ECO ® JULIA GONZÁLEZ. 08.03.2010
Sucede con demasiada frecuencia y por
muchos motivos que una pareja con un piso en propiedad inicie los trámites de
separación judicial. ¿Qué pasa entonces con ese inmueble? Si no hay hijos
dependientes básicamente hay 2 supuestos: que la separación se tramite de
mutuo acuerdo o que se tiren los tratos a la cabeza. Siempre es preferible la
1ª opción por muchos motivos, piso incluido. De ser así la pareja decide
si uno vende al otro o si ambos venden el piso a un 3º y el reparto de la
casa entra en el convenio regulador. La cosa dura unos 3 meses. Si la
separación no es amistosa 1º hay que llevar a cabo la separación y luego el
procedimiento de liquidación de gananciales en un juzgado. Se trata de un
procedimiento que dura como mínimo 1 año y que resulta más costoso para ambas
partes.De hecho el piso puede acabar en pública subasta, algo que no suele
interesar. La liquidación de bienes gananciales también afecta a las parejas de
hecho. Cada vez se producen más compras de viviendas como pareja de hecho. En
estos casos existe una copropiedad y, como no hay una regulación matrimonial
específica, tienen que seguir un camino distinto. También en este caso lo ideal
es que se pongan de acuerdo. Por eso, por regla general, cuando no hay niños
las separaciones suelen ser de mutuo acuerdo.
Si hay niños da igual si hay
separación de bienes o si se trata de una separación de mutuo acuerdo o contenciosa,
la casa es para quien se ocupe de ellos.
Con hijos pequeños o dependientes la
película es completamente diferente. Independientemente de si se trata de una
separación de mutuo acuerdo o contenciosa la casa, la persona que se ocupe de
ellos tiene derecho a permanecer en la vivienda, aunque haya separación de
bienes. La liquidación de gananciales no tendrá lugar hasta que los hijos
tengan independencia económica. Es más, si hay una hipoteca pendiente el juez
puede imponer que la persona que debe abandonar la vivienda siga sufragándola
en parte. Pero no siempre es así. A veces el inmueble resulte caro de mantener
para una persona sola o no esté en la ciudad en la que desea iniciar una nueva
vida. Hay muchos motivos por los que incluso teniendo hijos pequeños la pareja
acuerda vender la casa a un 3º para obtener ambos dinero fresco o la
persona con los hijos a cargo acuerda vendérsela a su ex pareja. Y hay una
3ª bifurcación de opciones: que haya régimen de gananciales o de
separación de bienes y la casa fue adquirida antes del matrimonio. Si hay
gananciales o hay separación de bienes pero la casa se ha adquirido una vez
celebrado el matrimonio, cuando se vende la casa a otra persona, se restan los
gastos que genera la venta y (si lo hubiera) lo que quedara pendiente de
hipoteca. El resto se divide a partes iguales a menos que 1 de los 2 pueda
demostrar fehacientemente que contribuyó en mayor medida a la adquisición del
inmueble.
Si la casa la hubiera comprado 1 de los 2 antes del matrimonio y
hay separación de bienes, esa casa le pertenece así como todos los beneficios
que generesu venta. Eso sí, si hay niños pequeños no podrá venderla
hasta que no sean independientes.
A la hora de hacer la declaración. La
deducción del IRPF por vivienda habitual sólo la pueden seguir disfrutando
ambos si siguen viviendo en la misma vivienda a pesar de haberse roto el
matrimonio y siempre y cuando no haya intervenido un juez en el proceso. Una
situación rara pero que a veces sucede.
Otra opción que también sucede bastante
es que figure que ambos viven en esa casa cuando en realidad 1 de los 2 ya
no reside allí. Es una situación ilegal y la persona que se ha ido y está
aplicando las deducciones están en manos de la buena voluntad de su ex pareja.
Por último, si el piso es VPO la cosa se puede complicar un poco. Es necesario
contar con un permiso para venderlo de la delegación encargada en la Comunidad
Autónoma, impondrán un precio máximo e incluso pueden reclamar quedarse ellos
con la vivienda por ese precio. Aunque viene siendo criterio jurisprudencial
que en la liquidación de una VPO se busque una valoración por encima de la
oficial, sobre todo si con la descalificación del inmueble supondría que el
precio de mercado fuera mucho mayor. En cualquier caso, en una separación por
amistosa que sea, más aún si no lo es, resulta imprescindible contar con el
asesoramiento de un buen abogado especialista en separaciones y divorcios. Por
último, y como curiosidad, en España apenas existen los acuerdos
prematrimoniales y no se parecen a los que vemos en las películas de Estados
Unidos. El Código Civil lo considera una promesa de matrimonio que si se
incumple da derecho a una indemnización. Nada más.
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