miércoles, 22 de septiembre de 2021

Un juez impone a unos padres compartir a sus hijas por años escolares

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Ninguno de los progenitores quería la custodia compartida por sus relaciones conflictivas.
PATRICIA ESTEBAN, Madrid, 20 SEPT 2021 
Los casos en los que los jueces conceden la custodia compartida de los menores en caso de divorcio o separación han aumentado en los últimos años. Se considera la fórmula más deseable al implicar a ambos progenitores en el cuidado de sus hijos. Lo que no suele ser habitual es que se establezca que los padres se queden con los menores por años escolares alternos. Esta es la solución a la que ha llegado la A.P. de Albacete, en una sentencia en la que ratifica la medida adoptada por un juzgado de primera instancia por la que los padres tendrán que turnarse cada año para convivir con sus tres hijas.
El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) rechaza así el recurso interpuesto por la madre de las menores, que pedía la custodia por semanas. Los magistrados concluyen, en cambio, que el sistema anual es más beneficioso. Se basan en que la situación familiar es favorable. Ambos padres residen en la misma localidad y, conforme al plan de visitas, tienen contacto casi diario con las menores. 
Los progenitores, afirman, deberán “esforzarse en aparcar sus diferencias”.
La madre abogó por el sistema semanal porque, según se relata en la sentencia, consideraba que el periodo de 1 año escolar establecido para la alternancia es “desmesurado” y propicia “sin ninguna duda” el deterioro de las relaciones paterno-filiales, especialmente, “en casos de relaciones conflictivas”. El escrito subrayaba, además, que el establecimiento de estos periodos tan largos de estancias “es de todo punto inusual en la doctrina”. Permanecer bajo la influencia de 1 solo de los progenitores, argumentó, “sin duda alguna favorecería el alejamiento del otro”.
La situación era compleja porque la mujer había solicitado en un principio, incluso, que se privase al padre de la patria potestad porque manipulaba a las menores en su contra. 
El hombre, por su parte, contraatacó pidiendo la custodia porque las niñas se llevaban mal con su madre, que tenía un “trato inadecuado” hacia ellas.
El informe psicosocial dictaminó, por el contrario, que lo más conveniente, dada la edad de las niñas, era que compartieran la custodia por años escolares alternos, que iniciaría el padre, de septiembre a agosto. Una solución que, tras entrevistar a las menores, termina adoptando el juzgado y ratificando en su sentencia la AP de Albacete.
Según el estudio, “impresiona” la madurez de las niñas. No se observó que estuvieran posicionadas a favor del padre ni influenciadas por uno y otro. Sin embargo, sí mostraban “cansancio” por los problemas surgidos tras la separación.
El tribunal, por tanto, pide a los progenitores que se esfuercen “en aparcar sus diferencias” y en “procurar a sus hijas el bienestar y la estabilidad necesaria”.

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