contextos de conflicto, salvo que existan elementos objetivamente acreditados que lo desaconsejen. 
En Francia, la mediación previa obligatoria actúa como un freno a la judicialización inmediata.

En España también se observan señales de corrección. El Tribunal Supremo ha reforzado la exigencia de motivación en las resoluciones que restringen derechos parentales y ha recordado el carácter excepcional de determinadas medidas. Sin embargo, el problema sigue siendo temporal: cuando la corrección llega, el daño relacional suele estar ya consolidado.

viernes, 23 de enero de 2026

Divorcio; Uso alternativo anual de la vivienda familiar

La Audiencia Provincial
lo confirma: en caso de divorcio la propiedad de la casa de la familia se reparte un año para cada progenitor.
Los padres deberán además asumir a partes iguales los gastos de una de las hijas del matrimonio, que reside en Oviedo.
R. García & P. T. García, 22 Enero 2026 
En los casos de divorcio y separaciones uno de los temas más complicados suele tener que ver con el uso de la vivienda conyugal. No en vano es uno de los mayores gastos que se hacen durante el período de convivencia matrimonial. Ahora la A.P. de Cantabria ha fijado una nueva doctrina: permite que la casa sea de los progenitores (y no de los hijos) y se distribuyan la propiedad a años alternos.

En la sentencia que se acaba de hacer pública los magistrados han modificado el régimen de uso de la vivienda familiar y han puesto fin al sistema de "casa nido". Esto es: los padres de los 2 menores resultantes del matrimonio se alternaban semanalmente en el domicilio mientras el hijo menor permanecía en él de forma permanente.
La sección IIª de la A.P. de Cantabria estima ahora el recurso presentado por la exmujer y acuerda que el uso de esa vivienda ahora se reparta por años alternos, comenzando por la madre porque, tal y como recalca el tribunal "tiene una mayor necesidad de protección económica".

En este sentido, el fallo mantiene el régimen de custodia compartida del hijo menor, un adolescente, pero considera que el sistema de casa nido acordado en primera instancia no es viable en este caso concreto. 
La Audiencia recuerda que el Tribunal Supremo desaconseja esta fórmula salvo circunstancias excepcionales y subraya que aquí no concurren los requisitos exigidos: no existe acuerdo entre los progenitores, sus ingresos son limitados (en torno a 700 € mensuales ella y 1.700 € él) y no se aprecia el nivel de entendimiento necesario para sostener una convivencia alterna en la misma vivienda.

Aplicando la doctrina del Supremo, el tribunal señala que en los casos de custodia compartida el uso del domicilio familiar debe atribuirse de forma temporal y con plazo, atendiendo al interés más necesitado de protección y a la titularidad del inmueble.
En este caso, la Audiencia tiene en cuenta que la vivienda es ganancial, que la madre cuenta con menores ingresos y que el padre asume en exclusiva los gastos de la hija mayor, que ya es adulta pero sigue siendo dependiente económicamente. Por ello, fija un uso alterno por periodos anuales, empezando por la madre.

La sentencia rechaza también la pensión compensatoria de 200 € mensuales durante 2 años solicitada por la exesposa. El tribunal concluye que no existe un desequilibrio económico derivado del matrimonio, ya que la mujer ha trabajado durante años, percibe una pensión de invalidez y es propietaria de otra vivienda en la provincia de Palencia. Ambos deben hacerse cargo, además, de la manutención de la hija, que reside en Oviedo.

La Audiencia recuerda que la pensión compensatoria no sirve para igualar patrimonios ni ingresos, sino para corregir un desequilibrio causado directamente por el matrimonio, circunstancia que aquí no aprecia.

lunes, 19 de enero de 2026

¿Es realmente neutral la justicia de familia ante el divorcio en España?

José Montero de Cisneros, 19 Enero 2026 Un sistema pensado para proteger puede generar desigualdad cuando el conflicto se judicializa pronto y el relato pesa más que la trayectoria vital.

España registra cada año decenas de miles de rupturas matrimoniales. Más allá de las cifras, la experiencia acumulada en los juzgados de familia revela tensiones estructurales que invitan a una reflexión serena: cómo asegurar que el sistema responda con equilibrio, evitando que determinados perfiles queden en desventaja no por los hechos, sino por la forma en que el conflicto se articula jurídicamente.

El divorcio se ha integrado desde hace décadas en la normalidad jurídica y social española. Según el Instituto Nacional de Estadística, en torno a 80.000 rupturas se producen cada año, con incrementos significativos tras periodos de convivencia intensa, como el verano o las fiestas navideñas. 
Este fenómeno suele analizarse desde una perspectiva cuantitativa o sociológica. 
Sin embargo, la práctica diaria en los juzgados de familia obliga a plantear una cuestión distinta y más incómoda: si el sistema está preparado para gestionar el conflicto con equilibrio cuando este se judicializa de forma temprana y asimétrica.

Neutralidad normativa y efectos reales
Desde el punto de vista legal, el marco normativo español es formalmente neutro. El Código Civil no distingue por razón de sexo en materia de patria potestad, custodia o régimen de visitas. El art.92 contempla la custodia compartida como una opción plenamente válida, y el Tribunal Supremo ha reiterado que no debe tratarse como un régimen excepcional, sino como una alternativa normal cuando resulte beneficiosa para el menor.

Sin embargo, la experiencia forense muestra que la neutralidad normativa no siempre se traduce en neutralidad práctica. Los datos del Consejo General del Poder Judicial reflejan una implantación desigual de la custodia compartida según territorios y órganos judiciales, lo que apunta a la influencia de factores no estrictamente jurídicos: cultura organizativa, percepción del conflicto o valoración inicial de las partes.

La interacción entre jurisdicciones
Uno de los elementos más determinantes del sistema es la interacción entre los procedimientos civiles y penales. La Ley Orgánica 1/2004 supuso un avance indiscutible en la protección de las víctimas de violencia de género. No obstante, su aplicación práctica ha generado un debate técnico sostenido sobre los efectos procesales derivados de la activación simultánea de ambas jurisdicciones.

La adopción de medidas cautelares en fases iniciales —limitaciones en el régimen de visitas, atribución provisional del uso de la vivienda, restricciones en la comunicación— responde a criterios de prudencia. El Tribunal Constitucional ha subrayado que estas decisiones no prejuzgan culpabilidad. 
Sin embargo, en la práctica configuran escenarios de hecho que tienden a consolidarse, incluso cuando el procedimiento penal no concluye con condena.

El valor del relato frente a la trayectoria vital
El proceso judicial de familia no se limita a la constatación de hechos objetivos. Funciona, en gran medida, sobre la base de relatos iniciales, percepciones de riesgo y dinámicas de urgencia. 
En este contexto, quien comprende mejor la lógica procesal parte con ventaja.

La práctica muestra un patrón recurrente: progenitores —especialmente padres— con trayectorias vitales estables, sin antecedentes y con una implicación real en la crianza, que afrontan la ruptura con una actitud de contención, confiando en que los hechos hablarán por sí solos. Esa confianza, razonable desde un punto de vista cívico, puede convertirse en una debilidad procesal. 
El sistema no penaliza de inmediato la exageración, pero sí castiga el silencio y la falta de estructura narrativa.

Informes técnicos y margen interpretativo
A ello se suma el peso creciente de los informes psicosociales. Su influencia en las decisiones judiciales es indiscutible, pero su elaboración carece todavía de una homogeneidad suficiente. La duración de las entrevistas, los criterios de evaluación y el contexto en que se producen varían notablemente entre partidos judiciales.

La doctrina ha advertido del riesgo de otorgar a estos informes un valor determinante sin reforzar las garantías del contradictorio. 
Cuando el vínculo paterno-filial se evalúa tras meses de separación forzada, el informe corre el riesgo de describir una realidad ya alterada por el propio proceso.

La perspectiva comparada
Otros países europeos han abordado estas tensiones desde enfoques distintos. 
En Alemania y en los Países Bajos, la corresponsabilidad parental constituye el punto de partida normativo, incluso en contextos de conflicto, salvo que existan elementos objetivamente acreditados que lo desaconsejen. 
En Francia, la mediación previa obligatoria actúa como dique frente a la judicialización inmediata del conflicto.

Estos modelos no son trasladables sin matices, pero comparten una idea central: reducir los incentivos a la escalada procesal y evitar que el procedimiento, por sí mismo, genere vencedores y vencidos antes de tiempo.

Jurisprudencia y ajustes necesarios
En España se observan señales de corrección. El Tribunal Supremo ha reforzado la exigencia de motivación en las resoluciones que restringen derechos parentales y ha recordado el carácter excepcional de determinadas medidas.
Algunas audiencias provinciales revisan con mayor rigor la prolongación automática de situaciones provisionales. El problema es temporal: cuando la corrección llega, el daño relacional suele estar ya consolidado.

Una cuestión institucional, no ideológica
El debate no debería plantearse como una confrontación de géneros ni como una revisión de derechos consolidados, sino como una cuestión de calidad institucional. Un sistema de justicia robusto debe proteger a quien sufre violencia real, pero también evitar que el propio diseño procesal genere nuevas formas de indefensión.
Reforzar la motivación judicial, homogeneizar criterios técnicos, mejorar la formación especializada y reducir la dependencia del impacto inicial del conflicto no supone retroceder. Supone, por el contrario, fortalecer el Estado de Derecho.

El divorcio seguirá existiendo. El conflicto, también. La responsabilidad de las instituciones es gestionarlos con inteligencia jurídica y equilibrio, evitando que quien ha cumplido las reglas descubra, demasiado tarde, que el sistema no siempre premia la buena fe si no va acompañada de estrategia.