jueves, 22 de septiembre de 2016

Solución al Divorcio: Los acuerdos prematrimoniales

lainformacion.com/ MADRID|
Según Zarraluqui Abogados. El socio-director de Zarraluqui Abogados de Familia, Luis Zarraluqui Navarro, señaló este miércoles, a raíz de la petición de divorcio de la actriz Angelina Jolie al actor Brad Pitt, que si la separación se hubiese producido en España muchos de los posibles conflictos que pudieran surgir, como la concesión de una pensión compensatoria por una de las partes, se solucionaría con un acuerdo prematrimonial. Zarraluqui declaró a Servimedia que “cada vez va habiendo más acuerdos prematrimoniales o acuerdos donde las partes intentan prever que es lo que puede ocurrir en caso de ruptura”, aunque reconoció que “es difícil porque cuando la gente se casa no tiene en cuenta que hay una posibilidad real de que esto se rompa”.En el caso de que se llegase a un divorcio contencioso porque ambos cónyuges no han sido capaces de llegar a un acuerdo en la custodia de los hijos, sería el juez el que decidiera cómo se repartiría, sin tener en cuenta lo que hubiesen firmado en el acuerdo prematrimonial porquetodo lo que afecta a menores no vincula” y es el juez el que “tiene que valorar cuál es la mejor opción para los niños”.Asimismo, explicó que a pesar de que la decisión “ideal” es que los menores, al ser hermanos, “vayan juntos”, no tiene por qué ser así. “Según la legislación española, a partir de los 12 años, el juez tiene que escuchar a los hijos, pero no quiere decir que vaya a tener que dictar lo que dicen”, añadió.
Sin embargo, Zarraluqui argumentó que si hubiese un acuerdo prematrimonial, “el juez sí tendría que respetar lo que acordaron entre las partes y afecte a los progenitores”, como por ejemplo “una renuncia a la pensión compensatoria”, porque se trata de una acuerdo “entre 2 personas libres, independientes y mayores de edad”.
“LA PENSIÓN ES OBLIGATORIA”
Zarraluqui señaló que los tiempos de espera para conseguir un auto de medidas provisionales “varía según cada país y hasta incluso dentro de España”, donde, de media, “si se trata de un divorcio contencioso sueles tener un auto de medidas provisionales en 2 meses y medio” en el que se autorizaría la separación de los cónyuges, se adjudica el uso del domicilio familiar, se establece el tipo de custodia y se acuerda una pensión alimenticia de la que “no se puede renunciar”.
La pensión de alimentos no se puede renunciar nunca, por mucho que los 2 sean ricos porque no es para ti, es para los gastos de los niños”, advirtió Zarraluqui que sí confirmó que se puede pactar la forma de recibirla y “en vez de pagar todos los meses 1.000 € por niño, dejar un depósito de 200.000 € para que se paguen los alimentos de los próximos 10 años”, concluyó.

No hay comentarios: