martes, 27 de junio de 2023

¿En qué consiste la pensión compensatoria y cuándo se otorga?

La pensión compensatoria
es un derecho que nace para «proteger al cónyuge que con la ruptura matrimonial sufre un deterioro de su situación económica»
El Debate, 26/06/2023
En España se habla poco de la pensión compensatoria porque no suele ser muy habitual pero sí existe. 
3 expertas en derecho de familia nos hablan de esta cuestión que muchos confunden con pensión de alimentos y que nada tiene que ver.
La pensión compensatoria, explica Sofía Maraña, abogada de familia de Maraña Abogados, «es una prestación económica que se concede al cónyuge perjudicado económicamente por la separación o el divorcio. Una persona que no ha estado casada con otra no puede pedir una pensión compensatoria. 
El art.97 CC exige un desequilibrio económico en uno los cónyuges en relación con la posición del otro al momento de la separación».

La prestación compensatoria no debe funcionar como un mecanismo igualador de economías dispares ni de capacidades profesionales ni de sueldos ni indemnizatorio. El principio de dignidad del art. 10 CE debe servir de argumento para justificar la independencia económica de los cónyuges una vez extinguido el matrimonio. 
Se establecerá una pensión compensatoria si hay perdida de oportunidades de promoción laboral y de más responsabilidad o de formación profesional por razón de la convivencia.
El juez debe estar en disposición de decidir sobre 3 cuestiones: 
1º, si se ha producido desequilibrio generador de pensión compensatoria; 2º, cuál es la cuantía de la pensión una vez determinada su existencia, y por último, si la pensión debe ser definitiva o temporal. 
En las pensiones compensatorias temporales el Tribunal Supremo establece un máximo de 5 años.

Carmen Caro de Winkels Abogados, recuerda que esta es un derecho que nace para «proteger al cónyuge que con la ruptura matrimonial sufre un deterioro de su situación económica», una especie de paso atrás en su vida no disponer de los ingresos que sí tenía durante el matrimonio y que provenían del trabajo de la otra parte. «Concretamente, el art. 97 del C. Civil establece que, tendrá derecho a percibir una pensión compensatoria aquel cónyuge al que el divorcio le produzca un desequilibrio económico respecto del otro, que implique un empeoramiento en su situación vigente el matrimonio, es decir, tiene una finalidad reequilibradora», recuerda Caro.

¿Quién puede percibirla?
Para poder solicitar una pensión compensatoria, continúa Caro, «no solo debe producirse un empeoramiento respecto a la situación durante el matrimonio y un importante desequilibrio respecto al otro cónyuge», sino que han de tenerse en cuenta los requisitos establecidos por el Código Civil y en la doctrina pacífica del Tribunal Supremo que los interpreta.
1. Los acuerdos a los que hubieran llegado los cónyuges. Un ejemplo de estos puede ser que ambos esposos decidan que el que tenga el salario más bajo deje el trabajo y se dedique al cuidado de la familia, o que uno deje su trabajo para seguir al otro a una ciudad o país diferente por una gran oportunidad laboral.
2. La edad y el estado de salud. Cuanto más mayor y más delicado sea el estado de salud del cónyuge damnificado, más dificultades tendrá para reequilibrar la situación y, por tanto, de mayor cuantía y mayor duración ha de ser la pensión compensatoria.
3) La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo. No tendrá la misma cuantía ni la misma duración una pensión para una persona sin estudios superiores, que lleve 10 años fuera del mercado laboral, sin idiomas y con hijos pequeños a su cargo, que la pensión para una persona formada, con idiomas, que lleve pocos años fuera del mercado laboral y que no tenga hijos a su cargo.
4) La dedicación pasada y futura a la familia. No es óbice para el establecimiento de la pensión compensatoria el hecho de haber tenido un empleo durante el matrimonio, siempre que se demuestre que, aunque exista tal empleo, el matrimonio ha supuesto una merma en la evolución del mismo. Igualmente, tampoco es obstáculo para el establecimiento de la pensión compensatoria el haber tenido servicio o ayuda en el hogar.
5) La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge. Con esto se puede entender tanto la colaboración directa en el negocio, como la colaboración indirecta mediante la dedicación al hogar y la familia.
6) La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
7) El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge. La ausencia de capacidad económica del cónyuge damnificado con la ruptura y la comodidad económica del otro cónyuge es un requisito importante. Es decir, un cónyuge ha de quedar empobrecido y el otro claramente enriquecido.
8) Cualquier otra circunstancia relevante.

Delia Rodríguez, de Vestalia Asociados, recuerda que, «a falta de acuerdo de los cónyuges, el juez determinará su importe atendiendo a los acuerdos de los mismos, la edad y el estado de salud del solicitante, la cualificación profesional y acceso a un empleo, la dedicación a la familia, la colaboración en las actividades del otro cónyuge, la duración del matrimonio y convivencia conyugal, la pérdida eventual a una pensión, el caudal y los medios económicos y las necesidades de cada uno», explica.
En la sentencia o convenio regulador, continúa Rodríguez, se fijarán la periodicidad, la forma de pago, las bases de actualización, la duración o cese y las garantías para su efectividad. 
El art. 100 del C.Civil establece que fijada la pensión y las bases de su actualización, sólo podrá modificarse por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge. Y el art. 101 del C.Civil hace referencia a que el derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.

Cómo tributan las pensiones compensatorias en la declaración del IRPF

Reduce la base imponible de quien la paga
y tributa como rendimientos del trabajo para quien las recibe salvo las anualidades por alimentos para los hijos que están exentas
Yolanda García, 26 junio 2023 
La pensión compensatoria es una cantidad de dinero que puede recibir el cónyuge que tras la separación o divorcio haya visto empeorada su situación económica con respecto a la que disfrutaba durante el matrimonio. Su objetivo es compensar el desequilibrio económico que puede provocarse por la ruptura y da derecho a una pensión que se fijará en la resolución judicial de separación o divorcio o en el convenio regulador formalizado ante el secretario judicial o ante el notario. Analizamos cómo tributan y cómo afectan a la declaración de la renta de quien la paga y quien la recibe las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos.

¿Cómo tributan las pensiones compensatorias?
Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros (CEF) explica que “las pensiones compensatorias tributan en sede de quien las percibe, siempre que sea por decisión judicial y esté así reflejado en un convenio regulador de separación”.

¿Cómo afecta la pensión compensatoria en la declaración de la renta de quien la percibe?
La pensión compensatoria tributa en la persona que la recibe, en su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y lo hace como rendimientos del trabajo. Collado advierte sin embargo que “el problema es que quien las paga no hace retención sobre ellas por lo que a quien percibe estas pensiones compensatorias le suele salir a pagar en la declaración de la renta”.

La Agencia Tributaria indica que se deben declarar como rendimientos del trabajo los importes percibidos como pensiones compensatorias recibidas del excónyuge y las anualidades por alimentos. 
Aunque apunta que están exentas las anualidades por alimentos percibidas por los hijos de sus padres en virtud de decisión judicial, de tal manera que dichos hijos no deben incluirlas en su declaración.

En cambio, si provienen de un acuerdo personal entre los padres, no estarían exentas. Para estarlo se deben haber adoptado por decisión judicial, convenio regulador formulado por los cónyuges ante el Secretario judicial (actualmente letrado de la Administración de Justicia) o en escritura pública ante notario.

¿Cómo afecta la pensión compensatoria a favor del excónyuge en la declaración de la renta de quien la paga?
“Quien paga una pensión compensatoria a favor de su excónyuge (por decisión judicial) tiene derecho a una reducción en la base imponible: se le reduce parte de sus ingresos para no tributar por ellos”, explica Collado.

La Agencia Tributaria explica que esta reducción se aplica en 1º lugar a la base imponible general, la cual no puede resultar negativa como consecuencia de estas reducciones y en caso de haber remanente reducirá la base imponible del ahorro, que tampoco podrá ser negativa.

¿Cómo tributan las anualidades por alimentos?
En el caso concreto de las anualidades por alimentos, si son a favor de los hijos, estas cantidades no reducen la base imponible general del pagador y en el caso de los hijos perceptores dichas anualidades se consideran rentas exentas si son por decisión judicial.

En caso de que las anualidades por alimentos sean a favor de una persona distinta de los hijos, si fueron fijadas por decisión judicial, también reducen la base imponible general del pagador sin que pueda resultar negativa como consecuencia de esta disminución. Además, el contribuyente que las satisface se podrá aplicar las especialidades para la determinación de la cuota íntegra estatal y autonómica.

Para el perceptor de las mismas, estas anualidades constituyen rendimientos del trabajo no sometidos a retención.

Fuentes:
Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros (CEF).
Manual renta 2022 de la Agencia Tributaria.
Artículo 97 y 143 del Código Civil.
Informador de Renta 2022 de la Agencia Tributaria.

Divorcio con hijos: ¿quién se queda el uso de la vivienda familiar?

El controvertido art. 96 del C. Civil
permite al progenitor al que se le atribuye el uso disfrutar de la vivienda sin que necesariamente sea el propietario.
Alba Marchador, 26 junio 2023 
La atribución del uso de la vivienda familiar es una de las medidas civiles más importantes de un proceso de separación o divorcio con hijos. Se regula en el art. 96 del C.Civil, no exento de controversia, pues permite al progenitor al que se le atribuye el uso disfrutar de la vivienda sin que necesariamente sea el propietario.
"Es importante diferenciar si la guarda y custodia de los menores es compartida o exclusiva de un progenitor", indica la abogada de familia Delia Rodríguez, CEO del despacho de abogados madrileño Vestalia. 
"En el caso de la custodia exclusiva la atribución del uso corresponde a los hijos comunes menores de edad y al cónyuge en cuya compañía queden, incluso cuando la casa sea propiedad exclusiva del otro cónyuge o de un 3º", añade.

Custodia compartida
Cuando el sistema de guarda establecido es el de custodia compartida, "el Tribunal Supremo es claro en el sentido de que un uso ilimitado de una vivienda privativa del otro cónyuge o incluso común no está justificado en ninguna circunstancia", indica Carmen Caro, de Winkels Abogados.
Así, continúa, "lo más favorable para las partes y los menores implicados es la atribución del derecho de uso de la vivienda familiar a favor del cónyuge con más necesidad de protección durante un plazo concreto, lo más breve posible, que armonice el cambio de la realidad anterior a la futura".

Obligación de hacer frente a la hipoteca
Aunque el propietario de la vivienda no sea el progenitor que ostente su uso, explica Rodríguez, "éste tiene la obligación de hacer frente a la hipoteca si la hubiera, y a los gastos propios de la vivienda inherentes a la propiedad (IBI, comunidad de propietarios…)". Los gastos corrientes deberán ser abonados por el cónyuge que disfrute del inmueble.

La atribución del uso de la vivienda no es para siempre, sino "hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad", advierte la abogada Sofía Maraña, fundadora del despacho Maraña Abogados. 
En cualquier caso, salvo que se acuerde en sentencia un plazo concreto, "la extinción del uso del domicilio por cualquiera de las posibles causas legales deberá necesariamente acordarse en un nuevo procedimiento de modificación de medidas", recuerda Delia Rodríguez.

Más tiempo en caso de hijos con discapacidad
Si entre los hijos menores hubiera alguno en una situación de discapacidad que hiciera conveniente la continuación en el uso de la vivienda familiar después de su mayoría de edad, "la autoridad judicial determinará el plazo de duración de ese derecho en función de las circunstancias concurrentes", afirma Sofía Maraña.
"Si bien antes se deba el uso al menor y al progenitor custodio sin que hubiera nada que hacer, el criterio rigorista se ha ido flexibilizando y la taxatividad ha ido cediendo cuando es abusivo, como cuando disponen de otra vivienda donde vivir próxima al colegio o no bajan el nivel de vida", manifiesta Maraña.

¿Qué pasa si la familia vive en una vivienda de terceros?
Se puede dar el caso de que la vivienda en la que habita la familia sea de algún familiar de los cónyuges. "El procedimiento para que ese tercero recupere la vivienda será el desahucio por precario", aclara la abogada de Vestalia.
"Si la vivienda alquilada se le atribuye a quien no es arrendatario titular, se deberá comunicar al arrendador que hay una subrogación en el contrato de arrendamiento", concluye.

lunes, 26 de junio de 2023

El Supremo retira a una madre la custodia de sus hijas por alienarlas

..... contra su padre continuamente.
El Alto Tribunal da la razón al progenitor y confirma la sentencia de instancia, que incide en la repercusión negativa que esta actitud ha tenido en las menores.
Alejandra Luque, 26 junio 2023 
Fin a la batalla judicial de un padre por conseguir las custodia de sus 2 hijas, ambas menores de edad, que durante años han sufrido alienación parental por parte de su madre. Aunque los progenitores tenían la custodia compartida desde 2018, la madre solicitó más tarde la custodia exclusiva y eliminar cualquier régimen de visitas a favor del padre. 
El proceso judicial ha determinado finalmente que las menores se encontraban influenciadas por su madre, quien criticaba al padre continuamente y contra quien formuló denuncias de agresiones y maltrato a las menores. Ninguna sentencia fue condenatoria.

Desde enero de 2018, y mediante una sentencia de divorcio, ambos progenitores tenían la custodia compartida de sus hijas. Sin embargo, en un momento dado, que no ha quedado determinado, la madre formuló una demanda de modificación de medidas solicitando la guarda y custodia en exclusiva, una pensión de alimentos de 250 € para cada hija, gastos extraordinarios compartidos y ningún régimen de visitas, vacaciones y estancia del padre con las hijas y sí un régimen tutelado en el Punto de Encuentro Familiar y según indicaciones del servicio psicológico.

El padre contestó a la demanda y solicitó también la guarda y custodia a su favor pero, en este caso, solicitaba 2 días de visita a favor de la madre, así como un régimen de visitas de fin de semanas alternos y vacaciones escolares a la mitad, una pensión de 100 € para cada hija y gastos extraordinarios compartidos.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Córdoba llegó en noviembre de 2021, atribuyéndole la guarda y custodia de las 2 niñas al padre con un régimen de visitas a favor de la madre en el Punto de Encuentro Familiar, condicionado todo ello a la evolución favorable que experimentara la hija mayor debido a la alienación parental que tanto ella como su hermana sufrían por parte de la madre.

Las niñas mostraban un discurso de rechazo hacia su padre aprendido de la madre
Según ha podido conocer este medio, la custodia exclusiva al padre se acordó de acuerdo al informe elaborado por un equipo psicosocial, con exploración de las menores y entrevistas e informes diversos sobre el grupo familiar. De todos estos informes consta que la madre fomentaba el rechazo de las menores hacia el padre y que estas estaban severamente, la mayor de ellas, y moderadamente, la más pequeña, influidas por la actitud de la madre, que cuestionaba y criticaba de forma absoluta al padre. Esto, señaló el juzgado de instancia, estaba afectando al desarrollo psicoevolutivo de las niñas, pudiendo tener serias secuelas en su vida posterior.

La alienación parental fue tal que la vinculación paternoflial se vio seriamente dañada por lo que ya, desde este juzgado, se recomendó a la hija mayor a acudir a la Unidad de Salud Mental del Hospital Reina Sofía de Córdoba. El magistrado señaló que la voluntad de las menores era una custodia materna, pero no fue “determinante pues el informe psicosocial indicaba” que mostraban “un discurso aprendido, e importado, critico, y repleto de elementos de rechazo a la figura paterna”, por lo que no era “una voluntad objetiva y madura”.

Entre otro motivos, el juzgado de instancia también consideró que desde noviembre de 2019 hasta diciembre de 2020, la madre incumplió el régimen de la custodia compartida como consecuencia de las diversas denuncias presentadas por delitos de agresiones y maltrato a las menores del padre sobre las niñas. Unas fueron sobreseídas y de otras salió absuelto.

Frente a esta sentencia de instancia, la madre interpuso un recurso ante la A. P. de Córdoba en el que cuestionó la forma de realización del informe pericial y que el juzgado utilizó sus conclusiones para elaborar el fallo de la sentencia. Ante ello, la Audiencia rechazó sus motivos aludiendo de nuevo a la mala relación entre los progenitores, “que afecta de forma directa a sus hijas”, y a que durante el procedimiento, la madre trasladó su domicilio desde la capital a un pueblo de Córdoba.

Asimismo, la Audiencia defendió los informes presentados dado que fueron ratificados ante el juez, sometidos a contracción por las partes y elaborados por profesionales independientes. 
El magistrado recordó, aun así, que durante la vista se han examinado a todos los afectados (padre, madre, hijas y familiares más cercanos) y se han reunido con los servicios sociales, con el equipo directivo del colegio donde estudian las menores y con el pediatra de las mismas.

Mejora de la hija mayor tras convivir con su padre.
Según ha podido saber este medio, y así lo reflejó la Audiencia en su sentencia, apenas 4 meses después del fallo de instancia, la Unidad de Salud Mental Infantil del Hospital Reina Sofía emitió un informe que indicaba que había disminuido “la conducta de agresividad verbal, desafío y oposición a las normas de la casa paterna” por parte de la hija mayor. Además, mantenía “un buen funcionamiento escolar y extraescolar, y una buena contención de irritabilidad y otros estados emocionales”. 
Aunque la niña continuaba mostrando un afecto negativo frente al padre, está contenido e interiorizado.

Además, el informe constaba que los episodios de ansiedad habían disminuido considerablemente y que la menor se sentía cuidada y cada vez más adaptada a la casa de su padre, aunque echaba mucho de menos a su madre. La niña llegaba incluso a destacar cómo su padre valoraba mucho sus buenas notas y resultados académicos.

A todo ello, la Audiencia añadió la conveniencia del mantenimiento de la residencia de las hijas en la capital, donde siempre han estudiado y tienen su círculo de relaciones, máxime cuando presentan estos problemas de integración y adaptación a los que hemos hecho referencia.

Pese a todo, la madre presentó un recurso ante el Tribunal Supremo que, de nuevo, ha fallado en su contra y le ha impuesto el pago de las costas. Con esta resolución, la sentencia de instancia ha adquirido firmeza y contra ella no cabe recurso alguno.

Los 5 pasos para vender una vivienda familiar en caso de divorcio

Noticias Relacionadas:
VENDE TU CASA TRAS UN DIVORCIO.
Vender tu vivienda tras un divorcio es un proceso que puede variar en función de tu régimen matrimonial y de si tienes hijos o no.
Andrea Poveda, 26/06/2023 
El divorcio es una etapa complicada en la vida de una pareja, y uno de los aspectos más complejos que trae consigo suele ser la venta de la vivienda familiar. Con ese fin, es importante tener en cuenta una serie de pasos a seguir, los cuales te ayudarán a vender de forma exitosa. A continuación, descubre cómo vender tu casa tras un divorcio con la ayuda de Montse Lara, abogada de la plataforma integral de servicios del hogar Housfy.

La importancia del régimen matrimonial
Lo cierto es que vender un piso tras un divorcio requiere una cuidadosa planificación y consideración de los aspectos legales y emocionales involucrados. Al fin y al cabo, se trata de un proceso delicado, por lo que se deben tener en cuenta aspectos legales para garantizar el éxito de la operación.
Es importante tener en cuenta que la forma en la que quieras vender tu vivienda dependerá exclusivamente del tipo de régimen matrimonial que tengas. Pero, ¿por qué?

El tipo de régimen matrimonial, sea en régimen de gananciales, con separación de bienes o pareja de hecho, determina cómo venderás tu hogar. No solo modifica los pasos a seguir, también es clave a la hora de dividir el importe de la venta entre ambas partes.

El consentimiento de ambas partes es esencial
Antes de proceder con la venta de la vivienda familiar, es crucial asegurarse de que lo que se hace es lícito. 
Podría suceder, por ejemplo, que una de las partes de la pareja no estuviese dispuesta a vender la vivienda.
Si ambos son titulares de la vivienda o esta es un bien ganancial, ambos deberán estar de acuerdo con la venta para poder proceder.

Sin embargo, la abogada aclara que, si la vivienda es un bien privativo solo de una de las partes, y esta ha sido la vivienda familiar de la pareja, el cónyuge no titular también deberá comparecer en la escritura y consentir la venta del inmueble. Por lo que, en la mayoría de los casos, el consentimiento de ambos será necesario.

Pasos clave para vender tras un divorcio
Veamos ahora cuáles serán los pasos a seguir de forma general y que conforman cualquier proceso de venta de vivienda por divorcio.
Pasos clave para vender tras un divorcio:
Valoración de la vivienda
Preparación y presentación de la vivienda
Promoción y negociación
Gestión legal y documentación
Cierre de la venta y división del dinero

1. Valoración de la propiedad
El 1º paso en cualquier tipo de venta de vivienda siempre será la valoración objetiva de la propiedad. Es fundamental tener una idea clara de cuál puede ser el valor de tu hogar antes de ponerlo en el mercado. Esta tasación, que también ofrece Housfy, permite obtener un valor real orientativo de la vivienda, facilitando el proceso de venta en el contexto del divorcio.

En esta situación, es posible que no haya un acuerdo entre las partes respecto al precio de venta o a la distribución de los ingresos. 
Una situación donde la abogada aclara que el siguiente paso legal sería recurrir a la división judicial del condominio (si ambos son titulares y no están casados) o a la liquidación del régimen económico matrimonial (si lo están).

Son muchas las situaciones en las que puede existir desacuerdo 
entre ambas partes respecto al valor de la vivienda, por lo que lo más recomendable es vender a través de una inmobiliaria. 
Hoy en día, las inmobiliarias digitales como Housfy son especialmente útiles, gracias a su capacidad para acelerar la venta de propiedades.

2. Preparación y presentación de la vivienda
Una presentación cuidada de la vivienda siempre atraerá a un mayor número de posibles compradores. Es ley de vida. De ahí que contar con 
un hogar bien preparado y presentado ayude a marcar la diferencia.

Para ello, es importante fijarse en los detalles. Factores como saber destacar los puntos fuertes de tu vivienda o crear un ambiente atractivo, pero lo más despersonalizado posible ayudarán a mostrar el potencial y 
las características más importantes. Una técnica que se conoce como home staging, que podrá ser presencial o virtual.

3. Promoción y negociación
Una vez que la vivienda está preparada y el precio establecido, es momento de promocionarla en el mercado. Hoy en día existen múltiples vías para hacerlo, pero la vía digital es la más eficiente, pues permite alcanzar a un mayor número de clientes en busca de adquirir un hogar.

Asimismo, cuando comiencen a llegar las ofertas, uno de los mejores consejos para vender tu casa tras el divorcio será confiar en la ayuda de expertos inmobiliarios. Esta figura se tornará esencial al gestionar las negociaciones de manera cuidadosa y estratégica, logrando el mejor resultado posible para ambas partes.

4. Gestión legal y documentación
En todo proceso de venta, contar con la documentación básica necesaria es imprescindible. Un trámite que se torna todavía más importante si detrás de la venta hay un divorcio en marcha.

Además, cuando hay hijos menores de edad involucrados, las medidas se intensifican. “Siempre que haya menores, se deberá firmar un Convenio Regulador que contenga las medidas paternofiliales, como la guarda y custodia del menor, el régimen de visitas, el reparto de gastos, entre otros”, explica Lara, abogada de Housfy. En casos como Catalunya también deberá firmarse un “Plan de parentalidad”, que presenta el mismo objetivo que el documento anterior, según asegura la experta.

5. Cierre de la venta y división del dinero
Al aceptar una oferta y tener todos los trámites legales completados, llega el momento crucial de vender el inmueble. En esta etapa toma especial importancia el régimen matrimonial que comentábamos al principio.

Si vendes tu casa tras un divorcio en régimen de gananciales, significa que el importe obtenido deberá dividirse entre ambas partes por igual. 
En separación de bienes, la repartición del dinero se hará en función del porcentaje de titularidad de cada parte, presente en las escrituras. 
Lo mismo sucede en la pareja de hecho.

domingo, 25 de junio de 2023

Los principales motivos por los que nos desenamoramos

Noticias relacionadas:

¿Existe eso del amor de tu vida o es un mito?
Cómo saber si somos adictos a las parejas tóxicas
Por qué no debes ser amigo de un ex, según la psicología.
Melissa González, 13/06/2023
Decía Rocío Jurado «se nos rompió el amor de tanto usarlo», y aunque se trate de una canción muchas veces interpretada como una verdadera exageración, la tonadillera iba muy bien encaminada a lo que es, a día de hoy, un motivo de ruptura.
Sin embargo, el amor no se acaba porque sí. Aunque así se sienta, lo cierto es que siempre hay otro motivo que determina la ruptura. 
Lidia Alvarado comenta que podemos creer que sí es posible pasar de un extremo al otro en el sentimiento de enamoramiento, pero «la realidad es que si nos paramos a reflexionar sobre la relación, lo más probable es que descubramos que detrás de ese amor que hemos dejado de sentir hay una o varias razones que poco a poco, y de manera sutil, han provocado el desenamoramiento».

El amor igual que viene se va, y es un fenómeno complejo y fascinante que puede brindarnos alegría, felicidad y conexión profunda con otra persona. Sin embargo, en ocasiones, las llamas del amor se desvanecen, dando lugar al desenamoramiento y, por tanto, a otras emociones que no nos gustan tanto: tristeza, rabia, ira...

Desenamorarse puede ser un sentimiento aterrador porque es darse cuenta de que no sientes lo mismo que antes por esa persona: ya no hay emoción, no hay ganas y existe un sentimiento de que la relación va cuesta abajo. Tener ese sentimiento de desamor es completamente normal y Lidia Alvarado, psicóloga experta en terapia de pareja, comenta que es un fenómeno complejo y multifacético «que puede ocurrir en cualquier relación, y que en muchas ocasiones se podría evitar si hay voluntad por ambas partes para atender y trabajar en aquellas cosas que están empezando a torcerse, en lugar de mirar para otro lado esperando que se solucionen solas».

Salvo excepciones, no suele ser buena idea...
Motivos del desenamoramiento.
La experta adelanta los principales motivos por los que nos desenamoramos:
1. Cambios personales y evolución.
Uno de los principales motivos que pueden conducir al desenamoramiento es el cambio personal y la evolución individual. «A medida que maduramos, nuestras perspectivas, valores y metas pueden cambiar. Es posible que nos encontremos en una etapa de nuestra vida en la que buscamos cosas diferentes o experimentamos un crecimiento personal que nos aleja de nuestra pareja», dice la psicóloga. Estos cambios pueden generar una desconexión emocional y afectar la dinámica de la relación.

2. Falta de compatibilidad
Comenta Lidia que la compatibilidad es fundamental en una relación amorosa: «A veces, al principio de una relación, la emoción, la atracción y la idealización pueden eclipsar las diferencias fundamentales entre 2 personas. Sin embargo, a medida que pasa el tiempo, estas diferencias pueden volverse más evidentes y difíciles de ignorar. 
Las incompatibilidades en términos de valores, intereses, metas o formas de comunicación pueden llevar al desgaste emocional y desencadenar el desenamoramiento».

3. Problemas de comunicación
Tal como garantiza Alvarado, la comunicación efectiva es esencial en cualquier relación. Cuando la comunicación se deteriora, pueden surgir malentendidos, resentimientos y una falta de conexión emocional. 
«Los problemas de comunicación pueden ser causados por diversas razones, como la falta de habilidades comunicativas, la falta de escucha activa o la incapacidad de expresar de manera adecuada las necesidades y los sentimientos», comenta. Si estos problemas persisten y no se abordan, pueden erosionar gradualmente el amor y conducir al desenamoramiento.

4. Rutina y falta de novedad
La rutina y la falta de novedad en una relación también pueden ser motivo de desenamoramiento. Con el tiempo, es común que las parejas se acostumbren a la rutina diaria y pierdan la emoción y la chispa que tenían al principio. La falta de sorpresa, aventura y crecimiento conjunto puede llevar a una sensación de estancamiento emocional, provocando que la conexión amorosa se debilite.

5. Heridas emocionales pendientes de resolver
«Las heridas emocionales no resueltas pueden afectar significativamente nuestras relaciones. «Si llevamos consigo bagajes emocionales del pasado, como traumas, decepciones o inseguridades, es probable que afecten nuestra capacidad de amar y confiar plenamente en una pareja. Estas heridas pueden generar barreras emocionales y conducir al desenamoramiento, ya que nos resulta difícil abrirnos y conectarnos emocionalmente con otra persona», cuenta Lidia.

6. Se ha perdido el respeto
Para que una relación de pareja sea sana y duradera, jamás se debe perder el respeto. En el momento en el que hay insultos entre los miembros de la pareja o cuando se denigra a la otra persona, no hay espacio para el amor. 
Es indispensable que exista un ambiente de tranquilidad y armonía donde el respeto sea un pilar fundamental para ambos.

7. Celos
Una de las razones más comunes del desenamoramiento son los celos. «Cuando los celos hacia la pareja se mantienen en el tiempo y no se resuelven, minan la relación, la llenan de desconfianza y la dañan», afirma Alvarado.

8. Expectativas poco realistas
Al parecer, cuando las expectativas sobre el amor y las relaciones de pareja se han idealizado y no son realistas, pueden chocar frontalmente con lo que es una pareja en la vida real. Esto da lugar a una idea equivocada sobre lo que es y no es una relación de pareja y sobre lo que se puede esperar de ella, provocando una gran decepción cuando descubrimos que no queda nada de la fantasía romántica que habíamos construido en nuestra cabeza.

9. Falta de cuidado a la pareja
Otra de las razones de desenamoramiento es el descuido, la falta de detalles, de querer sorprender debido a la cotidianidad y la costumbre. «Esta carencia de cuidado por el otro terminará con la relación y la llevará hasta un progresivo desenamoramiento», Alerta Lidia Alvarado.

10. Las necesidades no se satisfacen
Si las necesidades no se satisfacen la relación se volverá frágil, y no solo en lo que se refiere a la intimidad (falta de deseo sexual o de relaciones sexuales), sino también a otros aspectos como la falta de abrazos, de escucha activa, de tiempo de calidad compartido.

11. Descuido de las apariencias físicas
«Suele ocurrir que una vez que consideramos que nuestra pareja ya está 'pillada' nos preocupamos menos o incluso nada por nuestro aspecto físico cuando estamos con nuestra pareja, aunque si nos seguimos cuidando en momentos más sociales», explica la psicóloga. 
Tenemos que recordar que el atractivo físico suele ser un desencadenante del amor, por lo que sentir que mi pareja me gusta es un elemento importante para tener ganas de estar con él o ella.

12. Aumento de los desencuentros o discusiones
Cuando la frecuencia y la intensidad de las discusiones aumentan, se crea clima emocional que invita a los miembros de la pareja a alejarse el uno del otro, porque no se sienten a gusto juntos.

La pareja perfecta no existe, pero la buena sí...

....  guía para encontrarla.
Los principales motivos por los que nos desenamoramos
El psicólogo Tomás Navarro explica por qué a menudo se persigue una quimera cuando se busca pareja. 
Es una de las claves de su libro 'Tus líneas rojas', cuyas ideas comparte cada 15 días en ABC Bienestar.
Tomás Navarro, Madrid, 25/06/2023 
Voy a ser claro, nunca encontraremos la pareja perfecta porque no existe. Hala, ¡ya lo he dicho! Mira las cosas claras desde el principio. La pareja perfecta no existe. No sé en qué momento hemos creído lo que nos han contado del amor pero cuando hablamos de amor, cuando buscamos a una pareja, a menudo buscamos una quimera que no existe.

De repente nuestra quimera, nuestro ideal sale de nuestra mente y pasea por la ciudad al encuentro de un molde que le de forma. Nuestro ideal va de copas, va a una cita, busca en el gimnasio y en las apps de dating.

Presentamos a nuestro ideal a cualquier persona que se siente delante nuestro con intención de acabar siendo nuestra pareja; una persona que leerá ese ideal y que ingenuamente tratará de encontrar parecidos razonables entre ella y ese ideal. Quizás le puedan las ganas, quizás busque estabilidad, quizás busque una pareja a cualquier precio, quizás incluso le gustes y se sienta atraído por ti.

Y es por ello precisamente que tratará ser de la manera que deseas, pero… ¿Lo podrá mantener mucho tiempo? Cuando se acaba esa energía que algunos llaman enamoramiento, ese estado de embriaguez emocional se acabará el amor, justo, cuando descubra que no encaja con ese ideal que tú estás buscando.

A veces nos engañamos a nosotros mismos creyendo que podremos cambiar por amor, creyendo que alguien cambiará por amor, creyendo que seremos capaces de cambiar a alguien por amor.
A menudo no encontramos pareja porque buscamos ese ideal pero hay muchas más casuísticas. A veces no encontramos pareja porque estamos buscando una fotocopia nuestra idealizada. 
Uno se suele ver algo distorsionado. Nos vemos más guapos, más altos y mejores personas de lo que realmente somos y ahí empieza el problema, que buscamos a alguien que sea como creemos que somos nosotros y eso, créeme, no es posible.

Ni un complemento ni un patchwork

Algunas personas, por el contrario, buscan a alguien que complemente su vida, que tenga todo aquello que no tiene, aquello que le falta y eso supone un muy mal punto de partida ya que esa relación no será una relación de igual a igual. Buscar desde la carencia es como ir al súper con hambre. Nuestras expectativas son irreales y por lo tanto imposibles de cumplir. Rápidamente nos desencantamos y abandonamos la relación.

A veces buscamos a un patchwork de virtudes, un modelo que creamos a partir de retales de otras personas. Queremos que tenga los ojos de Paul Newman, la sonrisa de Tom Cruise, el mentón de George Clooney, el cuerpo de Brad Pitt y la elegancia de Pierce Brosnan. 
Queremos que se parezca a nuestro padre, a aquel novio que tuvimos con 15 años, al jefe tan sexi de mi amiga María y al frutero que es tan simpático. Imposible, de nuevo.

Encontrarse en este tipo de relación es agotador y poco satisfactorio para ambas partes.
Algunas personas no quieren una pareja, lo que en realidad quieren es una persona que esté a su servicio, que sea humorista y les haga reír, que sea cocinero y que le cocine, que sea detallista y le mime, que sea activo y tire del carro, que sea psicólogo y le impulse. 
De nuevo un ideal muy difícil de encajar.
Con estos perfiles, estos modelos y estas expectativas realmente será muy complicado que encontremos a alguien que nos encaje.

Cambia perfecto por bueno

Pero no desesperes, todavía puedes hacer muchas cosas para, si bien no conocer a la pareja perfecta, sí que conocer a una posible buena pareja.
Para empezar conoce a muchas personas, de perfiles muy diferentes, sensibles y duros, activos y pasivos, introvertidos y extrovertidos y hazlo sin presiones, sin prisas, libre de estereotipos. Generalmente nos movemos en un rango pequeño de personas que creemos que pueden encajar con nosotros, pues no, amplia tus horizontes.

Adopta la actitud de un explorador. No busques confirmar tu idea preconcebida, tan solo explora sin engañarte y disfrutando del proceso.
Hablad mucho, compartid vuestras prioridades, hablad de si queréis tener hijos o no, de si sois muy hogareños o más bien aventureros. Presta atención a su comunicación no verbal, pregunta 1º, analiza como se expresa y asegúrate de que no te está diciendo lo que quieres escuchar.

Explorad vuestros valores e intereses. Todos tenemos unos valores núcleo y unos valores más 2ºs. Analiza qué es lo que valora y lo que no tiene importancia para ella y valora si realmente lo compartís. 
Sin autoengañarte, sin querer que la realidad sea otra muy diferente de la que realmente es. No hace falta que compartáis todos los valores y prioridades pero sí las importantes.

Cuando el amor se acaba suele ser por alguno de estos motivos
Decide qué debilidades puedes tolerar. Nadie es perfecto, ni tan solo tú. Aprende a tolerar ciertas debilidades. No se trata de extender un cheque en blanco, se trata de tener un punto de partida para favorecer la convivencia y el conocimiento.

Hasta aquí has visto diferentes recursos para poder encontrar una pareja real, no ideal real; pero lo más importante de todo es que asumas de una vez por todas que la pareja ideal no existe. 
Asúmelo y quizás puedas encontrar muchas parejas buenas con las que compartir un poco de la vida.